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Dña. Paloma Mendizábal Gallo, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Uno de Granadilla de Abona y su Partido Judicial.
Hago saber que en los autos de Juicio de Cognición nº 205/99, ha recaído sentencia cuyo encabezamiento y fallo resultan del tenor literal siguiente:
En Granadilla de Abona, a 8 de febrero de 2001.
Vistos por D. Fernande Manso Martines de Bedoya, Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de Granadilla de Abona y su Partido, los presentes autos de Juicio de Cognición nº 205/99 sobre reclamación de cantidad, a instancia de Banco de Santander Central Hispano, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Adán Díaz y dirigida por el Letrado Sr. Castro Martínez, contra D. Marco Domenico Pollastro, rebelde en la causa.
FALLO:
Que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Adán Díaz, en nombre y representación de Banco Santander Central Hispano, S.A., contra Marco Domenico Pollastro, rebelde en la causa, absolviendo al demandado de los pedimentos de contrario y con expresa condena en costas a la parte actora.
Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda y artículo 444.1 de la Ley 1/2000.
Acordándose su publicación de oficio, por providencia de fecha 22 de enero de 2002.
Y de conformidad con lo dispuesto en el artº. 497 de la LEC y para que sirva de notificación al referido demandado, cuyo actual paradero y domicilio se ignora, se expide la presente en Granadilla de Abona, a 22 de enero de 2002.- La Secretaria.
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