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De conformidad con lo establecido en las bases 10.5 y 10.6 de la Orden de 24 de noviembre de 2000, por la que se convocaron pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia (B.O.E. de 29 de noviembre de 2000), se resuelve:
Primero.- Hacer pública la relación de plazas desiertas en el ámbito territorial de Canarias (anexo I), que se ofrecen a los aspirantes que figuran en la Resolución de 19 de febrero de 2002, por la que se aprueba y publica la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia.
Segundo.- Las solicitudes de destino de los aspirantes de este ámbito se dirigirán a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, calle Buenos Aires, 26, 35071-Las Palmas de Gran Canaria y Avenida José Manuel Guimerá, 8, Edificio de Usos Múltiples II, 38071-Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución.
Tercero.- Las solicitudes se formalizarán según modelo que aparece como anexo II de esta Resolución, de acuerdo con las siguientes instrucciones:
En el modelo de instancia podrán relacionarse hasta un máximo de puestos de trabajo igual al número de orden alcanzado en la relación definitiva de aprobados del ámbito territorial por el que han concurrido a las pruebas selectivas, siempre que éste no sea superior a 50, en el que se indicarán el número de orden obtenido, el órgano y la localidad.
En caso de no corresponderle ninguno de los destinos especificados de esta forma, se seguirá el orden de preferencia por provincias que los interesados indiquen en el modelo de solicitud.
Dentro de cada provincia, los destinos serán adjudicados por el siguiente orden:
1. Tribunal Supremo y Órganos Centrales.
2. Tribunales Superiores de Justicia.
3. Audiencias Provinciales.
4. Fiscalías.
5. Juzgados de Instrucción.
6. Juzgados de lo Penal.
7. Juzgados de Primera Instancia.
8. Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
9. Juzgados de lo Social.
10. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
11. Juzgados de Menores.
12. Juzgados de Paz.
Cuarto.- Ningún aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.
Quinto.- De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las solicitadas, se procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas.
Sexto.- La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Santa Cruz de Tenerife, a 2 de agosto de 2002.- El Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, p.d., el Director General de Seguridad y Emergencias (Orden nº 374, de 12.7.02), José Julián Istúritz Pérez.
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