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A fin de proceder a la notificación del trámite de audiencia a los interesados en el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Etnológico a favor del Molino de la Menora, sito en el término municipal de Güímar, contenido en la Resolución del Sr. Consejero Insular del Área de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos de este Excmo. Cabildo Insular de fecha 8 de marzo de 2004, al desconocerse el domicilio de dichos interesados y de conformidad con lo establecido en el artº. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación de dicha Resolución:
"Visto el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Etnológico, a favor del Molino de la Menora, sito en el término municipal de Güímar, y
Resultando que, con fecha 28 de enero de 2001, se dicta resolución de la Sra. Consejera Insular del Área de Cultura, Educación, Empleo y Juventud, por la que se incoa el expediente de referencia, según la delimitación, justificación de la delimitación y descripción que figuran en los anexos I y II que acompañan a dicha resolución, publicándose en el Boletín Oficial de Canarias nº 48, de 15 de abril de 2002.
Considerando lo establecido en el artº. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuanto al trámite de audiencia a los interesados.
Considerando que, según el artº. 8.3.d) de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, corresponde a los Cabildos Insulares la competencia de incoar y tramitar los expedientes de declaración de Bienes de Interés Cultural, elevándolos al Gobierno de Canarias para su aprobación definitiva, así como las modificaciones de dichos expedientes.
Considerando que esta Consejería Insular ostenta las competencias en materia de Patrimonio Histórico en virtud de la atribución conferida mediante acuerdo plenario de fecha 20 de julio de 1999.
Por todo lo expuestos, es por lo que,
R E S U E L V O:
Abrir el trámite de audiencia en el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Etnológico, a favor del Molino de la Menora, sito en el término municipal de Güímar, a fin de poner de manifiesto a los interesados o, en su caso, a sus representantes, dicho expediente, los cuales podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, durante un plazo de quince (15) días, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, a cuyo efecto el expediente podrá ser examinado en la Unidad de Patrimonio Histórico, calle San Pedro Alcántara, 5, 3ª planta, Santa Cruz de Tenerife, de lunes a viernes, de 9,00 a 13,00 horas."
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de marzo de 2004.- El Secretario, José Antonio Duque Díaz.- Vº.Bº.: el Consejero Insular del Área de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos, Miguel Delgado Díaz.
A N E X O
BIEN DE INTERÉS CULTURAL.
CATEGORÍA: Sitio Etnológico.
A FAVOR DE: Molino de la Menora.
TÉRMINO MUNICIPAL: Güímar.
RELACIÓN DE PROPIETARIOS:
María Pilar Delgado Gómez.
Ignacia María Delgado Pérez.
Wenceslao Delgado Pérez.
Eulogio Ignacio Gabino Remón.
Pedro Zacarías González Gómez.
María Jorge Delgado.
Juliana Rodríguez Castro.
Candelaria Carmelina Rosa Pérez.
Matilde Torres Campos.
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