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Habiendo sido intentada sin éxito la notificación, en el domicilio del representante de la entidad Iso Guanche, S.L. (C.I.F. B83601310) que figura en el expediente, de la Resolución de 24 de septiembre de 2003, de la Dirección General de Promoción Económica, por la que se declara la caducidad del procedimiento de inscripción en el Registro de Operadores del Régimen Específico de Abastecimiento de las Islas Canarias, es por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante la presente,
R E S U E L V O:
1.- Notificar la Resolución de la Dirección General de Promoción Económica nº 729 de fecha 24 de septiembre de 2003, por la que se declara la caducidad del procedimiento de inscripción en el Registro de Operadores del Régimen Específico de Abastecimiento de las Islas Canarias instado por la empresa Iso Guanche, S.L., cuyo texto dice lo siguiente:
"Transcurrido el plazo de tres meses concedido en nuestro requerimiento de 15 de abril de 2003, para la subsanación de la solicitud de inscripción en el Registro de Operadores del Régimen Específico de Abastecimiento sin que se haya aportado la documentación solicitada y consecuentemente, habiendo sido paralizado el procedimiento por causa imputable al interesado, resuelvo declarar la caducidad del procedimiento de inscripción en el Registro de Operadores del Régimen Específico de Abastecimiento relativo a la empresa Iso Guanche, S.L., con archivo de las actuaciones llevadas al efecto.- En Santa Cruz de Tenerife, a 24 de septiembre de 2003.- El Director General de Promoción Económica, Diego Miguel León Socorro".
2.- Notificar al interesado que podrá comparecer en la sede de la Dirección General de Promoción Económica, sita en la Avenida José Manuel Guimerá, 8, Edificio de Usos Múltiples II, 5ª planta, Santa Cruz de Tenerife, dentro de los diez días siguientes a la publicación del presente anuncio, para conocimiento y constancia del contenido íntegro de los mencionados actos.
3.- Contra la Resolución de caducidad, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Economía y Asuntos Económicos con la Unión Europea en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
4.- Remitir el presente anuncio al Ayuntamiento de Madrid, para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de diciembre de 2003.- El Director General de Promoción Económica, Diego Miguel León Socorro.
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