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Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (B.O.E. nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (B.O.C. nº 159, de 15.12.95) y modificado por el Decreto 138/2000, de 10 de julio (B.O.C. nº 108, 17.8.00); se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la modificación de la asociación empresarial que se detalla:
DENOMINACIÓN: Asociación Canaria de Centros de Formación Profesional, ACEPRO.
ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.
DOMICILIO: calle La Inés, 35, Arrecife, Lanzarote.
ÁMBITO PROFESIONAL: las empresas privadas, individuales o jurídicas, legalmente constituidas cuya actividad principal sea la formación de Enseñanza Reglada y No Reglada que voluntariamente lo soliciten y propicien los fines reflejados en estos Estatutos.
FIRMANTES DEL ACTA DE LA SESIÓN: D. Octavio Armas Matallana y Dña. Beatriz Salazar Hernández.
Los interesados podrán formular por escrito las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días a partir de su publicación.
Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de abril de 2004.- El Director General de Trabajo, Agustín Hernández Miranda.
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