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Visto el escrito de Dña. Blanca Alicia Lorenzo Llarena, con Documento Nacional de Identidad nº 43.778.523, de fecha de entrada en la Dirección General de Personal el 11 de diciembre de 2002, en el que solicita el aplazamiento de la fase de prácticas durante el curso escolar 2002-03 y realizar la fase de prácticas durante el curso escolar 2003-04.
Resultando que Dña. Blanca Alicia Lorenzo Llarena figura en el anexo I de la Orden de 18 de noviembre de 2002, donde se recoge la relación de seleccionados del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria que han sido nombrados funcionarios en prácticas.
Vista la normativa vigente, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, y el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes
R E S U E L V E:
Acceder a lo solicitado por Dña. Blanca Alicia Lorenzo Llarena y modificar, por lo tanto, la Orden de 18 de noviembre de 2002, por la que nombran funcionarios en prácticas a los opositores que superaron los procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Maestros, convocados por Orden de 8 de abril de 2002, de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica:
Donde dice:
"Quinto.- Declarar funcionaria en prácticas a la aspirante presentada en la convocatoria del año 2000, que ha solicitado dos años consecutivos el aplazamiento para la realización de las mismas, y que figura en el anexo VIII de esta Orden."
Debe decir:
"Quinto.- Declarar funcionaria en prácticas a la aspirante presentada en la convocatoria del año 2000, que ha solicitado dos años consecutivos el aplazamiento para la realización de las mismas, y que figura en el anexo VIII de esta Orden.
Declarar en situación de aplazamiento legal para la realización de la fase de prácticas a la opositora relacionada en el anexo IX de esta Orden."
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de enero de 2003.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y DEPORTES, p.d.,
el Viceconsejero de Educación
(Orden de 6.9.00),
Fernando Hernández Guarch.
A N E X O I X
CUERPO DE PROFESORES
DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ESPECIALIDAD: Inglés.
D.N.I.: 43778523R.
APELLIDOS Y NOMBRE: Lorenzo Llarena, Blanca Alicia.
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