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BOC Nº 057. Martes 23 de Marzo de 2004 - 422

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Nombramientos, situaciones e incidencias - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

422 - ORDEN de 10 de marzo de 2004, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales en el Consejo Escolar de Canarias.

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La Ley Territorial 4/1987, de 7 de abril, de los Consejos Escolares, modificada por la Ley 2/2001, de 12 de junio, establece, en su artículo 6.1.m), que será vocal del Consejo Escolar de Canarias un representante de la Consejería competente en materia de asuntos sociales, a propuesta de su titular. La citada Ley dispone, además, en su artículo 17.1.b) que los miembros del Consejo Escolar de Canarias perderán su condición cuando dejen de reunir los requisitos que determinaron su designación.

Por la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales se comunica el cese como Directora General de Protección del Menor y la Familia de Dña. María del Carmen López Navarro quien fue nombrada como vocal titular del Consejo Escolar de Canarias por Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 26 de noviembre de 2003. En su lugar se propone, por la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, el nombramiento de Dña. María del Mar Arévalo Araya en su condición de Directora General de Protección del Menor y la Familia, como nueva vocal titular del referido Consejo.

En consecuencia y por aplicación del artículo 17.1.b) de la Ley Territorial 4/1987, de 7 de abril, de los Consejos Escolares y artículo 11.1.c) del Decreto 36/2003, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de Canarias y a propuesta de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, procede el cese y nombramiento de representantes de dicho Departamento en el Consejo Escolar de Canarias.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 6.1.m) y 17, apartado 1.b), de la Ley Territorial 4/1987, de 7 de abril, de los Consejos Escolares y artículo 11.1.c) del Decreto 36/2003, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Escolar de Canarias, y en ejercicio de la facultad atribuida por el artículo 15 de la citada Ley,

D I S P O N G O:

1.- Cesar a Dña. María del Carmen López Navarro como vocal titular del Consejo Escolar de Canarias, en representación de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales.

2. Nombrar a Dña. María del Mar Arévalo Araya como vocal titular en el Consejo Escolar de Canarias, en representación de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de marzo de 2004.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

José Miguel Ruano León.

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