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BOC Nº 226. Miércoles 19 de Noviembre de 2003 - 4360

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de Mogán (Gran Canaria)

4360 - ANUNCIO de 20 de octubre de 2003, relativo a la aprobación definitiva de la Modificación del Plan Parcial Loma de Pino Seco-Arguineguín (Parcelas B-7 y B-13).

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Este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada por el Pleno Municipal de fecha 15 de noviembre de 2002, adoptó el siguiente acuerdo: Noveno.- Expediente nº 00/0755-81-00 Modificación del Plan Parcial Loma de Pino Seco-Arguineguín (Parcelas B-7 y B-13). Aprobación definitiva.

De orden de la Presidencia se da cuenta al Pleno del expediente tramitado por este Ayuntamiento de aprobación de la Modificación del Plan Parcial Loma de Pino Seco-Arguineguín (Parcelas B-7 y B-13) de las vigentes Normas Subsidiarias, en este término municipal, promovida por D. Gregorio Vega, en representación de Visocan.

Resultando.- Que el citado expediente fue aprobado inicialmente por este Ayuntamiento en sesión de la Comisión de Gobierno celebrada el 29 de agosto de 2000. Durante la información pública (B.O.P. nº 127, de 25.10.00; Diario Canarias "7" de fecha 25.10.00; B.O.C. nº 143, de 30.10.00) exposición en el tablón de nuncios municipal y comunicación al promotor-propietario único de 31.8.00); publicación rectificación por la Comisión Municipal de Gobierno celebrada el 27.3.01. Anuncio información pública (Diario Canarias "7" de 23.4.01; B.O.P. nº 50, de 25.4.01; B.O.C. nº 52, de 27.4.01), no se ha presentado ningún tipo de alegación, así mismo fue aprobada provisionalmente por acuerdo de la Comisión de Gobierno celebrada el 29 de septiembre de 2001.

Considerando que han sido cumplimentados los condicionantes señalados en el informe favorable emitido por la C.O.T.M.A.C. de fecha 4 de octubre de 2001, estableciendo determinados condicionantes que han sido subsanados por el interesado en los términos señalados.

Vistos los antecedentes expuestos, así como la normativa de pertinente aplicación, y dictamen de la Comisión Informativa, el Pleno municipal, con nueve votos a favor y por mayoría absoluta de sus catorce miembros presentes, que constituyen la mayoría absoluta legal, conforme el artículo 47.3.i) de la Ley de Bases de Régimen Local, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan Parcial Loma de Pino Seco-Arguineguín (Parcelas B-7 y B-13), promovida por D. Gregorio Vega, en representación de Visocan, habiéndose cumplimentado los condicionantes señalados por la C.O.T.M.A.C., conforme a lo dispuesto en los artículos 35 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Retundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias, y 130 y 131 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico (Real Decreto 2.159/1978, de 23 de junio) y demás legislación concordante.

Segundo.- Notificar este Acuerdo a cuantos aparezcan como interesados en el expediente y remítase el expediente para su publicación, dándose cumplimiento previo a lo señalado en la Disposición Adicional Tercera de la Ley 6/2001, de 23 de julio ya expuesta.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer contra el mismo, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que ha dictado el acto que se le notifica, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al recibo de ésta, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas en el plazo de dos meses desde la notificación del acto.

Contra la Resolución que recaiga en el recurso de reposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas en el plazo de dos meses contados desde la notificación de dicha Resolución, si ésta es expresa, si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto, todo ello conforme a lo establecido en el artº. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. nº 167, de 14.7.98).

Lo que se hace público para general conocimiento y sus efectos oportunos.

Mogán, a 20 de octubre de 2003.- El Alcalde-Presidente, José Francisco González González.

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