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Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública de fecha 23 de julio de 2001 (B.O.C. nº 105, de 13 de agosto), se anunció la exposición de la lista definitiva de admitidos y excluidos de la convocatoria de ayudas de estudio correspondiente al curso 1999/2000, del personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos.
Con posterioridad los solicitantes que en el anexo I se detallan, instaron la revisión de sus solicitudes y la inclusión en la lista definitiva de admitidos correspondientes a la convocatoria del curso 1999/2000.
Asimismo solicita la revisión de su solicitud, Dña. María del Carmen Vega Batista incluida en la lista de admitidos.
Resultando que en cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera del Decreto 342/1999, de 17 de diciembre, las referidas reclamaciones fueron informadas por la Comisión de Actividades Socioculturales en su sesión del día 25 de febrero de 2002.
Vista la motivación contenida en los informes emitidos por la citada Comisión de Actividades Socio-Culturales y que constan en el expediente, esta Dirección General
R E S U E L V E:
Primero.- 1. Desestimar los recursos que en el anexo I se relacionan por los motivos que se indican, confirmando su inclusión en la lista definitiva de excluidos de la convocatoria de ayudas de estudio 1999/2000.
2. Desestimar el recurso presentado por Dña. María del Carmen Vega Batista, D.N.I. nº 43.250.675, adscrita a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, al amparo del artículo 16.1.b) del Reglamento de ayudas de estudio aprobado por Decreto 342/1999, de 17 de diciembre, por haberle sido concedida por el Ministerio de Educación ayuda por importe superior al que le correspondería en esta convocatoria y en su consecuencia, confirmar su inclusión en la lista definitiva de admitidos de la convocatoria de ayudas de estudio 1999/2000, con importe cero.
Segundo.- Exponer al público dicha lista en los tablones de anuncios de los Departamentos, Organismos Autónomos y Oficinas de Información de los Cabildos Insulares, durante los veinte días hábiles siguientes al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Tercero.- Contra la presente Resolución podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Santa Cruz de Tenerife) en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de su publicación.
Santa Cruz de Tenerife, a 7 de agosto de 2003.- El Director General de la Función Pública, Pedro Rodríguez Torrens.
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