No habiéndose podido practicar la notificación del oficio por el que se requiere documentación a la empresa Astilleros y Varaderos de Tarragona, S.A. se procede, conforme al artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, a notificar el requerimiento a través de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, cuyo tenor literal es el siguiente:
"El pasado 24 de mayo de 2002, fue presentada en esta Viceconsejería de Pesca, oficio de Dña. María Australia Navarro de Paz, en nombre y representación de la entidad "Caixa DÕEstalvis de Tarragona" al que se adjuntaba "Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social", a efectos de continuar con el expediente de pago de la subvención concedida a la empresa Astilleros y Varaderos de Tarragona, S.A. por la paralización definitiva del buque pesquero "Paquiasun".
Al objeto de proceder conforme a lo solicitado, deberá aportar en un plazo de 10 días a partir de la presente publicación, los certificados que acrediten estar al corriente con la Hacienda Estatal y Autonómica de Canarias. Transcurrido dicho plazo se entenderá que ha decaído su derecho a la percepción de la subvención concedida (artículo 76.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999)."
Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de febrero de 2003.- El viceconsejero de pesca, Manuel Fajardo Feo.
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