En ejecución de la Sentencia nº 38/00, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, recaída en el recurso contencioso-administrativo 67/99, resulta procedente convocar, de conformidad con la normativa general que regula la provisión de puestos de trabajo, concurso de méritos entre funcionarios de esta Universidad.
En su virtud, esta Gerencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.4 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 201 de los Estatutos de esta Universidad, así como de la delegación efectuada mediante Resolución del Rector, de fecha 17 de noviembre de 1998 (B.O.C. de 25 de enero de 1999), ha resuelto convocar concurso de méritos entre los funcionarios de carrera de esta Universidad, con arreglo a las siguientes
BASES
Primera.- Los puestos de trabajo a proveer mediante el concurso, son los que se detallan en la relación del anexo I, que figurará expuesta en el tablón de anuncios de esta Universidad, calle Murga, 21, Las Palmas de Gran Canaria, y en las Delegaciones Territoriales que tiene esta Universidad en la isla de Tenerife, sita en la calle Nava y Grimón, 9, de la ciudad de La Laguna y en la isla de Lanzarote, sita en la Plaza de la Constitución, 9, Villa de Teguise, desde el día de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de esta Resolución y hasta el día de finalización de presentación de solicitudes. Durante el mismo plazo y en los mismos lugares se expondrán el resto de los anexos que se mencionan en la presente convocatoria.
Segunda.- Podrá participar en el presente concurso de méritos todo el personal funcionario de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, que cumpla los requisitos señalados en la Relación de Puestos de Trabajo, según se establece en el artº. 194.3 de los Estatutos de esta Universidad:
- Los/as funcionarios/as de carrera que pertenezcan a las Escalas de Administración y Servicios de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, y
- Los/as funcionarios/as que presten servicios en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria en el momento de la publicación de esta convocatoria.
Igualmente podrán participar los/as funcionarios/as de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria que se encuentren en servicios especiales, excedencia forzosa o voluntaria, y los procedentes de la situación de suspenso que hayan cumplido el período de suspensión.
Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular (artículo 16 del Real Decreto 365/1995) sólo podrán participar si llevan más de dos (2) años en esa situación.
Están obligados a participar en el presente concurso de méritos aquellos funcionarios que se encuentren en adscripción provisional, no hayan obtenido destino definitivo en esta Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, o hayan quedado sin aquél por supresión del puesto de trabajo obtenido por concursos anteriores.
Las solicitudes de participación en el concurso se ajustarán al modelo del anexo II.
Los funcionarios que no obtengan puesto de trabajo en el presente concurso, quedarán a disposición de la Gerencia de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
Tercera.- La adjudicación de los puestos de trabajo se realizará por esta Gerencia, a propuesta de la Comisión de Valoración que se ajustará al orden de puntuación obtenido por los concursantes, previa valoración de los méritos acreditados por los interesados, de acuerdo con el baremo del anexo IV.
Sólo se valorarán como méritos las circunstancias contempladas como tales en el citado baremo, que concurran en los interesados en la fecha de terminación del plazo de presentación de las solicitudes.
Cuarta.- La Comisión de Valoración encargada de valorar los méritos de los concursantes, estará constituida por los siguientes miembros:
Presidente, el Gerente de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria o persona en quien delegue; y los siguientes vocales: dos (2) vocales designados por sorteo entre los funcionarios de la Universidad, y dos (2) vocales designados a propuesta de la Junta de Personal Funcionario de la propia Universidad. Secretario, un/a funcionario/a de la Universidad, propuesto por la Gerencia, que no tendrá voto.
La actuación de la Comisión se ajustará a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para los Órganos Colegiados.
De todas las sesiones, el Secretario levantará el Acta correspondiente, que será suscrita por los miembros asistentes.
No serán tenidas en cuenta las solicitudes presentadas fuera de plazo, ni las formuladas por quienes no reúnan las condiciones exigidas en la base segunda de la presente convocatoria. Asimismo, quedarán excluidos del concurso los funcionarios cuyas solicitudes no se ajusten al modelo del anexo II, así como aquellas que no presenten la documentación exigida o no esté debidamente diligenciada su conformidad con los originales.
La Comisión de Valoración se reserva la facultad de convocar personalmente a aquellos participantes que considere conveniente, al objeto de aclarar extremos dudosos, de difícil interpretación o controvertidos de la documentación presentada por el candidato, así como de recabar el asesoramiento de aquellas personas que, por su especialización, estime oportuno.
Quinta.- Las solicitudes para participar en este concurso deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Gerente de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (Resolución del Rectorado de 17 de noviembre de 1998, B.O.C. de 25 de enero de 1999), y ajustadas al modelo del anexo II. Las solicitudes se podrán presentar, en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en el Registro General de la Universidad, sito en la calle Murga, 21, 1ª planta, en horas de 9,00 a 14,00, a excepción de los sábados, en los que el horario será de 9,00 a 13,00 horas, en las Delegaciones Territoriales de esta Universidad, en Tenerife, calle Nava y Grimón, 9 (La Laguna), y en Lanzarote, Plaza de la Constitución, 9 (Villa de Teguise), o en cualquiera de las Oficinas a que hace referencia el artº. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sexta.- Las circunstancias personales y administrativas de cada funcionario se acreditarán mediante certificaciones ajustadas a los modelos del anexo V y V-1 de esta Resolución, que serán expedidas por la Subdirección de Personal de Administración y Servicios de esta Universidad.
Las titulaciones académicas se acreditarán bien mediante los Títulos Oficiales originales (o sus fotocopias compulsadas), bien mediante certificados expedidos por los Centros Oficiales en que hayan sido superados los estudios conducentes a aquéllos, o por la Subdirección de Personal de Administración y Servicios si en los expedientes obrantes en la misma existen datos fehacientes al respecto.
Quienes participen desde una situación diferente a la de servicio activo deberán aportar asimismo certificación acreditativa de tal extremo, así como de las fechas de efectos de la misma.
La documentación a que se refiere la presente base, deberá ir debidamente relacionada según modelo del anexo VI.
Séptima.- Constituida la Comisión de Valoración, a la vista de las solicitudes y documentación presentadas, elaborará relación provisional de los aspirantes admitidos ordenados según la puntuación obtenida (de mayor a menor), tras la aplicación del baremo de méritos (anexo IV). Dicha relación será expuesta en los tablones de anuncios durante el plazo de 5 días naturales para su oportuna reclamación.
Celebrado el concurso, la Comisión de Valoración elevará a la Gerencia de esta Universidad, propuesta de adjudicación de puestos, acompañada de las correspondientes actas de las sesiones, en la que quedará reflejada la puntuación asignada a los méritos debidamente justificados de cada participante.
La Gerencia, a la vista de la propuesta, dictará Resolución aprobando la lista definitiva de puestos de trabajo adjudicados, que será expuesta al público en los tablones de anuncios durante el plazo de cinco días naturales, durante los cuales podrán los interesados formular reclamaciones.
Transcurrido el plazo referido, se remitirá al Boletín Oficial de Canarias para su publicación.
Octava.- Los destinos adjudicados serán irrenunciables.
La falta de incorporación del funcionario al puesto adjudicado, en los plazos legalmente establecidos, dará lugar a la exigencia de la responsabilidad que legalmente proceda.
Novena.- Todo lo no previsto expresamente en la presente convocatoria será ponderado por la Comisión de Valoración, aplicándose en su caso, con carácter supletorio, lo establecido en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (B.O.E. de 10 de abril).
Décima.- Contra la presente Resolución y los actos definitivos de desarrollo de la misma, que agotan la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso correspondiente en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente en el Boletín Oficial de Canarias, o bien, hacer uso de la potestad de interponer recurso de reposición concedida en el artº. 116 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma.
Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de octubre de 2001.- El Gerente (p.d. del Rector, Resolución de 17.11.98, B.O.C. de 25.1.99), Francisco Quintana Navarro.
A N E X O I
CONCURSO DE MÉRITOS CONVOCADO POR RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS
DE GRAN CANARIA, DE FECHA 30 DE OCTUBRE DE 2001
- 1.05.1.01 (F066) Director/a del Servicio Económico y Financiero, Nivel 28, Complemento Específico 80.- (Denominación 1).
A N E X O I I
CONCURSO DE MÉRITOS CONVOCADO POR RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS
DE GRAN CANARIA, DE FECHA 30 DE OCTUBRE DE 2001
Solicitud de participación en el concurso de méritos que formula:
D./Dña. ........................................................................................................................................................................, D.N.I. nº ...................................., con domicilio en la calle ................................................................................................, teléfono ....................................., localidad ..............................................................................................................................., código postal ..............................., perteneciente al Cuerpo o Escala ...................................................................................,
SOLICITA:
Participar en el concurso de méritos referenciado en el encabezamiento, de acuerdo con las bases de la convocatoria de fecha 30 de octubre de 2001, a cuyo fin acompaña la documentación, que en el índice (anexo VI) se detalla, justificativa de circunstancias, requisitos y méritos.
Las Palmas de Gran Canaria, a ............................. de .................................................................. de 2......... .
(Firma del interesado).
ILMO. SR. GERENTE DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.
A N E X O I V
CONCURSO DE MÉRITOS CONVOCADO POR RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, DE FECHA 30 DE OCTUBRE DE 2001.
BAREMO DE MÉRITOS
TOTAL: 20 puntos.
Todos los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente en la solicitud de participación.
a) Méritos relacionados con la situación personal de/de la funcionario/a.
1. Valoración de antigüedad (máximo 3 puntos).
1.1. Se valorará a razón de 0,10 puntos por año completo de servicios reconocidos hasta un máximo de 3 puntos, computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario/a.
1.2. No se computarán a efectos de antigüedad, servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.
2. Valoración del grado personal (máximo 3 puntos).
2.1. Por tener reconocido un grado personal igual o superior al del puesto solicitado: 3,00 puntos.
2.2. Por tener reconocido un grado personal inferior en un nivel al del puesto solicitado: 2,75 puntos.
2.3. Por tener reconocido un grado personal inferior en dos niveles al del puesto solicitado: 2,50 puntos.
2.4. Por tener reconocido un grado personal inferior en tres niveles al del puesto solicitado: 2,25 puntos.
2.5. Por tener reconocido un grado personal inferior en cuatro niveles al del puesto solicitado: 2,00 puntos.
2.6. Por tener reconocido un grado personal inferior en cinco niveles al del puesto solicitado: 1,50 puntos.
2.7. A los/as funcionarios/as concursantes que, en la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, hayan promocionado desde un Cuerpo o Escala de un grupo de titulación a otro superior y a los efectos de la convocatoria del presente concurso interno, los/as funcionarios/as de nuevo ingreso que tengan menos de dos años de antigüedad en la Universidad, y no tengan grado personal reconocido se les computará como valoración en este apartado de acuerdo con la siguiente escala:
Grupo A: 22.
Grupo B: 20.
Grupo C: 16.
Grupo D: 12.
Grupo E: 10.
3. Valoración de la Escala:
Cuando un puesto de trabajo se encuentre adscrito a más de una Escala, se valorará la pertenencia a Escala superior con 5 puntos.
b) Méritos relacionados con el puesto de trabajo.
El trabajo desarrollado en comisión de servicios se computará como desempeño del puesto desde el que se origina dicha comisión.
1. Cursos de formación y perfeccionamiento y titulaciones (máximo 3 puntos).
1.1. Cursos de formación y perfeccionamiento (máximo 2 puntos).
Por la superación de cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades administrativas a desarrollar en la Universidad, convocados por la Universidad, centros oficiales de formación de funcionarios o cualquier centro oficial destinado a formación en los que se hayan expedido diploma y certificación de asistencia o certificación de aprovechamiento, hasta un máximo de dos puntos, adjudicándose una puntuación de 0,01 punto por hora de curso.
1.2. Titulaciones (máximo 1 punto).
Se valorarán de acuerdo con la siguiente escala, teniéndose en cuenta únicamente, a efectos de cómputo, la titulación superior que se posea, hasta un máximo de 1 punto:
Denominación 1: A 28.
Título de Doctor/a: 0,25 puntos.
2. Valoración del trabajo desarrollado.
Se valorarán única y exclusivamente los años de servicios prestados como funcionario/a de carrera en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, hasta un máximo de 6 puntos, atendiendo al tiempo de permanencia en los puestos de trabajo cuya denominación, naturaleza y características a continuación se indican:
Denominación 1: A 28.
Por el desempeño de A 30-28: 0,40 puntos por año de servicio, hasta un máximo de 6 puntos.
Por el desempeño de A/B 26: 0,26 puntos por año de servicio, hasta un máximo de 4 puntos.
Por el desempeño de A/B 24: 0,20 puntos por año de servicio, hasta un máximo de 3 puntos.
Por el desempeño de B/C 22: 0,13 puntos por año de servicio, hasta un máximo de 2 puntos.
Por el desempeño de C/D 20: 0,06 puntos por año de servicio, hasta un máximo de 1 punto.
Nota 1. Para todos los casos de puntuación por años de servicio, se prorratearán por meses los períodos inferiores a un año.
Nota 2. A los efectos de valoración de los méritos para la provisión de puestos de trabajo, sólo se tendrán en cuenta aquellos que se encuentren debidamente constatados en el Registro de Personal, sito en la Subdirección de Personal de Administración y Servicios hasta la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias.
Nota 3. En caso de empate en la puntuación se acudirá para su resolución a la siguiente valoración por orden de preferencia:
a) Pertenecer a la Escala superior.
b) Pertenecer a la promoción más antigua dentro de la misma Escala.
c) Dentro de la misma promoción, preferencia a la promoción interna.
d) Orden de puntuación definitiva obtenido en las oposiciones.
Nota 4. Todo lo no previsto específicamente en este baremo se ponderará por la Comisión de Valoración.
A N E X O V
........................................................................................................................................., SUBDIRECTOR/A DE PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.
CERTIFICA:
Que según los antecedentes que obran en la Subdirección de Personal de Administración y Servicios, el/la funcionario/a cuyos datos se indican a continuación, cuenta con la antigüedad y demás méritos que asimismo se detallan, computados al ................................................................................................................................................................ .
Datos del/de la funcionario/a
Apellidos y nombre ...................................................................................................................................................................., Cuerpo o Escala .................................................................................., D.N.I. nº ................................, nº Registro de Personal ........................................., fecha de toma de posesión ................................................., situación administrativa .................................................................................., destino actual ................................................................................., nivel ..........................................................., c. específico ................................................................................................... .
MÉRITOS RELACIONADOS CON LA SITUACIÓN PERSONAL DEL/DE LA FUNCIONARIO/A:
1.- ANTIGÜEDAD: Años Meses Días
1.1. En otras Administraciones:
1.2. En la Universidad:
1.3. Total antigüedad en la Administración:
2.- Grado Personal Consolidado:
Fecha de Consolidación:
B.- MÉRITOS RELACIONADOS CON EL PUESTO DE TRABAJO:
1. Titulaciones y Cursos de Formación y Perfeccionamiento: (anexo V-I)
2. Trabajo desarrollado:
"DENOMINACIÓN" Años Meses Días
Y para que así conste, y surta los efectos oportunos en el concurso de méritos, convocado por Resolución de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, de fecha 30 de octubre de 2001, y a petición del/de la interesado/a, expide el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a ..................................................................................................................... .
A N E X O V-1
..................................................................................................................................., SUBDIRECTOR/A DE PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.
CERTIFICA:
Que según los antecedentes que obran en la Subdirección de Personal de Administración y Servicios, el/la funcionario/a cuyos datos se indican a continuación, cuenta con la antigüedad y demás méritos que asimismo se detallan, computados al ................................................................................................................................................................................. .
Datos del/de la funcionario/a
Apellidos y nombre .................................................................................................................................., Cuerpo o Escala ................................................................., D.N.I. nº ................................, nº Registro de Personal ................................................................., fecha de toma de posesión ................................................................., situación administrativa ................................................................., destino actual ................................................................, nivel ............................................................................, c. específico ............................................................................... .
MÉRITOS RELACIONADOS CON EL PUESTO DE TRABAJO:
1.- Titulaciones y Cursos de Formación y Perfeccionamiento:
1.1. Titulaciones:
1.2. Cursos de Formación y Perfeccionamiento:
Y para que así conste, y surta los efectos oportunos en el concurso de méritos, convocado por Resolución de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, de fecha 30 de octubre de 2001, y a petición del/de la interesado/a, expide el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a ..................................................................................................................... .
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