Estás en:
La entrada en vigor el día 1 de enero de 2002 del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias, hace necesario modificar la estructura del modelo 400 de declaración censal para recoger las diferentes opciones de tributación del nuevo impuesto. Igualmente se aprovecha esta circunstancia para introducir mejoras técnicas en el formato del modelo.
En virtud de todo lo expuesto y conforme a lo establecido en el artículo 13 del Decreto 1/2002, de 11 de enero, por el que se regulan las declaraciones censales que han de presentar los empresarios o profesionales,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Se aprueba el modelo 400 de declaración censal, que figura como anexo a la presente Orden.
El modelo consta de dos ejemplares: ejemplar para la Administración y ejemplar para el interesado.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
A la entrada en vigor de la presente Orden quedará derogada la Orden de 9 de abril de 2001, por la que se aprueba el modelo 400 de declaración censal de comienzo, modificación o cese de la actividad, que han de presentar los empresarios o profesionales.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de enero de 2002.
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA,
HACIENDA Y COMERCIO,
Adán Martín Menis.
© Gobierno de Canarias