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Una vez adoptado por el Ayuntamiento en Pleno en sesión extraordinaria de fecha 30 de agosto de 2004, Acuerdo de revocación de la delegación, efectuada por el Ayuntamiento en Pleno, en sesión de fecha 28 de noviembre de 1991, a favor del Consorcio de Tributos de la Isla de Tenerife de las funciones de recaudación de los recursos municipales, en concepto de precios públicos y tributos, notificado al Consorcio de Tributos con fecha 2 de septiembre de 2004, se ha tomado Acuerdo aclaratorio en sesión plenaria de fecha 25 de noviembre de los corrientes a los efectos de que a la revocación de las competencias delegadas en materia de gestión recaudatoria de los tributos locales -lo que implica todos los impuestos, tasas y contribuciones especiales- y precios públicos acordada por el Pleno con fecha 28 de noviembre de 1991, con carácter genérico, se complemente también la revocación de las competencias delegadas específicamente por acuerdos de fecha 26 de octubre de 1991 para el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, subsanado con fechas 28 de noviembre de 1991 y 30 de enero de 1992, para el Impuesto sobre Actividades Económicas.
Disponiendo que los efectos de este Acuerdo subsanatorio, se retrotraen al acuerdo adoptado por ese órgano plenario con fecha 30 de agosto de 2004.
Granadilla de Abona, a 25 de noviembre de 2004.- El Alcalde, Francisco Jaime González Cejas.
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