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BOC Nº 139. Martes 20 de Julio de 2004 - 2321

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

2321 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 8 de julio de 2004, del Director, relativo a comunicación de 16 de abril de 2004, para informar del estado del expediente y solicitar documentación necesaria para la tramitación del mismo, en cumplimiento de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1997 y Resolución de 21 de enero de 1998, adaptadas a la organización de la Comunidad Autónoma por el Decreto 150/2001, practicado a la entidad Centro de Iniciativas Turísticas de Los Realejos.- Expte. nº 126/04.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la comunicación en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a la entidad Centro de Iniciativas Turísticas de Los Realejos, de la comunicación por la que se informa del estado del expediente y, a la vez, se le solicita documentación necesaria para la tramitación del expediente, con número de registro de salida 171.285/10.542, de fecha 16 de abril de 2004, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Expediente 126/04.

Ante la solicitud de subvención presentada por la entidad Centro de Iniciativas Turísticas de Los Realejos (C.I.F. G38268397) para acogerse al Decreto 150/2001, modificado por el Decreto 155/2002, de 24 de octubre, de adaptación del procedimiento de concesión de subvenciones, al amparo de la Orden de 19 de diciembre de 1997, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para la contratación de 2 trabajadores desempleados, por un importe de 15.957,54 euros y en virtud del artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:

SE LE COMUNICA QUE:

1.- Hasta tanto no se publique en el Boletín Oficial de Canarias la Resolución por la que se determinan entre otros, el importe de los créditos destinados a este programa para el ejercicio 2004, y teniendo en cuenta esa fecha posible así como que los proyectos tienen que finalizar obligatoriamente el 31 de diciembre de 2004, y los plazos establecidos para el estudio y la puesta en marcha de los mismos, el período máximo posible a subvencionar es de 6 meses, por lo que deberán efectuar nueva presentación de los anexos I y II de la solicitud, ajustándose al período máximo (sólo en caso de que inicialmente se solicitara una duración mayor) y acomodándolos a las Bases Mínimas de Cotización para el año 2004.

2.- Además de este expediente está pendiente que se resuelva el recurso presentado contra la Resolución denegatoria recaída sobre el mismo, por lo que hasta que no se resuelva dicho recurso y éste sea además favorable, no se puede seguir con el trámite de dicho expediente.

3.- No obstante, y una vez examinada la solicitud planteada, se ha advertido la ausencia de documentación necesaria para la correcta tramitación del expediente, por lo que se procede, mediante la presente a requerirle la documentación que a continuación se detalla, para que, en caso de que el recurso se resuelva favorablemente, tener el expediente lo más completo posible (original o dos copias compulsadas).

* D.N.I. y poderes bastanteados por los Servicios Jurídicos de la Consejería de Economía y Hacienda de la persona que solicita la subvención, actualizados.

* Tarjeta fiscal, estatutos y alta/modificación de datos a terceros.

* Certificado actualizado de hallarse al corriente en los pagos periódicos del I.G.I.C. en caso de no estar obligados a tributar por dicho impuesto, aportar además certificado o escrito acreditando tal circunstancia.

* Modificar los proyectos adaptando a la duración propuesta, concretando y temporalizando las actuaciones a realizar, incluir plan de trabajo, horarios, organización de las actividades, acciones formativas, tareas a desarrollar por cada uno de los puestos a contratar ...

* Deberán acreditar y justificar el interés general y social del proyecto, ya que de la lectura de la memoria no se deduce el carácter general y social establecido en el artículo 1 de la Orden de 19 de diciembre de 1997, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales:

"Artículo 1. Objeto de la subvención.

Será objeto de la subvención regulada en la presente norma la contratación de trabajadores desempleados para la ejecución de obras y servicios de interés general y social en el ámbito de la colaboración con órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, de acuerdo con la dotación presupuestaria que se asigne a tal fin.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de abril de 2004.- Sección de Fomento de Empleo Público, Soledad Cabrera Hernández."

Orden TAS/368/2004, de 12 de febrero (B.O.E. nº 43, de 19.2.04).

AÑO 2004

BASES MÍNIMAS

GRUPO 1: 799,8.

GRUPO 2: 663,6.

GRUPO 3: 576,9.

GRUPO >= 4: 537,3.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de julio de 2004.- El Director, Claudio-Alberto Rivero Lezcano.

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