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La Orden de 27 de abril de 2001, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, establecía el marco para la determinación de los Centros Educativos de Atención Preferente disponiendo la realización de una evaluación de los proyectos seleccionados. En la Resolución de 8 de mayo de 2001, de la Viceconsejería de Educación, por la que se convocaba la presentación de los proyectos, se dedicaba el punto 8 a explicar las fases de esa evaluación, siendo la última de ellas la de evaluación de resultados.
Por otra parte, la evaluación de los resultados escolares en las áreas de lengua y matemáticas es uno de los elementos que mejor pueden medir las capacidades generales adquiridas por los alumnos. Su interés y actualidad se ponen de manifiesto al comprobar que organizaciones tan prestigiosas como la OCDE dedica su proyecto PISA a la evaluación de estas capacidades en lengua, matemáticas y ciencias.
En este marco la Viceconsejería de Educación, contando con la colaboración del Instituto Canario de Evaluación y Calidad Educativa (ICEC), pretende realizar una serie de actuaciones previas a la instauración general en Canarias de tales pruebas, entre las que se encuentra la evaluación del alumnado de 4º de Educación Primaria en las áreas de Lengua y Matemáticas además de cumplir lo establecido en la Resolución de 8 de mayo de 2001 ya citada. Con ella, se intenta identificar, por un lado, cuál es el nivel de conocimientos considerados básicos para este alumnado y, por otro, proporcionar al profesorado un referente que les posibilite focalizar su actividad docente, sin menoscabo de que son los objetivos del currículo de la etapa los que se deben alcanzar.
La finalidad de esta acción viene determinada por la posibilidad de disponer de medidas correctoras a lo largo del último ciclo del nivel educativo al que hacemos referencia. Por todo ello, y en virtud de las atribuciones que le son propias, esta Viceconsejería de Educación
R E S U E L V E:
Primero.- Convocar a todos los centros de Primaria del Programa de Centros Educativos de Atención Preferente para una evaluación del alumnado en las áreas de Lengua y Matemáticas de este nivel, de acuerdo con los contenidos recogidos en los anexos I y II de la presente Resolución. Podrán, además, participar todos aquellos otros centros que impartan el 4º curso de Educación Primaria y que con carácter voluntario deseen participar, en este procedimiento de evaluación con carácter experimental.
Segundo.- La organización técnica de las pruebas corresponderá al ICEC. Los centros participantes recibirán información específica sobre el procedimiento y los resultados de sus propios alumnos y el resultado general del conjunto de los participantes, garantizándose la confidencialidad de todos los datos que se obtengan aun cuando se podrán publicar los generales de la aplicación.
Tercero.- El procedimiento, el calendario de aplicación y las pruebas correspondientes se facilitarán a los centros colaboradores finalizado el período de solicitudes. Si alguno de los centros que participan con carácter voluntario no está conforme con los procedimientos seguidos podrá desvincularse libremente hasta el día anterior a la realización efectiva de las pruebas.
Cuarto.- Los centros que deseen participar en este proyecto deberán dirigir sus solicitudes a la Viceconsejería de Educación, calle León y Castillo, 57, o bien a la Dirección Territorial u Oficina Insular correspondiente, disponiendo para ello de veinte días a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de esta Resolución. Los centros pertenecientes al Programa de Centros Educativos de Atención Preferente serán inscritos de oficio.
Santa Cruz de Tenerife, a 15 de abril de 2004.- El Viceconsejero de Educación, Fernando Hernández Guarch.
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