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La Ley 13/1982, de Integración Social de los Minusválidos, supuso el desarrollo del reconocimiento que hace el artículo 49 de la Constitución de los derechos que asisten a las personas con minusvalías entre los que figura el derecho de estas personas a recibir la respuesta adecuada a sus necesidades educativas, dentro del sistema escolar ordinario y en el seno de su propia comunidad, según los principios de normalización, integración, sectorización e individualización.
El Decreto 286/1995, de 22 de septiembre, de ordenación de atención al alumnado con necesidades educativas especiales, dispone en su artículo 13 que la Consejería competente en materia de educación contemplará la creación de centros que garanticen una adecuada respuesta a las distintas necesidades educativas especiales.
Con el fin de dar adecuada respuesta educativa al alumnado con necesidades educativas especiales permanentes que requiere recursos personales y materiales específicos y excepcionales, determinada por una evaluación psicopedagógica previa, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, dada la especificidad de los recursos y con la finalidad de zonificar los mismos de forma que permita racionalizar su uso, ha valorado la conveniencia de crear un Centro Específico de Educación Especial en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria.
La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, prevé, en su artículo 17, que la creación de centros docentes públicos compete al Gobierno de la Comunidad Autónoma. Corresponde asimismo al titular de la Consejería competente en materia de educación la propuesta al Gobierno de Canarias de las disposiciones de creación de centros docentes públicos no universitarios, al amparo de lo previsto en el artículo 5.1.d) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, formulada en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 5.1.d) del Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y previa deliberación del Gobierno en su sesión celebrada el día 10 de septiembre de 2002,
D I S P O N G O:
Artículo 1.- Crear un Centro Específico de Educación Especial, dotado de Residencia, en el municipio y localidad de Las Palmas de Gran Canaria; domicilio: calle Las Borreras, s/n, Polígono San Lázaro-Siete Palmas; número de puestos escolares: 130; número de código: 35013696.
Este Centro se crea para integrar los alumnos de los Centros Específicos de Educación Especial "Lomo Blanco" (35001128) y "Montecoello" (35005316), del mismo municipio.
Artículo 2.- El saldo de la gestión económica de la cuenta justificativa de ingresos y gastos de los Centros Específicos de Educación Especial "Lomo Blanco" y "Montecoello" se incorporará, previa justificación, como saldo inicial de la cuenta del Centro Específico de Educación Especial que se crea.
Artículo 3.- De conformidad con lo establecido en el Decreto 54/1999, de 8 de abril, por el que se establecen normas sobre procedimientos de provisión de plazas para funcionarios docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, al personal docente le será de aplicación lo establecido en la Orden de 14 de mayo de 2002, por la que se determinan los criterios de ordenación del personal docente con destino definitivo en los centros públicos no universitarios, dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
Artículo 4.- Al personal laboral se le aplicará lo establecido en el III Convenio Colectivo Único del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por el Acuerdo de 26 de mayo de la Comisión Negociadora de Convenio Colectivo.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Se autoriza al Consejero de Educación, Cultura y Deportes para adoptar cuantas medidas sean necesarias para garantizar el cumplimiento del presente Decreto.
Segunda.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de septiembre de 2002.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Román Rodríguez Rodríguez.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y DEPORTES,
José Miguel Ruano León.
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