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Vista la comunicación de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Las Palmas de Gran Canaria, recaída en el Procedimiento Ordinario 335/2002, Sección 2ª, relativa a recurso contencioso-administrativo interpuesto contra Resolución nº 400 de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente que aprueba la práctica del amojonamiento del Monte de Arguineguín, interpuesto por Gisela Herck, Paulina Sharp y Claudia Muraw en cumplimiento de lo que dispone el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo,
R E S U E L V O:
Primero.- Ordenar la remisión a la Sala del expediente administrativo actualizado correspondiente al recurso contencioso-administrativo Procedimiento Ordinario 335/2002 Sección 2ª, seguido a instancias de Gisela Herck, Paulina Sharp y Claudia Muraw contra Resolución nº 400 de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente.
Segundo.- Asimismo en complimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con lo que establece el artículo 59.5.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico, modificado por Ley 4/1999, de 13 de enero, se emplaza a cuantos aparezcan como interesados en el indicado expediente para que puedan comparecer ante la Sala en el plazo de nueve días a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de agosto de 2002.- La Viceconsejera de Medio Ambiente, Milagros Luis Brito.
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