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No habiéndose podido practicar la notificación a Practicar Talleres, S.L., de la Resolución nº 1204, de fecha 10 de julio de 2003, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,
R E S U E L V O:
Imponer a la entidad Practicar Talleres, S.L. una multa de treinta mil (30.000) euros, como responsable de una infracción medioambiental consistente en el vertido y eliminación incontrolada de residuos peligrosos (aceites usados y baterías), en la Carretera Aeropuerto-Puerto del Rosario, km 3,7, del término municipal de Puerto del Rosario.
Requerir a la infractora para que proceda al restablecimiento de la realidad biofísica alterada.
Notificar la presente Resolución a la infractora y demás interesados, advirtiéndole que contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su notificación.
El cumplimiento de las obligaciones económicas se hará efectivo en el tiempo y forma que se establezca en la notificación que le remitirá la Consejería de Economía y Hacienda a este fin, una vez sea firme la resolución en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 13 de agosto de 2002, por la que se da publicidad a la suscripción del Convenio entre la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio del Gobierno de Canarias y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, para la prestación del servicio de gestión de cobro de los ingresos de derecho público propios de la Agencia, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva.
Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones e Información del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de octubre de 2004.- El Director Ejecutivo, Pedro Gómez Jiménez.
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