BOC - 2004/212. Miércoles 3 de Noviembre de 2004 - 3600

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Los Llanos de Aridane

3600 - EDICTO de 24 de septiembre de 2004, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio de familia, divorcio contencioso nº 0000143/2003.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 2 de Los Llanos de Aridane.

JUICIO: familia, divorcio contencioso nº 0000143/2003.

PARTE DEMANDANTE: D./Dña. Juan Antonio Pérez Gómez.

PARTE DEMANDADA: D./Dña. Isabel Angustias Acosta Martín.

SOBRE: otras materias.

En el juicio referenciado se ha acordado entregar a la parte demandada la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

FALLO: que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora de los Tribunales, Sra. Fernández Riverol, en nombre y representación de D. Juan Antonio Pérez Gómez, sobre proceso especial de divorcio contencioso, frente a Dña. Isabel Angustias Acosta Martín.

Debo declarar y declaro disuelto por causa de divorcio, el matrimonio contraído por los citados con fecha 8 de julio de 1995, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

No procede efectuar especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación del que en su caso conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Al litigante declarado en situación de rebeldía procesal, notifíquesele la sentencia personalmente.

Comuníquese la presente sentencia al Encargado del Registro Civil de Tazacorte, en el que consta inscrito el matrimonio, a fin de proceder a practicar las anotaciones marginales de la misma en el asiento registral correspondiente.

Así por esta su sentencia, que se unirá al legajo de las de su clase y por certificación a los autos de su razón, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncia, manda y firma, Dña. Raquel Villanueva Benítez, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Los Llanos de Aridane, y de su Partido Judicial.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 31 de diciembre de 2003 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.

En Los Llanos de Aridane, a 24 de septiembre de 2004.- El/la Secretario Judicial.



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