BOC - 2004/211. Martes 2 de Noviembre de 2004 - 3580

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Gran Canaria

3580 - ANUNCIO de 1 de octubre de 2004, por el que se notifica Resolución Presidencial a Romdiacons, S.L.

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A medio del presente, y de conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 de la vigente Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación a Romdiacons, S.L. de la Resolución nº 75/2004, de 21 de junio de 2004, que a continuación se transcribe, toda vez que, habiendo intentado con carácter previo la notificación en el domicilio que consta en esta Administración, ésta no ha sido posible:

"DECRETO

En uso de las facultades que me confiere el artículo 124 en relación con la Disposición Adicional Decimocuarta de la vigente Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la modernización del Gobierno Local, en relación con lo dispuesto en los Decretos Territoriales 157/1994, de 21 de julio, y 112/2002, de 9 de agosto, de Transferencia de Funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en Materia de Carreteras, y

Resultando I: que con fecha 30 de abril de 2004, se denuncia por los equipos de explotación de carreteras del Servicio Técnico de Obras Públicas de esta Corporación la construcción de un acceso sin autorización, en la carretera GC-43, punto kilométrico 4 + 070, margen derecho, término municipal de Arucas, que está siendo utilizado por la entidad Romdiacons, S.L.

Considerando I: que según el informe técnico emitido con fecha 5 de mayo de 2004, se propone la supresión inmediata del acceso, toda vez que el mismo no cuenta con autorización del Cabildo de Gran Canaria y afecta a la seguridad de la circulación rodada y de los peatones.

Considerando II: que el artículo 36.1 de la Ley 9/1991, de Carreteras de Canarias, establece: "El titular de una carretera podrá regular los puntos de acceso a ella, limitándolos con carácter obligatorio a los lugares en que resulten más convenientes en atención a la seguridad y comodidad de la circulación", y que el artículo 70.2 del Decreto Territorial 131/1995, por el que se aprueba el Reglamento de Carreteras de Canarias, prevé: "Cualquier acceso distinto de los previstos, o cualquier modificación de ellos, habrá de ser objeto de estudio independiente para su autorización o denegación".

Considerando III: que de conformidad con lo establecido en el artículo 74.2 del meritado Reglamento de Carreteras de Canarias: "El titular de la vía suprimirá inmediatamente todo acceso construido sin autorización, con gastos a cargo de quienes indebidamente lo utilicen, tramitándose el oportuno expediente por infracción a la Ley 9/1991, de Carreteras de Canarias".

D I S P O N G O:

Primero.- Proceder, por parte de esta Corporación, a la supresión inmediata del acceso realizado en la carretera GC-43, punto kilométrico 4 + 070, margen derecho, término municipal de Arucas, mediante la colocación de una barrera tipo bionda.

Segundo.- Dar traslado de la presente Resolución al Servicio Técnico de Obras Públicas, a los efectos de su ejecución, notificándose la misma al interesado, Romdiacons, S.L. de conformidad con las previsiones legales.

Tercero.- Una vez llevada a efecto la supresión del acceso, realizar los trámites administrativos conducentes al abono de los gastos por el responsable.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de junio de 2004, de todo lo cual como Órgano de Apoyo al Consejo de Gobierno Insular, y en ejecución de lo previsto en la Disposición Adicional Octava d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre y Decreto nº 9, de 15 de marzo de 2004, doy fe."

Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de octubre de 2004.- El Presidente, p.d., el Consejero de Obras Públicas e Infraestructuras (Decreto nº 11, de 18.3.04), Miguel Jorge Blanco.



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