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D. Francisco Ramón Sánchez Robaina, Alcalde Presiente del Ilustre Ayuntamiento de Valsequillo de Gran Canaria.
En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 70.2 de la Ley 39/1994, de 30 de noviembre, por el que se modifica el artículo 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y en los artículos 35 y 70 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias,
HACE SABER:
Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria urgente, celebrada el día veintisiete de diciembre de 2002, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:
1.- Aprobar definitivamente el Plan Parcial Industrial Llanos Flor, introduciendo las modificaciones aprobadas en la citada sesión.
2.- Proceder a la publicación del acuerdo de Aprobación Definitiva del Plan Parcial Industrial Llanos Flor en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, periódico, tablón de anuncios de la Corporación y Boletín Oficial de la Provincia, procediéndose a publicar en este último Boletín, además, el texto íntegro de las normas del Plan Parcial Industrial Llanos Flor.
Contra el Acuerdo de aprobación definitiva del Plan Parcial Industrial Llanos Flor y al amparo de lo establecido en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio.
Al amparo de lo establecido en los artículos 10 y 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, contra la desestimación del recurso de reposición, si fuera expresa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la fecha de su notificación; si la desestimación fuera presunta, el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo será de seis meses, contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Valsequillo, a 27 de diciembre de 2002.- El Alcalde, Francisco Ramón Sánchez Robaina.
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