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Visto que el artículo 6 del Decreto 220/2000, de 4 de diciembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, los sistemas de evaluación de la calidad y los premios anuales a la calidad del servicio público y mejores prácticas en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que tales Cartas sean aprobadas por resolución del Director o asimilado en el caso de los organismos autónomos a cuyos servicios se refieran aquéllas.
Resultando.- Que con fecha 4 de noviembre de 2004 se emite informe favorable de la Inspección General de Servicios, a tenor de lo dispuesto en el artículo 6.1 del citado Decreto 220/2000, de 4 de diciembre.
Considerando.- La legislación aplicable constituida a tal efecto por el Decreto 220/2000, de 4 de diciembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, los sistemas de evaluación de la calidad y los premios anuales a la calidad del servicio público y mejores prácticas en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como las demás disposiciones concordantes y de general y pertinente aplicación,
R E S U E L V O:
Primero.- Aprobar la Carta de Servicios correspondiente al Instituto Canario de Estadística (ISTAC).
Segundo.- Ordenar la publicación de esta Resolución y del contenido de la Carta de Servicios aprobada en el Boletín Oficial de Canarias.
Tercero.- Remitir un ejemplar completo a la Inspección General de Servicios para su publicación en la página central del gobierno, vía internet, y para su debida constancia.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de noviembre de 2004.- El Director, Álvaro Dávila González.
CARTA DE SERVICIOS DEL INSTITUTO CANARIO
DE ESTADÍSTICA (ISTAC)
Datos identificativos de la unidad:
Denominación: Instituto Canario de Estadística (ISTAC).
Consejería: Economía y Hacienda.
Dirección:
Sede en Las Palmas de Gran Canaria (Central). Avenida de Juan XXIII, 2, plata baja (Edificio Humiaga II), 35004-Las Palmas de Gran Canaria.
Teléfonos (928) 290062/(928)290104.
Fax (928) 243354.
Sede en Santa Cruz de Tenerife. Avenida de Reyes Católicos, 31, primera planta (Edificio Ceres), 38005-Santa Cruz de Tenerife.
Teléfono (922) 204546/(922) 204584.
Fax (922) 204441.
Horario de Atención al Ciudadano:
(Registro e Información Estadística).
De lunes a viernes.
Invierno: de 9,00 a 14,00 (octubre-junio).
Verano: de 9,00 a 13,00 (julio-septiembre).
Correo Electrónico: istac@gobiernodecanarias.org.
Servidor Web:
https://www.gobiernodecanarias.org/istac.
https://www.istac.com.
https://www.istac.org.
FINALIDAD.
En materia de estadística de interés de la Comunidad Autónoma de Canarias, constituir, mantener y promover el desarrollo del sistema estadístico, impulsando, coordinando, centralizando y organizando la actividad estadística de los diferentes órganos que lo componen.
El ISTAC protege y ampara todos los datos personales de nuestros informantes, no difundiendo información alguna que pudiera conducir a su identificación.
Servicios que se ofrecen al ciudadano:
Derivados de la función de promover la obtención, conocimiento y difusión de las estadísticas que contribuya a mejorar el conocimiento de la realidad canaria:
Mediante acceso a la Web del Instituto: Información y consultas directas a través de la Red.
A través del servicio de información estadística: Conocimiento rápido de datos actualizados de carácter concreto.
Sala de consulta con capacidad para diez personas dotada de ordenador personal e impresora.
Acceso a la Web del Istac y enlaces a otras con contenido estadístico.
Servicio de Reprografía.
Mediante peticiones de información específica "a medida":
Acceso a información específica "a medida", que requiera un tratamiento especializado de bases de datos, siempre que:
No contravenga el secreto estadístico.
Reúna las suficientes garantías técnicas.
Pago previo, del precio que se determine, si procediere.
No altere de manera significativa el normal desenvolvimiento de los servicios estadísticos.
A través de los productos editoriales:
El ISTAC dispone de un catálogo con más de 200 productos editoriales de elaboración propia.
Existen más de 40 publicaciones, en formato digital, susceptibles de ser descargadas desde la web.
A través de suscripciones a información estadística por correo electrónico:
"EL ISTAC INFORMA" es un servicio que, mediante suscripción a través del correo electrónico, permite a los usuarios recibir información actualizada, de relevancia estadística, en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma.
Derivados de la función de extender certificaciones oficiales respecto de las estadísticas incluidas en el Plan Estadístico de Canarias o a las realizadas en el supuesto previsto en el artº. 28 de la LEC:
Certificación de datos estadísticos oficiales:
Cualquier interesado podrá consultar los resultados estadísticos y solicitar certificación sobre los mismos, a cualquier nivel de agregación disponible, siempre que no atente a la protección del secreto estadístico y se refiera a estadísticas incluidas en el Plan Estadístico de Canarias a que se refiere el artículo 26 de la Ley 1/1991, de 28 de enero, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias o a las realizadas en el supuesto previsto en el artículo 28 de la citada Ley, salvo que se prevea otra cosa en las normas reguladoras.
Tanto la entrega de publicaciones estadísticas como las elaboraciones e informaciones estadísticas no publicadas como la expedición de certificados de datos estadísticos, se encuentran sometidas a la legislación sobre tasas y precios públicos de la Administración de esta Comunidad (artº. 54 quater. Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio. Sus cuantías son actualizadas anualmente a través de la Ley de Presupuestos de la C.A.C.)
Derivados de la función de crear, prestar y mantener un servicio de documentación bibliográfico-estadístico de ámbito socio-económico:
Biblioteca.
Servicio de Documentación.- El ISTAC dispone de un servicio de consulta y documentación bibliográfico-estadística de ámbito socio-económico, en el que pone a disposición de los usuarios tanto las publicaciones editadas por el ISTAC, como su fondo bibliográfico estadístico especializado.
Nuestros compromisos:
1) Actualización de la Web.- Mantener actualizada nuestra página Web con el último dato disponible. La información estadística relativa a indicadores (I.P.C., IPI, etc.) estará accesible el mismo día de su recepción.
El resto de información que requiera un tratamiento estadístico específico lo estará, tras su análisis, antes de sesenta (60) días hábiles desde su recepción, en el 80% de los casos.
2) Atención de consultas.- Responder las consultas formuladas por los usuarios dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al de su recepción.
3) Atención de peticiones "a medida".- Responder las peticiones estadísticas "a medida" dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes al de su recepción, al menos, en el 90% de los casos.
4) Edición de publicaciones digitales.- Editar, en formato digital, todas las publicaciones estadísticas de elaboración propia, que podrán ser accesibles a través de nuestra página web.
5) Suscripciones al sistema de noticias.- Atender, en el mismo día de su recepción, todas las peticiones de suscripción al Servicio de noticias "EL ISTAC INFORMA".
6) Certificación de datos estadísticos oficiales.- Responder a las solicitudes de certificación de datos estadísticos oficiales de nuestra competencia antes de tres meses a contar desde el día siguiente al de recepción de las mismas.
7) Mantenimiento de un Servicio de Documentación.- Mantener un Servicio de Consulta y Documentación bibliográfico-estadístico de ámbito socio-económico, poniendo a disposición de los usuarios tanto las publicaciones editadas por el ISTAC, como el fondo bibliográfico-estadístico especializado.
Indicadores de la calidad del servicio:
- Número de usuarios y accesos a la información difundida en nuestra Web.
- Número de accesos a las publicaciones digitales.
- Número de días desde la recepción de la información estadística y su puesta a disposición al ciudadano.
- Número de consultas atendidas y tiempo máximo de respuesta.
- Número de peticiones de información a medida y valor del percentil 90.
- Porcentaje de nuevas solicitudes de suscripción al servicio "ISTAC INFORMA" incluidas en la siguiente noticia generada.
- Impacto de las notas de prensa difundidas por el ISTAC en los medios de comunicación.
- Porcentaje de publicaciones propias digitalizadas.
- Número de referencias nuevas incorporadas a la biblioteca.
- Número de consultas a los fondos bibliográficos.
- Número de certificaciones y tiempo máximo de respuesta.
Necesitamos su opinión: reclamaciones y sugerencias.
La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias dispone de un sistema de evaluación global del conjunto de los servicios públicos. Parte del mismo se basa en el sistema de sugerencias y reclamaciones, mediante el cual los ciudadanos y organizaciones pueden evidenciar y proponer áreas de actuación con la finalidad de mejorar la organización y la calidad de los servicios públicos.
Puede acceder al sistema mediante escrito simple o a través del impreso que se encuentra a su disposición en todas las oficinas de registro y Oficinas Centrales de Información, Iniciativas y Reclamaciones.
También puede acceder al sistema verbalmente en las Oficinas Centrales de Información, Iniciativas y Reclamaciones, y a través del Servicio Telefónico de Atención al Ciudadano del Gobierno de Canarias (012).
El sistema está abierto a la transmisión de datos mediante correo electrónico y a través de la página web del Gobierno de Canarias.
En un plazo máximo de tres meses usted recibirá una contestación a su sugerencia o reclamación. Si no es así, o considera que la contestación es insuficiente, diríjase a la Inspección General de Servicios.
La Inspección General de Servicios velará por el cumplimiento del procedimiento de tramitación de las sugerencias y reclamaciones, y localizará dónde se viene produciendo un funcionamiento incorrecto de los servicios públicos y actuará puntualmente o efectuará los estudios y propuestas necesarios para la subsanación de las deficiencias detectadas.
Solicite más información de este sistema en cualquier oficina de registro o información del Gobierno de Canarias: sus sugerencias y reclamaciones no nos molestan, son necesarias para saber dónde nos estamos equivocando.
Si es usted usuario de los servicios sanitarios, sus solicitudes y reclamaciones se encauzarán en la forma prevista en el nº 6 del artículo 12 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5 de agosto), y en el Decreto 94/1999, de 25 de mayo, de desarrollo (B.O.C. nº 78, de 16.6.99).
Sus reclamaciones y sugerencias relativas al funcionamiento e información de los servicios administrativos no sanitarios dentro del Sistema Canario de la Salud, se tramitarán conforme a lo previsto en el Reglamento del Sistema de Sugerencias y Reclamaciones en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias aprobado por Decreto 161/2002, de 18 de noviembre.
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