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BOC Nº 096. Miércoles 21 de Mayo de 2003 - 877

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

877 - Viceconsejería de Desarrollo Industrial e Innovación Tecnológica.- Resolución de 10 de abril de 2003, por la que se convoca oposición para contratar, con carácter temporal, un trabajador con categoría profesional de Titulado Medio (Grupo II), con cargo a Proyecto de Inversión.

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Visto el Proyecto asignado a esta Viceconsejería denominado Plataforma para el desarrollo de la Sociedad de la Información en las Islas Europeas y en las regiones periféricas (DIAS.NET), en el marco del Programa IST del 5º Programa Marco de Investigación y Desarrollo, y dentro de la acción clave II.1.6, se hace preciso para su ejecución, proceder a la contratación de un trabajador con carácter temporal con cargo a Proyecto de Inversión.

Vista la autorización de la Dirección General de la Función Pública.

Visto el Informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.

En uso de las atribuciones conferidas al titular de esta Viceconsejería de Desarrollo Industrial e Innovación Tecnológica, por el artículo 38 del Decreto 116/2001, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica,

R E S U E L V O:

1º) Convocar procedimiento selectivo para la contratación temporal de personal en régimen de Derecho laboral, por el procedimiento de oposición, en la categoría de titulado medio (Diplomado Empresariales o acreditación de haber terminado tres cursos completos de Licenciatura de Economía y/o Administración y Dirección de Empresas, o de Ciencias Económicas y Empresariales), Grupo II, según se detalla en el anexo I de esta Resolución, con cargo a Proyecto de Inversión.

En lo no previsto en las presentes bases, se aplicará la citada Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el III Convenio Único del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias en vigor, y, en su defecto, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

2º) La provisión de dichos puestos se realizará de conformidad con las siguientes

BASES

2.1. Para participar en el proceso selectivo, los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de Islandia. También podrán ser admitidos los descendientes, el cónyuge y los descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. La anterior condición será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internaciones celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

Asimismo, los extranjeros residentes en España podrán acceder en igualdad de condiciones que los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán estar en posesión del diploma superior de español como lengua extranjera o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

b) Tener cumplidos dieciocho años.

c) Estar en posesión de la titulación académica que se especifica en la base 4.3.a) de esta Resolución. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2. Todos los requisitos enumerados en el apartado 2.1 anterior deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y en el momento de la toma de posesión del puesto para el que sean nombrados.

3.- Aspirantes con minusvalía física, psíquica o sensorial.

3.1. Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales, en grado igual o superior al 33%, serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes, ni requieran de la adaptación funcional del puesto de trabajo.

3.2. Dichos aspirantes deberán aportar en el momento de presentar la solicitud, la certificación de reconocimiento de grado de minusvalía de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1.971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía (B.O.E. nº 22, de 26.1.00; c.e. B.O.E. nº 62, de 13 de marzo), y la certificación a que se refiere el artículo 1 del Decreto 43/1998, de 2 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo IV, Título VI de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, regulador del sistema de acceso de personas con minusvalía para la prestación de servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y medidas de fomento para su integración laboral (B.O.C. nº 53, de 1.5.87).

4.- Solicitudes.

4.1. Quienes deseen tomar parte en el procedimiento selectivo deberán dirigir su solicitud a la Viceconsejería de Desarrollo Industrial e Innovación Tecnológica de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica, en instancia según modelo que se acompaña como anexo II a la presente convocatoria.

Las solicitudes de participación, acompañadas, en su caso, de los documentos que se refieren en el apartado 3 de esta base, se presentarán en las dependencias de la Viceconsejería de Desarrollo Industrial e Innovación Tecnológica, calle Cebrián, 3, planta 0, de Las Palmas de Gran Canaria, y en la Avenida de Anaga, 35, de Santa Cruz de Tenerife, o en cualquiera de las dependencias o formas previstas en el Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.C. nº 102, de 19.8.92).

4.2. El plazo de presentación de instancias será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

4.3. Junto con la/s solicitud/es se acompañará fotocopia cotejada de:

a) Título académico de Diplomado en Empresariales y/o acreditación de haber realizado tres cursos completos de la Licenciatura de Economía y/o de Administración y Dirección de Empresas, o de Ciencias Económicas y Empresariales.

b) Diploma superior de español como lengua extranjera o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas (a presentar sólo por los aspirantes que no posean la nacionalidad española).

c) Documento Nacional de Identidad.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán presentar una fotocopia cotejada del correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar residente comunitario en vigor, o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o de Noruega o Islandia que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia cotejada del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en todo caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser oficiales, suscritos por autoridades competentes, legalizados por vía diplomática y acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción al castellano.

5.- Tribunal de Selección.

5.1. El Tribunal de Selección, formado por cinco miembros, queda designado de la siguiente forma:

Presidente:

Titular: D. Rafael Gutiérrez Jiménez.

Suplente: Dña. Dulce María Aguilar Díaz.

Vocal 1º:

Titular: D. Laureano Pérez Rodríguez.

Suplente: Dña. Rafaela Sánchez Jiménez.

Vocal 2º:

Titular: Dña. Cristina Hernández Guerra.

Suplente: D. Carlos Adolfo Sánchez-Barbudo Doña.

Vocal 3º:

Titular: Dña. Ana María Morales Rocha.

Suplente: D. Francisco Fernando Escrich Esteban.

Secretario:

Titular: Dña. Ana Brígida López Castellano.

Suplente: Dña. Gloria Maraver Bravo de Laguna.

5.2. El Tribunal de Selección podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros, precisándose, en todo caso, la asistencia del Presidente y del Secretario. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

5.3. Previa convocatoria del Presidente designado, el Tribunal de Selección celebrará su sesión de constitución, en la que acordarán las decisiones que correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso de valoración.

5.4. Los miembros del Tribunal de Selección y, en su caso, el personal colaborador, que por acuerdo de aquéllos podrá ser designado por la Viceconsejería de Desarrollo Industrial e Innovación Tecnológica, tendrán derecho a percibir las indemnizaciones o dietas que les correspondan en relación a los servicios y a los derechos de asistencia que se atribuyen a los órganos de selección de la categoría correspondiente (Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones por razón del servicio, modificado parcialmente por el Decreto 67/2002, de 20 de mayo). El número máximo de asistencias a devengar por los miembros de los Tribunales de Selección será de diez.

A estos efectos, los Secretarios de los Tribunales de Selección expedirán certificación acreditativa de las personas asistentes a cada una de las sesiones del respectivo Tribunal.

5.5. Los miembros del Tribunal de Selección deberán abstenerse de formar parte de los mismos cuando estuvieran incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, debiendo notificar la concurrencia de cualquiera de estas circunstancias a la Viceconsejería de Desarrollo Industrial e Innovación Tecnológica.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal de Selección cuando a su juicio concurran en los mismos las circunstancias previstas en el anterior apartado.

5.6. En lo no previsto en estas bases, el procedimiento de actuación del Tribunal de Selección se ajustará a lo dispuesto en el Capítulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6.- Sistema selectivo.

La selección se realizará mediante el sistema de oposición.

- La oposición constará de dos fases:

A) La primera de ellas consistirá en la realización de un ejercicio teórico-práctico, que se concreta en desarrollar por escrito y en el plazo máximo de una hora, un tema, elegido al azar entre dos propuestos por el Tribunal, del temario que se adjunta como anexo V a la presente convocatoria y en la resolución, a continuación, de un caso práctico, de entre dos propuestos por el Tribunal sobre las materias del temario, a desarrollar en el plazo máximo de una hora.

Para la realización del supuesto práctico, los aspirantes podrán disponer de textos legales no comentados.

En el día y hora fijados por el Tribunal, los aspirantes deberán proceder a la lectura del examen teórico. Los aspirantes que no comparezcan a la lectura de dicho ejercicio, se entenderá que decaen de su derecho, no procediéndose, en tal caso, a la corrección del supuesto práctico por parte del Tribunal.

Este ejercicio será eliminatorio, y se calificará, en su conjunto, con una puntuación máxima de diez puntos, precisándose una puntuación mínima de cinco puntos para entenderse superada.

B) Traducción de un texto del inglés al castellano, de entre dos propuestos por el Tribunal, y en el plazo máximo de media hora. La puntuación de este ejercicio se establece en un máximo de diez puntos y un mínimo de cinco puntos para entenderse superada.

La media aritmética de la puntuación obtenida en los dos ejercicios determinará la calificación total del proceso selectivo. En el supuesto de existir empate, éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la realización del primer ejercicio. De persistir el empate, será resuelto atendiendo a la mayor calificación obtenida en el supuesto práctico del primer ejercicio.

Los resultados de las dos pruebas celebradas por el Tribunal y de la media aritmética obtenida se harán públicos, tras su finalización en el tablón de anuncios de la planta 0 del edificio sito en la calle Cebrián, 3, de Las Palmas de Gran Canaria, y en la planta 8ª del Edificio de Usos Múltiples I, de Santa Cruz de Tenerife.

7.- Propuesta de contratación.

Por el Secretario del Tribunal se levantará la correspondiente Acta, que firmarán los miembros del mismo, y hará constar en ella los aspirantes presentados, los ejercicios celebrados, las calificaciones otorgadas, y las incidencias que a juicio del Tribunal deban reflejarse en el Acta, debiendo elevar al órgano competente la propuesta de contratación del aspirante que haya obtenido mayor puntuación.

En el Acta final se recogerán las calificaciones de los participantes relacionados por orden de puntuación de mayor a menor. Esta publicación se llevará a cabo en los tablones de anuncios de la sede de la Consejería, donde se vaya a proceder a la contratación.

El personal contratado estará sujeto al período de prueba que establece el artículo 14 del Convenio Colectivo vigente, para cada categoría profesional.

8.- Publicación de listas y otras comunicaciones.

El aspirante que resulte seleccionado, la propuesta de contratación así como otras comunicaciones que procedan, como consecuencia de ello se publicarán en los tablones de anuncios de las dependencias de la Viceconsejería de Desarrollo Industrial e Innovación Tecnológica indicadas en el apartado tercero del punto 6.B) de esta Resolución, y servirá de citación al personal seleccionado para que presente la documentación que en ella se señale en el plazo de tres días hábiles, salvo caso de fuerza mayor.

9.- Presentada toda la documentación, se celebrará el contrato de trabajo de carácter temporal procedente (contrato para obra o servicio determinado, al amparo del artículo 2 del Real Decreto 2.720/1998, de 18 de diciembre), previas las formalidades administrativas legalmente previstas.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante el Viceconsejero de Desarrollo Industrial e Innovación Tecnológica en el plazo de un (1) mes desde su publicación, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, a interponer en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de abril de 2003.- El Viceconsejero de Desarrollo Industrial e Innovación Tecnológica, Wenceslao Berriel Martínez.

A N E X O I

PROYECTO INVERSIÓN: 02.608.808.

DENOMINACIÓN: Dias.Net.

CATEGORÍA: Titulado Medio.

TITULACIÓN EXIGIDA: Diplomado Empresariales y/o tres cursos completos de licenciatura de Economía y/o Administración y Dirección de Empresas o de Ciencias Económicas y Empresariales.

A N E X O I I

MODELO DE INSTANCIA

APELLIDOS Y NOMBRE .....................................................................................................................................................................

Nº D.N.I. .................................................................................................................................................................................................

DOMICILIO ............................................................................................................................................................................................

EXPONE

Que habiéndose convocado, por Resolución de la Viceconsejería de Desarrollo Industrial e Innovación Tecnológica, de fecha ...................................... de ......................................... de 2003, pruebas selectivas para la contratación laboral temporal en la categoría de Titulado Medio (Diplomado en Empresariales y/o acreditación de tres cursos completos de la Licenciatura de Economía y/o Administración y Dirección de Empresas, o de Ciencias Económicas y Empresariales).

SOLICITA

Ser admitido a las pruebas selectivas de referencia.

(Lugar, fecha y firma)

ILMO. SR. VICECONSEJERO DE DESARROLLO INDUSTRIAL E Innovación TECNOLÓGICA.

A N E X O I I I

MODELO DE CURRÍCULUM VITAE

NOMBRE Y APELLIDOS ...................................................................................................................................................................

LUGAR DE NACIMIENTO ...................................................................................................................................................................

FECHA DE NACIMIENTO ..................................................................................................................................................................

DOMICILIO .........................................................................................................................................................................................

TELÉFONO ............................................................................................................................................................................................

Nº D.N.I. ...............................................................................................................................................................................................

DATOS ACADÉMICOS

ESTUDIOS (indique los estudios que se posean).

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CURSOS DE FORMACIÓN Y/O PERFECCIONAMIENTO

DATOS LABORALES

Enumere los tres últimos trabajos realizados, del más moderno al más antiguo, con indicación de la empresa, cargo ocupado, principales ocupaciones, duración del empleo y motivo del cambio.

-

OBSERVACIONES: se deberá aportar fotocopias compulsadas de los títulos, diplomas, así como de los contratos de trabajo y/o certificaciones de empresas que acrediten su experiencia.

(Lugar, fecha y firma)

A N E X O I V

DECLARACIÓN RESPONSABLE

Yo, ...................................................................................................., provisto/a de D.N.I. nº ...................................... DECLARO BAJO JURAMENTO, no hallarme inhabilitado/a por Sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas ni hallarme separado/a ni despedido/a por expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, así como no padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación de trabajo.

.................................................................................., a ................... de ............................................ de 2003.

A N E X O V

TEMARIO

Tema 1.- El Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias: Principios. Proceso de elaboración. Estructura presupuestaria de gastos: Orgánica, económica y funcional. Vinculación de los créditos.

Tema 2.- Las modificaciones presupuestarias: concepto, tipología. Competencia para su autorización y procedimiento para su tramitación en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tema 3.- La ejecución del Presupuesto de Gastos: Fases de los procedimientos del Gasto. El procedimiento del Pago. Sistema de Información económico-financiera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (P.I.C.C.A.C.).

Tema 4.- Las subvenciones: concepto, naturaleza y clasificación. Adjudicación. Reconocimiento de la obligación, pago y justificación. Las subvenciones, ayudas y transferencias en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tema 5.- El plan para el Desarrollo de la Sociedad de la Información de Canarias: Estructura. La situación de partida, tendencias y perspectivas de la Sociedad de la Información en Canarias. Objetivos y estrategias generales y sectoriales.

Tema 6.- Aspectos básicos de la estructura económica de Canarias. Análisis del sector secundario en Canarias, evolución y situación actual.

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