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BOC Nº 004. Lunes 6 de Enero de 2003 - 42

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Sanidad y Consumo

42 - CORRECCIÓN de errores de la Orden de 8 de octubre de 2002, por la que se corrigen errores en la Orden de 10 de julio de 2002, que regula las condiciones para el ejercicio de actividades de formación de manipuladores de alimentos y el régimen de autorización y registro (B.O.C. nº 147, de 4.11.02).

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Vista la Orden de 10 de julio de 2002, del Consejero de Sanidad y Consumo, por la que se regulan las condiciones para el ejercicio de actividades de formación de manipuladores de alimentos y el régimen de autorización y registro (B.O.C. nº 111, de 19 de agosto).

Vista la Orden de 8 de octubre de 2002, por la que se corrigen errores en la citada Orden de 10 de julio de 2002 (B.O.C. nº 147, de 4 de noviembre).

Considerando que se han advertido una serie de errores que es necesario corregir, procede la corrección de los errores detectados a tenor de lo previsto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el sentido siguiente:

- Sustituir el párrafo segundo del apartado primero de la Resolución, que dice: "En el artículo 4, donde dice anexo IV, debe decir anexo VI" por: "En el artículo 4, donde dice anexo VI, debe decir anexo IV".

- Suprimir el párrafo séptimo del apartado primero de la Resolución, que dice: "En el artículo 18, donde dice anexos V y/o VI, debe decir anexos IV y V".

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de noviembre de 2002.

EL CONSEJERO DE

SANIDAD Y CONSUMO,

José Rafael Díaz Martínez.

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