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Examinado el expediente tramitado por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial para la modificación de su relación de puestos de trabajo.
Considerando justificada la modificación de la misma por la necesidad de adaptar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial a las exigencias actuales de dicho Departamento.
Vistos los artículos 5, 6, 15, 16 y 16.bis de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria y demás disposiciones vigentes de aplicación.
En su virtud, a iniciativa del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial y a propuesta conjunta de la Consejera de Presidencia y Justicia y del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 29 de julio de 2004,
D I S P O N G O:
Artículo único.- 1. Modificar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, en los siguientes términos:
- Anexo I: Puestos de nueva creación.
- Anexo II: Puestos suprimidos.
- Anexo III: Puestos modificados.
2. Una vez introducidas las anteriores modificaciones, la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial queda en los términos del anexo IV.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Primera.- Los puestos de trabajo de los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Agentes de Medio Ambiente (Grupo C), de categoría de Agente, nº RPT 10759, 10752, 10760, 19447, 19446 y 22366, que figuran en el anexo III de este Decreto, de Puestos Modificados, como "Transferencias a otros Departamentos", se traspasan a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, la cual se hará responsable del pago de sus nóminas en el mes siguiente a la fecha de publicación del presente Decreto.
Segunda.- Los puestos de trabajo de personal laboral nº RPT 10859 Oficial Servicios Técnicos (Grupo IV), 11078 Operario (Grupo V), 11313 Operario (Grupo V), 11079 Operario (Grupo V), 26072 Técnico Especialista: Diseño (Grupo III), 26074 Técnico Especialista: Fotografía (Grupo III), 26075 Oficial Servicios Técnicos: Imagen y Sonido (Grupo IV), 22392 Oficial Servicios Técnicos: Fotografía (Grupo IV), que figuran en el anexo III de este Decreto, de Puestos Modificados, como "Transferencias a otros Departamentos", están siendo objeto de un procedimiento de reubicación por la Dirección General de la Función Pública en otras Consejerías y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Este procedimiento de reubicación de estos puestos de trabajo, dotados económicamente, y de los trabajadores que los desempeñan culminará con una resolución de la Dirección General de Función Pública en la que se indicará expresamente los puestos de trabajo y el Departamento u Organismo Autónomo a los que se adscriben, así como el plazo para su incorporación a su nuevo destino.
La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial mantendrá en su presupuesto los créditos correspondientes a estos puestos trabajo hasta final del año 2004 y el pago de las nóminas, salvo que antes de dicha fecha se haya hecho efectiva la correspondiente modificación de créditos a la Consejería u Organismo receptor.
Las Consejerías u Organismos Autónomos receptores, una vez reubicado el puesto por la Dirección General de la Función Pública, deberán incorporar los créditos de estos puestos de trabajo en sus presupuestos para el año 2005, con la obligación de modificar sus relaciones de puestos de trabajo en el primer semestre de ese mismo año.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de julio de 2004.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Adán Martín Menis.
LA CONSEJERA DE
PRESIDENCIA Y JUSTICIA,
Mª Australia Navarro de Paz.
EL CONSEJERO DE
ECONOMÍA Y HACIENDA,
José Carlos Mauricio Rodríguez.
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