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La Ley 4/1987, de 7 de abril (B.O.C. nº 49, de 20.4.87), estableció un número de Vocales del Consejo Escolar de Canarias, en representación de cada uno de los sectores afectados por la programación general de la enseñanza en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
La Ley 2/2001, de 12 de junio (B.O.C. nº 75, de 18.6.01), de modificación de la Ley 4/1987, incluyó la necesidad de nombrar suplentes.
Por otra parte, el artículo 17 prevé el cese de los Vocales por acuerdo de la organización que efectuó la propuesta.
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 4/1987, a propuesta de la Unión de Estudiantes de Canarias (U.D.E.C.A.), representada en el Consejo Escolar de Canarias,
R E S U E L V O:
Primero.- Nombrar titulares y suplentes, en representación de la Unión de Estudiantes de Canarias (U.D.E.C.A.), a la siguientes personas:
D. Efraín José Gómez Bermúdez, Vocal titular, y D. Guachysemidán Santana Cabrera, suplente.
D. Antonio Naranjo Martín, Vocal titular, y Dña. María Carmen del Toro Armas, suplente.
Dña. María Nereyda Cedrés Martín, Vocal titular, y Dña. Marta Nistal Torres, suplente.
Dña. Ana Ortiz Moreno, Vocal titular, y D. Octavio Morales Parilla, suplente.
Segundo.- Dejar sin efecto la Orden de 16 de octubre de 2001 (B.O.C. nº 143, de 2.11.01), por la que se nombran Vocales titulares y suplentes del Consejo Escolar de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 23 de abril de 2002.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y DEPORTES,
José Miguel Ruano León.
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