Estás en:
Examinado el expediente tramitado para la contratación del suministro de la Agenda Escolar para el curso 2002-2003 a distribuir entre los distintos centros docentes dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por procedimiento negociado sin publicidad.
Teniendo en cuenta los siguientes
I. ANTECEDENTES
1º)Que mediante Resolución de fecha 31 de julio de 2002 se aprobó el Pliego Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas que rige la presente contratación, así como la realización de un gasto máximo de 208.703,00 euros, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 02.18.02.421A.226.02; 02.18.02.421A.640.21 "Pacto por la Educación" (PI/LA 01618P00); 02.18.13.421A.640.21 "Pacto por la Educación" (PI/LA 01618P00) y 02.18.06.423C.229.96. de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias de 2002.
2º)Que finalizado el plazo de presentación de proposiciones, consta en el expediente escrito de fecha 6 de agosto de 2002, de calificación de la documentación presentada por la empresa Sociedad Canaria de las Artes Escénicas y de la Música, Sociedad Anónima (SOCAEM), conteniendo toda la documentación exigida en la cláusula 12 del Pliego Tipo de Bases que rige la presente contratación.
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- Lo dispuesto en el artículo 182 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en cuanto a la adjudicación de los contratos por procedimiento negociado sin publicidad.
Segunda.- Lo previsto en el artículo 15.8 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de Organización de los Departamentos de la Administración Autónoma de Canarias.
En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,
R E S U E L V O:
1º)Adjudicar el procedimiento negociado sin publicidad del suministro de la Agenda Escolar para el curso 2002-2003 a distribuir entre los distintos centros docentes dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a favor de la empresa Sociedad Canaria de las Artes Escénicas y de la Música, Sociedad Anónima (SOCAEM), por un importe total de 208.703,00 euros.
2º)Requerir a la indicada empresa a formalizar el contrato administrativo.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante la Ilma. Sra. Secretaria General Técnica de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, a interponer en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 9 de agosto de 2002.- La Secretaria General Técnica, p.a., el Puesto de Apoyo a la Secretaría General Técnica (Orden de 26.7.02), José F. Chávez Hernández.
© Gobierno de Canarias