Por Orden Departamental de 7 de marzo de 2003 se convocó concurso para la concesión de subvenciones a proyectos de innovación tecnológica y fomento industrial, estableciendo las bases que regulan la misma, señalándose en el apartado tercero de la parte resolutiva que la dotación económica para atender las peticiones presentadas durante el presente ejercicio ascendía a cuatro millones quinientos un mil ciento cincuenta y dos (4.501.152,00) euros, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 08.22.723C.770.21 Proyecto de Inversión 02.7089.07 denominado "Cooperación y calidad Industrial", y 08.22.723C.770.21 Proyecto de Inversión 94.7091.01 "Incentivos a las pymes", y en su apartado cuarto, que ese importe podría incrementarse a la vista de los expedientes presentados, siempre y cuando exista cobertura económica para llevarla a cabo.
Ante la posibilidad de incrementar dichos créditos y a la vista de las solicitudes presentadas, se considera conveniente aumentar la dotación de los créditos previstos para este fin.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Fomento Industrial e Innovación Tecnológica, por la presente
R E S U E L V O:
Modificar el resuelvo tercero de la parte resolutiva de la citada Orden de 7 de marzo de 2003, así como su base 8, estableciéndose el importe total de los créditos disponibles para atender las peticiones presentadas durante el presente ejercicio presupuestario en seis millones quinientos un mil ciento cincuenta y dos (6.501.152,00) euros, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2003, desglosada la misma según las siguientes aplicaciones presupuestarias:
08.22.723C.770.21 Proyecto de Inversión 02.7089.07 "Cooperación y calidad industrial" por importe de 300.506,00 euros.
08.22.723C.770.21 Proyecto de Inversión 94.7091.01 "Incentivos a las pymes" por importe de 6.200.646,00 euros.
Dicha dotación económica está cofinanciada en un 75% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo de Canarias 2000-2006.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el Consejero de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a su publicación; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Las Palmas, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente al de la publicación; significándole que en el caso de presentar recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.
Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de septiembre de 2003.
0
EL CONSEJERO DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS,
Luis Alberto Soria López.
© Gobierno de Canarias