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Haciendo uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se convoca concurso público al objeto de proveer las plazas que figuran en el anexo de esta convocatoria.
Los concursos se regirán por lo dispuesto en el artículo 48 de la citada Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (B.O.E. de 24 de diciembre), Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre régimen del profesorado universitario (B.O.E. 146/1985, de 12 de junio), Real Decreto 1.086/1989, de 28 de agosto, de retribuciones del profesorado (B.O.E. nº 216, de 9 de septiembre), modificado por Real Decreto 74/2000, de 21 de enero; Real Decreto 1.558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias (B.O.E. de 31 de julio); Decreto 140/2002, de 7 de octubre, sobre régimen de Personal Docente e Investigador contratado y sobre complementos retributivos del profesorado de las Universidades Canarias; Real Decreto 1.558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias (B.O.E. 31 de julio), artículos 21, 22 y 23 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados mediante Decreto 230/2000, de 22 de diciembre (B.O.C. de 29 de diciembre de 2000), y por el Reglamento de Contratación de Profesores Ayudantes Doctores, Profesores Colaboradores, Profesores Contratados Doctores, Profesores Asociados y Ayudantes de la Universidad de La Laguna (B.O.C. de 31 de julio de 2002), así como por la legislación laboral que resulte de aplicación.
1. Requisitos de participación.
1.1. Para participar a las plazas con categoría de Profesor Asociado que se relacionan en el anexo I, se deberá estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero. La plaza tendrá dedicación a tiempo parcial. Asimismo, conforme a lo señalado en el artículo 6 del Decreto 140/2002, de 7 de octubre (B.O.C. de 18 de octubre), deberá acreditar el ejercicio de una actividad profesional fuera de la Universidad, con una antigüedad de al menos dos años.
2. Solicitudes y documentación a aportar.
2.1. Los interesados en concurrir al presente concurso deberán presentar en el Registro General de la Universidad de La Laguna (calle Molinos de Agua, s/n, La Laguna) o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, solicitud debidamente cumplimentada para cada plaza a la que se opte, que se facilitará en dicho Registro y en la página web de esta Universidad (https://www.ull.es/ofertaplazas/), junto con los documentos que acrediten reunir los requisitos establecidos para la participación en este concurso, según la categoría de la plaza. Los candidatos deberán presentar, junto con la instancia, certificación académica oficial, acreditativa de las calificaciones obtenidas en las asignaturas cursadas para la obtención de su titulación, además de las justificaciones de los méritos que consideren oportunos. En caso de títulos obtenidos en el extranjero, éstos deberán ir acompañados de una fotocopia de la homologación del Ministerio de Educación y Cultura español. Igualmente deberán aportar certificación en la que quede acreditado el ejercicio de una actividad profesional fuera de la Universidad, con una antigüedad de al menos dos años. Quienes no cumplan este requisito serán excluidos del presente proceso selectivo.
2.2. Los documentos se presentarán en copia simple, pudiendo ser requeridos los concursantes, en cualquier momento, si se considera oportuno, para la comprobación de la autenticidad de los mismos por las Comisiones de Valoración. En todo caso, el candidato que obtenga la plaza deberá compulsar los documentos en el momento de la formalización del contrato de profesor.
2.3. Para cualquier información, los interesados deberán dirigirse al Servicio de Recursos Humanos de la Universidad de La Laguna, teléfono (922) 319490, de 9 a 13,30 horas, correo electrónico: concurso@ull.es, o a la dirección de Internet: https://www.ull.es/ofertaplazas/.
3. Plazo de presentación.
3.1. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
3.2. Los requisitos exigidos para concursar y los méritos alegados deberán cumplirse con anterioridad a la fecha de terminación del plazo para presentar las solicitudes.
4. Valoración de los concursantes y propuesta de contratación.
4.1. Los méritos alegados por los candidatos serán valorados conforme al baremo marco de la Universidad de La Laguna conjuntamente con el baremo específico de cada Departamento, si lo hubiera.
4.2. En el plazo de 5 días posteriores al de finalización del plazo de presentación de solicitudes se publicará relación de admitidos y excluidos. Los concursantes excluidos dispondrán de diez días para subsanar los defectos detectados, a falta de lo cual se entenderá que renuncian a concursar.
4.3. Las propuestas de adjudicación de la plaza elevada por el Departamento se harán públicas en el tablón de anuncios del Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado. En el plazo de 5 días a partir de dicha publicación los interesados podrán interponer reclamación contra la misma.
4.4. La adjudicación de la plaza será resuelta por la Comisión Delegada de Ordenación Académica, Profesorado y Alumnos. La resolución de la misma se notificará a los interesados en la forma y plazo establecido por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.
5. Formalización de los contratos.
5.1. Los contratos a que se refiere la presente convocatoria tienen carácter laboral y una duración de tres años, pudiendo renovarse y están regulados por el artículo 53 y Disposición Final Segunda de la Ley Orgánica de Universidades, Decreto 140/2002, de 7 de octubre, el artículo 15.b) del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 3 del Real Decreto 2.720/1998, de 18 de diciembre.
5.2. La formalización del contrato de Profesor Asociado en régimen de dedicación a tiempo parcial se condiciona a la autorización de compatibilidad.
6. Norma final.
6.1. Contra la presente Resolución y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
La Laguna, a 20 de diciembre de 2002.- El Rector, José S. Gómez Soliño.
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