Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 252. Lunes 29 de Diciembre de 2003 - 4900

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Santa Cruz de Tenerife

4900 - EDICTO de 12 de diciembre de 2003, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC 2000 nº 0000116/2003.

Descargar en formato pdf

Juzgado de: Primera Instancia nº 4 de Santa Cruz de Tenerife.

Juicio: verbal LEC. 2000 0000116/2003.

Parte demandante: D. Francisco Javier Esquivel Ramos.

Parte demandada: D. Francisco Manuel Torres Valladores.

Sobre: desahucio.

En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia cuyo fallo literal es el siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda formulada por el demandante D. Francisco José Esquivel Ramos, representado por el Procurador de los Tribunales D. Miguel Rodríguez López, contra el demandado D. Francisco Manuel Torres Valladares:

1.- Declaro resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 1 de diciembre de 2001 de la finca descrita en el hecho primero de la demanda -Apartamento número 2, calle Santa Teresa de Journet Ibars, número 14, de Santa Cruz de Tenerife-.

2.- Condeno al demandado a que deje libre, vacua y expedita la referida finca, a disposición del actor, apercibiéndole de lanzamiento si no la desalojare dentro del plazo que marca la ley.

3.- Impongo al demandado las costas del presente juicio y a cuyo pago se le condena.

Notifíquese esta resolución en forma legal a las partes, con la advertencia de que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, a preparar ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de cinco días, insertándose este original en el legajo correspondiente y testimoniándose en las actuaciones.

No se admitirá el recurso a la parte demandada condenada si no acredita, por escrito, y al prepararlo, tener satisfechas las rentas vencidas y las que, con arreglo al contrato, deba abonar anticipadamente.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de esta Comunidad Autónoma para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.

En Santa Cruz de Tenerife, a 12 de diciembre de 2003.- El/la Secretario Judicial.

© Gobierno de Canarias