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BOC Nº 147. Viernes 30 de Julio de 2004 - 1144

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1144 - ORDEN de 21 de julio de 2004, por la que se amplía el plazo de resolución y notificación de la resolución de la Orden de 4 de mayo de 2004, que establece las bases que han de regir en la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas, centros y servicios de prevención básica y especializada de infancia y familia y se efectúa convocatoria para el 2004.

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Dada cuenta de la publicación y tramitación de la Orden de 4 de mayo de 2004, por la que se establecen las bases que han de regir en la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas, centros y servicios de prevención básica y especializada de infancia y familia y se efectúa convocatoria para el 2004, resultan relevantes los siguientes

ANTECEDENTES

1.- En el Boletín Oficial de Canarias nº 97, de 20 de mayo de 2004, se hace pública la Orden de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, de 4 de mayo de 2004, por la que se establecen las bases que han de regir en la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas, centros y servicios de prevención básica y especializada de infancia y familia y se efectúa convocatoria para el 2004.

2.- Dado el retraso en la publicación de la citada Orden, y que el plazo de presentación de solicitudes, de 30 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden, concluyó el 25 de junio pasado.

3.- Teniendo en cuenta que el número de solicitudes presentadas es elevado, la gran mayoría no reúnen los requisitos exigidos y deben ser objeto de requerimiento a sus interesados para que procedan a la subsanación.

4.- La citada Orden dispone en su punto cuarto que, "El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de la presente convocatoria, no podrá superar el día 31 de julio de 2004.

No obstante lo anterior, dicho plazo queda condicionado al que se fije por acuerdo del Gobierno, para el presente ejercicio económico".

5.- En atención a lo adoptado por el Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 12 de mayo de 2004, el plazo máximo para resolver y notificar la presente convocatoria, no podrá superar el día 30 de septiembre de 2004.

6.- Con fecha 20 de julio de 2004, la Directora General de Protección del Menor y la Familia propone la ampliación del citado plazo.

A los anteriores antecedentes resultarían de aplicación las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Única.- El artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, parcialmente modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece la posibilidad de la ampliación de los plazos establecidos, antes del vencimiento del plazo de que se trate.

En virtud de todo ello y haciendo uso de las facultades que me vienen conferidas,

D I S P O N G O:

Primero.- Ampliar el plazo de resolución y notificación de la resolución de la Orden de 4 de mayo de 2004, por la que se establecen las bases que han de regir en la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas, centros y servicios de prevención básica y especializada de infancia y familia y se efectúa convocatoria para el 2004, dada la imposibilidad material de cumplir el mismo, ampliación por el tiempo que establece el acuerdo del Gobierno y que no podrá superar el día 30 de septiembre de 2004.

Segundo.- Hacer público el presente acto en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de julio de 2004.

LA CONSEJERA DE EMPLEO

Y ASUNTOS SOCIALES,

Águeda Montelongo González.

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