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Por la Sra. Consejera de Transportes y Comunicaciones, Dña. Pilar Rodríguez Ávila, ha sido adoptada en fecha 5 de marzo de 2004, la Resolución cuyo tenor literal es el siguiente:
RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERA DELEGADA.
No teniendo constancia en este Excmo. Cabildo Insular del domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles la improcedencia de iniciar procedimiento sancionador, como consecuencia de las denuncias recibidas contra ellos, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En ejercicio de las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Canarias, transferidas a esta Corporación por Decreto 159/1994, de 21 de julio, y artículo 34.1.o) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde a la Presidencia la resolución de los expedientes relativos a transportes terrestres, habiendo delegado dicha atribución por Decreto 562/2004, de 20 de febrero, en la Consejera de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y vista la propuesta de resolución del Jefe de Sección de Transportes y Comunicaciones de fecha 5 de marzo de 2004, es por lo que se acuerda:
1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan la improcedencia de iniciar procedimiento sancionador contra ellos, ya que se ha podido concluir que el hecho denunciado no constituye infracción a la normativa del transporte.
Contra las resoluciones que por la presente se notifican podrá interponerse recurso de reposición ante el Presidente de la Corporación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, como requisito previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo que habrá de formularse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones citadas la presente resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
1) TITULAR: Diembal Canarias, S.L.; EXPTE.: GC/200322/O/03; POBLACIÓN: Telde; MATRÍCULA: 5911-BJW.
2) TITULAR: Cemetro, S.L.; EXPTE.: GC/200291/O/03; POBLACIÓN: Ingenio; MATRÍCULA: GC-6955-BM.
3) TITULAR: Manuel Ángel Rodríguez Borges; EXPTE.: GC/200559/I/03; POBLACIÓN: - - -; MATRÍCULA: GC-5572-AB.
Puerto del Rosario, a 5 de marzo de 2004.- La Secretaria Accidental, Luisa Bethencourt Saavedra.- Vº.Bº.: la Consejera Delegada, Pilar Rodríguez Ávila.
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