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BOC Nº 213. Jueves 4 de Noviembre de 2004 - 3602

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

3602 - Dirección General de Estructuras Agrarias.- Anuncio de 20 de octubre de 2004, por el que se procede a la notificación de la Resolución de 12 de abril de 2004, en relación a la no aceptación expresa de la subvención concedida a María Pilar Lainez Tello con N.I.F. 18.375.113-E al amparo del Real Decreto 613/2001, de 8 de junio, para las mejoras y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias.

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación de la citada Resolución en relación a la no aceptación expresa de la subvención, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se efectúa notificación del tenor literal siguiente:

Resolución de 12 de abril de 2004 del Ilmo. Sr. Director General de Estructuras Agrarias en relación a la no aceptación expresa de la subvención concedida a María Pilar Lainez Tello con N.I.F. 18.375.113-E, expediente nº 406, al amparo del Real Decreto 613/2001, de 8 de junio, para las mejoras y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias.

ANTECEDENTES

Primero.- Por Resolución de la Dirección General de Estructuras Agrarias de fecha 10 de agosto de 2002, se concedió a María Pilar Lainez Tello, número de expediente 406, una subvención por importe de 594,00 euros, al amparo del Real Decreto 613/2001, destinada a la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias, regulado por la Orden de 15 de marzo de 2002.

Segundo.- La efectividad de las resoluciones de concesión de subvenciones está supeditada a la aceptación expresa por el beneficiario, que deberá otorgarla dentro del plazo de los 30 días siguientes a su notificación.

Tercero.- Transcurrido el plazo de 30 días, no se ha presentado en el registro de entrada la aceptación de la subvención concedida.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Conforme a lo establecido en la resolución de concesión de la subvención, la no aceptación expresa por el beneficiario en el plazo establecido dejará sin efecto la subvención concedida, a tenor de lo dispuesto en el artículo 25.2 del Decreto Territorial 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 170, de 31.12.97), y en la base 7.1.A) de la Orden de 15 de marzo de 2002, por la que se convocan para el año 2003 subvenciones para planes de mejora y primera instalación de agricultores jóvenes.

Segunda.- Conforme a lo establecido en la Orden de convocatoria y demás disposiciones de vigente aplicación, y en el ejercicio de las atribuciones que me han sido delegadas,

R E S U E L V O:

Dejar sin efecto la subvención de capital concedida para el plan de mejora a María Pilar Lainez Tello, número de expediente 406, por importe de 594,00 euros.

Notifíquese la presente Resolución al interesado, con la advertencia de que contra el presente acto que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de octubre de 2004.- El Director General de Estructuras Agrarias, Carlos González Mata.

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