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Vista la propuesta del Ilmo. Sr. Secretario General Técnico y los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Mediante Resolución, de la Secretaría General Técnica, de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica, de 17 de junio de 2002 (B.O.C. nº 88, de 28.6.02), se actualiza la relación de los registros propios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los concertados.
Segundo.- En dicha Resolución aparecen asignados a este Departamento dos registros generales, lo que vulnera lo dispuesto en la Orden de 12 de agosto de 2002, por la que se regulan determinados aspectos del funcionamiento de los registros de la Administración Autónoma de Canarias, lo que ha puesto de manifiesto la necesidad de la adaptación de éstos a la citada Orden.
Tercero.- Razones organizativas y de eficacia administrativa, dada su localización y el volumen de documentación que genera la Sección de Fomento de la Calidad, de la Dirección General de Política Agroalimentaria, hacen conveniente, además, la creación de un registro auxiliar.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece en su artículo 38, que los órganos administrativos llevarán un registro general y que podrán crear, en las unidades administrativas correspondientes de su propia organización, otros registros auxiliares de registro general.
Segundo.- El artículo 1º de la Orden de 12 de agosto de 2002, por la que se regulan determinados aspectos del funcionamiento de los registros de la Administración Autonómica de Canarias (B.O.C. nº 111, de 19.8.02), dispone que todo órgano administrativo tendrá asignado un único registro general.
En su virtud, y en uso de la competencia que me confiere el artículo 5.1 del Decreto 105/2000, de 26 de junio, por el que se regulan determinados aspectos del funcionamiento de los registros de la Administración Autonómica de Canarias,
R E S U E L V O:
Primero.- Suprimir y crear los registros que se relacionan en el anexo de esta Orden, adscritos a esta Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.
Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Tercero.- Notificarla a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de febrero de 2003.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN,
Pedro Rodríguez Zaragoza.
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