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Advertido error en el texto de la Orden de 6 de febrero de 2004, por la que se aprueba el Calendario Vacunal de la Comunidad Autónoma de Canarias, inserta en el Boletín Oficial de Canarias nº 45, de 5 de marzo de 2004, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, es necesario proceder a su corrección en el sentido siguiente:
En el cuadro del artículo 2,
Donde dice:
Antimeng C- Antimeningitis C, en la columna de los seis meses.
Debe decir:
AntimengC - Antimeningitis C*.
A este asterisco corresponde la siguiente leyenda: "La tercera dosis es opcional, en función de las características de la ficha técnica de la vacuna a utilizar."
Por lo que el cuadro vacunal del artículo queda de la siguiente manera:
pI - Vacuna de Polio InactivadaDTPa - Difteria Tétanos Pertusis acelular
Hib - Enfermedad invasiva por Hemophilues influenzae serotipo b
Antimeng C - Antimeningitis C
* La tercera dosis es opcional, en función de las características de la ficha técnica de la vacuna a utilizar
SaRuPa - Sarampión Rubéola Parotiditis
* Se mantendrá la vacuna frente a la Rubéola, sarampión y parotiditis de los 11 años, para los/las niños/as que sólo hubieran recibido una o ninguna dosis de Sa.Ru.Pa. hasta ese momento
H-B - Hepatitis B
* Se mantendrán las tres dosis de los 11 años, hasta que la cohorte de los niños nacidos en el año 2001 alcancen esta edad
DTPa - Difteria Tétanos Pertusis articular (sólo para niños menores de 7 años)
Td - Tétanos difteria de Adultos (desde 7 años en adelante)
Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de abril de 2004.
LA CONSEJERA
DE SANIDAD,
María del Mar Julios Reyes.
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