Habiéndose intentado infructuosamente la notificación por escrito a Adelalri, S.L.L., por encontrarse en ignorado paradero, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, a efectos de notificación, que por el Sr. Consejero Insular de Desarrollo Económico, Industria y Comercio se ha dictado Resolución de fecha 23 de enero de 2003, recaída en el expediente AC9/03 de calificación, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"Conceder el trámite de audiencia por plazo de veinticinco (25) días al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y a Adelalri, S.L.L. para que puedan alegar lo pertinente sobre la información adicional solicitada y que es la siguiente:
Primero.- Anexo de fecha 26 de junio de 2002 mencionado en el informe técnico del Servicio de Edificación y Patrimonio de la Gerencia Municipal de Urbanismo.
Segundo.- Anexo al proyecto en duplicado ejemplar, firmado por técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial, donde conste la siguiente información complementaria:
- Aplicación y cumplimiento del Decreto 227/1997, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación, ya que la densidad de ocupación prevista para la actividad supera las 50 plazas. Deberá justificar la idoneidad de las soluciones que se adopten en este sentido y cumplimentarse la Ficha Técnica de accesibilidad que se incluye en el anexo 6 de la citada norma."
Lo que se comunica para conocimiento de los interesados y correspondientes efectos.
Santa Cruz de Tenerife, a 9 de mayo de 2003.- El Jefe del Servicio Administrativo, Jesús Bernardos Correa.
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