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Examinados el expediente y la propuesta elevada por el Consejo Escolar del Colegio de Educación Infantil y Primaria (CEIP) de Las Galletas (nº de código 38011765), oído el Ayuntamiento de Arona.
Teniendo en cuenta que en los documentos se justifica la conveniencia de asignar la denominación específica "La Estrella", al Colegio de Educación Infantil y Primaria (CEIP) del Plan Estrella Marazul, parcela 42ª, de Las Galletas (Arona), por ser como se le identifica de los demás Centros de la localidad.
De conformidad con lo dispuesto en el artº. 4.1 del Decreto 128/1998, de 6 de agosto (B.O.C. de 21 de agosto), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.
Teniendo en cuenta que la Dirección General de Centros eleva propuesta favorable,
D I S P O N G O:
Conceder denominación específica al Colegio de Educación Infantil y Primaria (CEIP) de Las Galletas, en Arona (nº de código 38011765), que en lo sucesivo será la de Colegio de Educación Infantil y Primaria (CEIP) "La Estrella" (nº de código 38011765), del citado municipio.
Contra la presente Orden se podrá formular recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación o notificación, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación o notificación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de enero de 2003.
El Consejero de Educación,
Cultura y Deportes,
José Miguel Ruano León.
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