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Habiendo sido intentada la notificación de las Resoluciones del Director del Servicio Canario de la Salud que figuran en el anexo, sin que hayan podido ser practicadas, y siendo desconocido el nuevo domicilio a efectos de notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
Proceder a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de las Resoluciones que figuran en el anexo a la presente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de octubre de 2003.- La Secretaria General, María Teresa Larrea Díez.
A N E X O
1º) Resolución del Director del Servicio Canario de la Salud por la que se ordena la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias", de establecimiento de óptica, situado en la calle Benavides, 43, en Santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es la Entidad Mercantil Óptica Álvarez, S.L.
Vista la propuesta de la Jefa de Sección de Acreditación de Centros y Servicio de esta Dirección, relativa al expediente del establecimiento de óptica, situado en la calle Benavides, 43, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, y cuyo titular es la Entidad Mercantil Óptica Álvarez, S.L.
En la que constan los siguientes
ANTECEDENTES
1.- Por Resolución nº 935/TF, de 12 de diciembre de 1997, de esta Dirección, se concede a la Entidad Mercantil Óptica Álvarez, S.L. autorización de funcionamiento para el establecimiento de óptica, situado en la calle Benavides, 43, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, quedando inscrito en el registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios con el nº 0654.
2.- En inspección realizada el 1 de octubre de 2002 (Acta nº 367/02TF), se comprueba que el centro se encuentra cerrado.
A los que son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES
I.- De conformidad con los artículos 60.1 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94), 9.2.c) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) y 5.2.a) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, es competente para resolver el Director del Servicio Canario de la Salud.
II.- El artículo 20.1 del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, encomienda a la Dirección del Servicio Canario de la Salud la obligación de mantener actualizado el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, por lo que habiéndose constatado el cierre,
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias" del establecimiento de óptica, situado en la calle Benavides, 43, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es la Entidad Mercantil Óptica Álvarez, S.L.
Segundo.- Notificar esta resolución a D. Sixto Álvarez Ramírez, representante legal de la Entidad Mercantil Óptica Álvarez, S.L., significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 5 de octubre de 2002.- El Director del Servicio Canario de la Salud, Alberto Talavera Déniz.
2º) Resolución del Director del Servicio Canario de la Salud por la que se ordena la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias", de consulta de medicina general y de enfermería, situada en la calle Felipe del Castillo, 18, Tejina, en La Laguna, cuyo titular es D. Juan Ricardo Hernández González.
Vista la propuesta del Jefe del Servicio de Acreditación, Evaluación y Conciertos de esta Dirección, relativa al expediente de consulta de medicina general y de enfermería, situada en la calle Felipe del Castillo, 18, Tejina, del término municipal de La Laguna, y cuyo titular es D. Juan Ricardo Hernández González.
En la que constan los siguientes
ANTECEDENTES
1.- Por Resolución de nº 323/TF, de 6 de mayo de 1997, de esta Dirección, se concede a D. Juan Ricardo Hernández González autorización de funcionamiento para la consulta de medicina general y de enfermería, situada en la calle Felipe del Castillo, 18, Tejina, del término municipal de La Laguna, quedando inscrito en el registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios con el nº 0632.
2.- En inspección realizada el 4 de junio de 2002 (Acta nº 241/02TF), se comprueba que el centro se encuentra cerrado.
A los que son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES
I.- De conformidad con los artículos 60.1 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94), 9.2.c) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) y 5.2.a) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, es competente para resolver el Director del Servicio Canario de la Salud.
II.- El artículo 20.1 del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, encomienda a la Dirección del Servicio Canario de la Salud la obligación de mantener actualizado el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, por lo que habiéndose constatado el cierre,
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias" de consulta de medicina general y de enfermería, situada en la calle Felipe del Castillo, 18, Tejina, del término municipal de La Laguna, cuyo titular es D. Juan Ricardo Hernández González.
Segundo.- Notificar esta resolución a D. Juan Ricardo Hernández González, significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 6 de junio de 2002.- El Director del Servicio Canario de la Salud, Alberto Talavera Déniz.
3º) Resolución del Director del Servicio Canario de la Salud por la que se ordena la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias", de consulta de odontología, situada en la calle José Primo de Rivera, 14, en Villa de Mazo (La Palma), cuyo titular es D. Falk Burkhard Rolf Braun.
Vista la propuesta de la Jefa de Sección de Conciertos de esta Dirección, relativa al expediente de consulta de odontología, situada en la calle José Primo de Rivera, 14, del término municipal de Villa de Mazo (La Palma), y cuyo titular es D. Falk Burkhard Rolf Braun.
En la que constan los siguientes
ANTECEDENTES
1.- Por Resolución nº 449/TF, de 4 de agosto de 2000, de esta Dirección, se concede a D. Falk Burkhard Rolf Braun autorización de funcionamiento para la consulta de odontología, situada en la calle José Primo de Rivera, 14, del término municipal de Villa de Mazo (La Palma), quedando inscrito en el registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios con el nº 1888.
2.- Con fecha 7 de julio de 2003 el Colegio Oficial de Odontólogos de Santa Cruz de Tenerife informa que Falk Burkhard Rolf Braun ha dado de baja la citada consulta.
A los que son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES
I.- De conformidad con los artículos 60.1 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94), 9.2.c) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) y 5.2.a) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, es competente para resolver el Director del Servicio Canario de la Salud.
II.- El artículo 20.1 del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, encomienda a la Dirección del Servicio Canario de la Salud la obligación de mantener actualizado el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, por lo que habiéndose constatado el cierre,
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias" de consulta de odontología situada en la calle José Primo de Rivera, 14, del término municipal de Villa de Mazo (La Palma), cuyo titular es D. Falk Burkhard Rolf Braun.
Segundo.- Notificar esta resolución a D. Falk Burkhard Rolf Braun, significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 14 de agosto de 2003.- El Director del Servicio Canario de la Salud, p.s., la Secretaria del Servicio Canario de la Salud (O. de 1.8.03), María del Carmen Gonzálvez Casanova.
4º) Resolución del Director del Servicio Canario de la Salud por la que se ordena la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias", de consulta de fisioterapia, situada en la Avenida de Madrid, 8-A, en Santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es la Entidad Mercantil Fisioterapia Secar, S.L.
Vista la propuesta de la Jefa de Sección de Acreditación de Centros y Servicios de esta Dirección, relativa al expediente de consulta de fisioterapia, situada en la Avenida de Madrid, 8-A, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, y cuyo titular es la Entidad Mercantil Fisioterapia Secar, S.L.
En la que constan los siguientes
ANTECEDENTES
1.- Por Resolución nº 841/TF, de 6 de noviembre de 1997, de esta Dirección, se concede a la Entidad Mercantil Fisioterapia Secar, S.L. autorización de funcionamiento para la consulta de fisioterapia, situada en la Avenida de Madrid, 8-A, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, quedando inscrito en el registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios con el nº 0849.
2.- En inspección realizada el 13 de mayo de 2003 (Acta nº 090/03TF), se comprueba que el centro se encuentra cerrado.
A los que son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES
I.- De conformidad con los artículos 60.1 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94), 9.2.c) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) y 5.2.a) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, es competente para resolver el Director del Servicio Canario de la Salud.
II.- El artículo 20.1 del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, encomienda a la Dirección del Servicio Canario de la Salud la obligación de mantener actualizado el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, por lo que habiéndose constatado el cierre,
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias" de consulta de fisioterapia, situada en la Avenida de Madrid, 8-A, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es la Entidad Mercantil Fisioterapia Secar, S.L.
Segundo.- Notificar esta resolución a Dña. Beatriz Arias Torrado, representante legal de la Entidad Mercantil Fisioterapia Secar, S.L., significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 15 de mayo de 2003.- El Director del Servicio Canario de la Salud, Alberto Talavera Déniz.
5º) Resolución del Director del Servicio Canario de la Salud por la que se ordena la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias", de consulta de odontología, situada en la calle Bethencourt Alfonso, 23, 5ºA, en Santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es la entidad Mercantil O.K. Dental, S.L.
Vista la propuesta de la Jefa de Sección de Acreditación de Centros y Servicios de esta Dirección, relativa al expediente de consulta de odontología, situada en la calle Bethencourt Alfonso, 23, 5ºA, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, y cuyo titular es la Entidad Mercantil O.K. Dental, S.L.
En la que constan los siguientes
ANTECEDENTES
1.- Por Resolución de nº 640/TF, de 20 de octubre de 1999, de esta Dirección, se concede a la Entidad Mercantil O.K. Dental, S.L. autorización de funcionamiento para consulta de odontología, situada en la calle Bethencourt Alfonso, 23, 5ºA, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, quedando inscrito en el registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios con el nº 1655.
2.- En inspección realizada el 18 de marzo de 2003 (Acta nº 044/02TF), se comprueba que el centro se encuentra cerrado.
A los que son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES
I.- De conformidad con los artículos 60.1 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94), 9.2.c) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) y 5.2.a) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, es competente para resolver el Director del Servicio Canario de la Salud.
II.- El artículo 20.1 del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, encomienda a la Dirección del Servicio Canario de la Salud la obligación de mantener actualizado el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, por lo que habiéndose constatado el cierre,
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias" de consulta de odontología, situada en la calle Bethencourt Alfonso, 23, 5ºA, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es la Entidad Mercantil O.K. Dental, S.L.
Segundo.- Notificar esta resolución a Dña. Ana Maribel Hernández Cabrera, representante legal de la Entidad Mercantil O.K. Dental, S.L., significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 24 de marzo de 2003.- El Director del Servicio Canario de la Salud, Alberto Talavera Déniz.
6º) Resolución del Director del Servicio Canario de la Salud por la que se ordena la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias", de consulta de dermatología-venereología, situada en la calle Jesús y María, 51, en Santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es D. Stephan Peter Mortler.
Vista la propuesta del Jefe del Servicio de Acreditación, Evaluación y Conciertos de esta Dirección, relativa al expediente de consulta de dermatología-venereología, situada en la calle Jesús y María, 51, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, y cuyo titular es D. Stephan Peter Mortler.
En la que constan los siguientes
ANTECEDENTES
1.- Por Resolución nº 577/TF, de 23 de septiembre de 1999, de esta Dirección, se concede a D. Stephan Peter Mortler autorización de funcionamiento para consulta de dermatología-venereología, situada en la calle Jesús y María, 51, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, quedando inscrito en el registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios con el nº 1638.
2.- En inspección realizada el 5 de agosto de 2002 (Acta nº 301/02TF), se comprueba que el centro se encuentra cerrado.
A los que son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES
I.- De conformidad con los artículos 60.1 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94), 9.2.c) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) y 5.2.a) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, es competente para resolver el Director del Servicio Canario de la Salud.
II.- El artículo 20.1 del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, encomienda a la Dirección del Servicio Canario de la Salud la obligación de mantener actualizado el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, por lo que habiéndose constatado el cierre,
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias" de consulta de dermatología-venereología, situada en la calle Jesús y María, 51, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es D. Stephan Peter Mortler.
Segundo.- Notificar esta resolución a D. Stephan Peter Mortler, significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 23 de agosto de 2002.- El Director del Servicio Canario de la Salud, Alberto Talavera Déniz.
7º) Resolución del Director del Servicio Canario de la Salud por la que se ordena la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias", de consulta de odontología, situada en la Rambla Pulido, 43, 5ºA, en Santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es D. José María Sánchez Álvarez.
Vista la propuesta del Jefe del Servicio de Acreditación, Evaluación y Conciertos de esta Dirección, relativa al expediente de consulta de odontología, situada en la Rambla Pulido, 43, 5ºA, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, y cuyo titular es D. José María Sánchez Álvarez.
En la que constan los siguientes
ANTECEDENTES
1.- Por Resolución nº 831, de 6 de noviembre de 1997, de esta Dirección, se concede a D. José María Sánchez Álvarez autorización de funcionamiento para consulta de odontología, situada en la Rambla Pulido, 43, 5ºA, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, quedando inscrito en el registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios con el nº 0857.
2.- En inspección realizada el 20 de agosto de 2002 (Acta nº 322/02TF), se comprueba que el centro se encuentra cerrado.
A los que son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES
I.- De conformidad con los artículos 60.1 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94), 9.2.c) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) y 5.2.a) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, es competente para resolver el Director del Servicio Canario de la Salud.
II.- El artículo 20.1 del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, encomienda a la Dirección del Servicio Canario de la Salud la obligación de mantener actualizado el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, por lo que habiéndose constatado el cierre,
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias" de consulta de odontología, situada en la Rambla Pulido, 43, 5ºA, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es D. José María Sánchez Álvarez.
Segundo.- Notificar esta resolución a D. José María Sánchez Álvarez, significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 23 de agosto de 2002.- El Director del Servicio Canario de la Salud, Alberto Talavera Déniz.
8º) Resolución del Director del Servicio Canario de la Salud por la que se ordena la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias", de establecimiento de óptica, situado en la calle San Francisco Javier, 17, en Santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es D. Ernesto Déniz Hernández.
Vista la propuesta del Jefe del Servicio de Acreditación, Evaluación y Conciertos de esta Dirección, relativa al expediente del establecimiento de óptica, situado en la calle San Francisco Javier, 17, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, y cuyo titular es D. Ernesto Déniz Hernández.
En la que constan los siguientes
ANTECEDENTES
1.- Por Resolución nº 570/TF, de 24 de septiembre de 1998, de esta Dirección, se concede a D. Ernesto Déniz Hernández autorización de funcionamiento para el establecimiento de óptica, situado en la calle San Francisco Javier, 17, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, quedando inscrito en el registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios con el nº 0829.
2.- En inspección realizada el 20 de agosto de 2002 (Acta nº 323/02TF), se comprueba que el centro se encuentra cerrado.
A los que son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES
I.- De conformidad con los artículos 60.1 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94), 9.2.c) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) y 5.2.a) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, es competente para resolver el Director del Servicio Canario de la Salud.
II.- El artículo 20.1 del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, encomienda a la Dirección del Servicio Canario de la Salud la obligación de mantener actualizado el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, por lo que habiéndose constatado el cierre,
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias" del establecimiento de óptica, situado en la calle San Francisco Javier, 17, término municipal de Santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es D. Ernesto Déniz Hernández.
Segundo.- Notificar esta resolución a D. Ernesto Déniz Hernández, significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 23 de agosto de 2002.- El Director del Servicio Canario de la Salud, Alberto Talavera Déniz.
9º) Resolución del Director del Servicio Canario de la Salud por la que se ordena la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias", de gabinete de audioprótesis, situado en la calle Benavides, 43, en Santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es la Entidad Mercantil Óptica Álvarez, S.L.
Vista la propuesta de la Jefa de Sección de Acreditación de Centros y Servicios de esta Dirección, relativa al expediente del gabinete de audioprótesis, situado en la calle Benavides, 43, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, y cuyo titular es la Entidad Mercantil Óptica Álvarez, S.L.
En la que constan los siguientes
ANTECEDENTES
1.- Por Resolución nº 549/TF, de 23 de septiembre de 1999, de esta Dirección, se concede a la Entidad Mercantil Óptica Álvarez, S.L. autorización de funcionamiento para el gabinete de audioprótesis, situado en la calle Benavides, 43, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, quedando inscrito en el registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios con el nº 1620.
2.- Queda constatado en el expediente que el centro se encuentra cerrado.
A los que son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES
I.- De conformidad con los artículos 60.1 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94), 9.2.c) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) y 5.2.a) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, es competente para resolver el Director del Servicio Canario de la Salud.
II.- El artículo 20.1 del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, encomienda a la Dirección del Servicio Canario de la Salud la obligación de mantener actualizado el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, por lo que habiéndose constatado el cierre,
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias" del gabinete de audioprótesis, situado en la calle Benavides, 43, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es la Entidad Mercantil Óptica Álvarez, S.L.
Segundo.- Notificar esta resolución a D. Sixto Francisco Álvarez Ramírez, representante legal de la Entidad Mercantil Óptica Álvarez, S.L., significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 31 de marzo de 2003.- El Director del Servicio Canario de la Salud, Alberto Talavera Déniz.
10º) Resolución del Director del Servicio Canario de la Salud por la que se ordena la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias", de consulta de odontología, situada en la calle General Antequera, 3-31, en santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es D. Gotz Michael Haag.
Vista la propuesta de la Jefa de Sección de Conciertos de esta Dirección, relativa al expediente de consulta de odontología, situada en la calle General Antequera, 3-31, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, y cuyo titular es D. Gotz Michael Haag.
En la que constan los siguientes
ANTECEDENTES
1.- Por Resolución nº 495/TF, de 31 de agosto de 2000, de esta Dirección, se concede a D. Gotz Michael Haag autorización de funcionamiento para consulta de odontología, situada en la calle General Antequera, 3-31, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, quedando inscrito en el registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios con el nº 1907.
2.- Con fecha 7 de julio de 2003 el Colegio Oficial de Odontólogos de Santa Cruz de Tenerife informa que D. Gotz Michael Haag ha dado de baja la citada consulta.
A los que son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES
I.- De conformidad con los artículos 60.1 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94), 9.2.c) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) y 5.2.a) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, es competente para resolver el Director del Servicio Canario de la Salud.
II.- El artículo 20.1 del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, encomienda a la Dirección del Servicio Canario de la Salud la obligación de mantener actualizado el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, por lo que habiéndose constatado el cierre,
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la baja en el "Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias" de consulta de odontología, situada en la calle General Antequera, 3-31, del término municipal de Santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es D. Gotz Michael Haag.
Segundo.- Notificar esta resolución a D. Gotz Michael Haag, significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 14 de agosto de 2003.- El Director del Servicio Canario de la Salud, p.s., la Secretaria del Servicio Canario de la Salud (O. de 1.8.03), María del Carmen Gonzálvez Casanova.
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