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En la relación de puestos de trabajo de esta Consejería, cuyo texto refundido consta en el anexo IV del Decreto 131/2001, de 9 de julio (B.O.C. nº 99, de 3.8.01), figura vacante el puesto de trabajo 130903074.- Mecánico Naval Mayor, adscrito a la Unidad de Estructuras Pesqueras de la Viceconsejería de Pesca.
Necesidades del servicio hacen imprescindible la urgente provisión del indicado puesto de trabajo, mediante contratación laboral temporal, hasta que se provea por personal laboral fijo, a través del procedimiento establecido.
Vistos los informes favorables de las Direcciones Generales de Planificación y Presupuesto, de la Función Pública y de la del Servicio Jurídico, y oída la representación de los trabajadores.
En uso de las facultades que me confiere el artículo 13.b) del Decreto 328/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (B.O.C. nº 170, de 29.12.99),
R E S U E L V O:
Primero.- Convocar procedimiento selectivo, mediante concurso-oposición, para la cobertura, en régimen laboral temporal, de la plaza de la vigente relación de puestos de trabajo de esta Consejería que a continuación se expresa:
CENTRO DIRECTIVO: Viceconsejería de Pesca.
Nº DEL PUESTO: 130903074.
DENOMINACIÓN: Mecánico Naval mayor.
GRUPO: III.
FUNCIONES: instalaciones de máquinas del Buque Escuela.
CLASE DE VÍNCULO: personal laboral.
LOCALIZACIÓN TERRITORIAL: nave.
Segundo.- Al contrato laboral temporal que se celebre con la persona que resulte seleccionada y a la situación jurídica originada por el mismo, incluido el período de prueba, le será de aplicación: la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias; la Ley 53/1986, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas; las demás disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia.
Tercero.- El contrato laboral se formalizará al amparo de lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto 2.720/1998, de 18 de diciembre, que desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, en materia de contratos de duración determinada, y conforme a los procedimientos de selección y provisión establecidos en el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Cuarto.- La persona que se contrate quedará sometida al período de prueba que señala el artículo 14 del citado Convenio Colectivo, siempre y cuando no haya prestado servicio en la misma categoría en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en cuyo caso queda exento del mismo (artículo 14, párrafo 3º, del Estatuto de los Trabajadores, cuyo texto refundido fue aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo).
Quinto.- El procedimiento selectivo y la provisión del puesto objeto de la presente convocatoria se realizará de conformidad con lo previsto en las bases que se anexan a esta resolución.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, o ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, si el recurrente tuviera su domicilio en esta circunscripción, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación.
Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Secretaría General Técnica, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo y, todo ello, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
A N E X O
BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA
Primera.- Requisitos de los participantes.
Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados deberán reunir los siguientes requisitos, con referencia al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de Islandia. También podrán ser admitidos el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o los mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. La anterior condición será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
Asimismo, podrán participar, en igualdad de condiciones que los nacionales de los estados miembros de la Unión Europea, los extranjeros residentes en España.
b) Haber cumplido la edad de dieciocho años.
c) Estar en posesión de la titulación académica de Mecánico Naval Mayor o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión de Mecánico Naval Mayor.
d) Estar en posesión de los Certificados de especialidad de Lucha Contra Incendios, primer y segundo nivel y de Supervivencia en la Mar, primer y segundo nivel.
e) No haber sido separado mediante expediente del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
f) No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo.
g) Tener en vigor la correspondiente documentación acreditativa del reconocimiento médico para embarque.
Segunda.- Acreditación de requisitos y méritos.
A) Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán, aportando, en el momento de la presentación de la solicitud:
- Los referidos en los apartados a) y b), fotocopia cotejada del D.N.I. Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán presentar una fotocopia cotejada del correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar residente comunitario en vigor, o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o de Noruega o Islandia que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar una fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia compulsada del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta.
De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en todo caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
Los extranjeros residentes en España deberán acreditar encontrarse en posesión del correspondiente permiso de residencia.
- Los referidos en los apartados c), d), f) y g), documentación original o fotocopia cotejada de la misma.
- El referido en el apartado e), mediante declaración responsable del interesado.
B) Los méritos a valorar en la fase concurso, de conformidad con la base 7ª, se acreditarán, aportando, en el momento de la presentación de la solicitud, documentación, original o fotocopia cotejada, relativa a los mismos.
Tercera.- Presentación de solicitudes.
Quienes deseen participar en el procedimiento selectivo, deberán presentar instancia según modelo que se inserta como anexo I, acompañada de la documentación acreditativa de reunir los requisitos a los que se refiere la base primera y de la de acreditación de los méritos conforme a la base 2ª.
El plazo de presentación de solicitudes es de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
La presentación de las instancias ha de realizarse en el Instituto Marítimo-Pesquero de Arrecife, sito en Avenida Naos, 2, Arrecife-Lanzarote, o en los Registros Generales de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, ubicados en la Avenida José Manuel Guimerá, 8, Edificio de Usos Múltiples II, 4ª planta, Santa Cruz de Tenerife, y en la calle Agustín Millares Carló, s/n, Edificio de Usos Múltiples, Las Palmas de Gran Canaria, o bien en las oficinas que previene el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de junio, y en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuarta.- Lista de admitidos y excluidos.
Dentro de los diez días hábiles siguientes al de terminación del plazo de presentación de instancias, se publicará en los tablones de anuncios de las unidades administrativas ubicadas en las direcciones referidas en la base anterior, la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para la subsanación de errores, conforme a lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En los tres días hábiles siguientes a este último plazo se publicará en los tablones de anuncios señalados anteriormente la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, estableciéndose el lugar, día y hora de celebración de la prueba de conocimiento de castellano y de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición, a los que habrán de comparecer los aspirantes provistos de su Documento Nacional de Identidad o pasaporte.
Quinta.- Tribunal Calificador.
El Tribunal está compuesto por los siguientes miembros:
Presidente:
Titular: D. José Tomás San Segundo Cerviá (Secretario General Técnico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación).
Suplente: D. Francisco Javier Fraile Bonafonte (Funcionario, Licenciado en la Marina Civil).
Vocal- Secretario: en representación de la Dirección General de la Función Pública.
Titular: D. Lucio Crisóstomo Medina (Funcionario de Carrera del Cuerpo Superior de Administradores Generales).
Suplente: Dña. Dulce María Vilches Morales (Funcionaria de Carrera del Cuerpo Superior de Administradores Generales).
Vocal:
Titular: D. Manuel Castro Mateos (Funcionario, Maquinista Naval Jefe).
Suplente: D. Manuel Perdomo Hernández (Funcionario, Profesor Numerario de Instituto Politécnico Nacionales Marítimo Pesquero).
Dos vocales y sus suplentes designados por el Comité de Empresa con la cualificación técnica necesaria.
El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos su Presidente, su Secretario y uno de los vocales, debiendo adoptar sus acuerdos por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.
Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando estén incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los miembros del Tribunal tendrán derecho a percibir las asistencias y demás indemnizaciones que correspondan según la normativa vigente en el momento de celebración del proceso selectivo. El máximo de asistencias a percibir será de diez, siendo su categoría la tercera a tenor de lo establecido en el artículo 38 del Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones del Servicio.
La Secretaría General Técnica del Departamento podrá designar el personal necesario para colaborar en las tareas extraordinarias de carácter administrativo precisas para el desarrollo del procedimiento selectivo, que percibirá las indemnizaciones por razón del servicio que le corresponda.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
Sexta.- Conocimiento del castellano.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española, deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de compresión y expresión oral y escrita de esta lengua. Dicha prueba se celebrará en el lugar, fecha y hora señalados en la resolución prevista en la base cuarta.
Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en posesión del diploma Superior de Español como Lengua Extranjera establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
Séptima.- Desarrollo del sistema selectivo.
La selección se realizará por el sistema de concurso-oposición, que consta de las fases de oposición y concurso, a desarrollar de la siguiente forma:
FASE DE OPOSICIÓN.
Constará de dos ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio, siendo la puntuación máxima a obtener en cada uno de ellos de cinco puntos, y requiriéndose para su superación alcanzar como mínimo en cada ejercicio dos puntos y medio. La puntuación total de la fase de oposición será la correspondiente a la suma de las puntuaciones obtenidas en cada prueba.
El primer ejercicio consistirá en una prueba de carácter teórico, a realizar por los aspirantes, en la que habrá de contestarse un cuestionario tipo test de 40 preguntas sobre los temas de carácter general contenidos en el anexo IV, con tres respuestas alternativas, de las cuales una de ellas será la correcta, no penalizando las respuestas negativas.
Como segundo ejercicio se efectuará una prueba de carácter práctico, relacionada con las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria y temas específicos relacionados en el anexo IV.
FASE DE CONCURSO.
Consistirá en la valoración de los méritos de quienes hayan superado la fase de oposición. La puntuación máxima a alcanzar en esta fase es de cuatro puntos, conforme al siguiente baremo:
- Cada titulación oficial superior a la exigida para participar en el proceso selectivo, que esté relacionada con las funciones del puesto de trabajo, se valorará a razón de 0,75 puntos, hasta un máximo de 1,50 puntos.
- La asistencia a cursos impartidos por centros oficiales u homologados, que estén relacionados con las funciones del puesto de trabajo, se valorará, hasta un máximo de 1 punto, de la siguiente forma:
- 0,1 punto por cada curso de menos de 10 horas lectivas.
- 0,2 puntos por cada curso de diez o más horas lectivas.
- 0,3 puntos por cada curso de 50 o más horas lectivas.
- La experiencia profesional en la Administración Pública o en la empresa privada, en la realización de tareas similares a las del puesto de trabajo convocado, se valorará, a razón de 0,025 puntos por cada mes, hasta un máximo de 1,5 puntos.
Octava.- Actas del Tribunal.
Por el Secretario del Tribunal se levantará acta de cada sesión, que firmarán los miembros que a la misma asistan, haciéndose constar los aspirantes presentados, las calificaciones obtenidas, la valoración de los méritos, así como las incidencias que pudieran derivarse de la convocatoria.
Finalizados los ejercicios y valorados los méritos el Tribunal deberá formular la correspondiente propuesta de contratación a favor del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación, una vez sumadas las alcanzadas en cada fase, remitiéndose el expediente a la Secretaría General Técnica del Departamento.
Novena.- Publicación de la propuesta de contratación.
Por el Secretario del Tribunal se extenderá certificación sobre la propuesta de contratación, que deberá publicarse en los tablones de anuncios a que hace referencia la base cuarta de esta convocatoria y del lugar de celebración del último ejercicio, y servirá de emplazamiento a la persona seleccionada para que presente, en el plazo de tres días hábiles, la documentación que en ella se señale.
El aspirante seleccionado quedará decaído en su derecho, si no presenta la documentación en el plazo antes referido, y la Administración efectuará llamamientos sucesivos, por orden de puntuación, a los siguientes aspirantes que hayan superado los ejercicios del proceso de selección, en el caso de no formalizarse el contrato de trabajo aquel.
Santa Cruz de Tenerife, a 15 de octubre de 2001.- El Secretario General Técnico, José Tomás San Segundo Cerviá.
A N E X O I
INSTANCIA
Apellidos .............................................................................................................., nombre ............................................, domicilio .............................................................................................................., teléfono ................................................ .
EXPONE:
Que habiéndose convocado por Resolución de la Secretaría General Técnica, pruebas para la selección de personal para su contratación temporal.
Que reúne todos y cada uno de los requisitos, acompañándose la documentación exigida.
SOLICITA:
Ser admitido a las mencionadas pruebas para la provisión de la plaza Nº R.P.T. .................................. y localización geográfica en ....................................................................................................................................................................... .
En ............................................................................................, a ............. de ................................................... de 2001.
Fdo.: ............................................ .
ILMO. SR. SECRETARIO GENERAL TÉCNICO DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN.
A N E X O I I
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Dña. ...................................................................................................................., con D.N.I. nº ............................... .
Declaro bajo mi responsabilidad:
No haber sido separado/a ni despedido/a mediante expediente disciplinario del servicio de alguna de las Administraciones, ni estar inhabilitado/a por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas. No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo.
A N E X O I I I
CURRÍCULUM VITAE
Nombre ......................................................................., apellidos ............................................................................................., fecha de nacimiento .............................................................., lugar de nacimiento .............................................................., D.N.I. nº ..................................., domicilio ............................................................................................................................, teléfono ......................................, datos laborales ............................................................................................................................, cursos realizados ........................................................................................................................................................................................., ............................................................................................................................................................................................... .
Alegar los méritos que se enumeran en la fase de concurso, base séptima.
Lugar, fecha y firma.
A N E X O I V
TEMAS COMUNES
1) La Constitución Española de 1978. La Corona: funciones. Las Cortes Generales. El Gobierno. Composición y funciones.
2) El Estatuto de Autonomía de Canarias. El Parlamento de Canarias.
3) El Gobierno de Canarias. El Presidente. El Vicepresidente. Las diversas Consejerías.
4) El Personal al servicio de las Administraciones Públicas: sus clases. El Personal Laboral: selección. Derechos, deberes e incompatibilidades. El Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias. Grupos y categorías profesionales.
TEMAS ESPECÍFICOS
PROPULSIÓN Y SERVICIOS.
1) Conceptos fundamentales: Definición de motor. Clasificación de los motores.
2) Motores alternativos: Parámetros fundamentales. Volumetría del cilindro.
3) Arquitectura del Motor: Partes fijas. Bancada. Bastidor. Bloque. Camisa Culata. Válvulas de aspiración y escape. Válvulas de arranque. Volante. Tren alternativo. Pistón. Bulón. Aros. Biela. Cigüeñal. Contrapesos. Distribución. Tren de engranajes. Ejes de camones. Accionamiento de válvulas. Regulación.
4) Funcionamiento de los motores: Ciclos de trabajo. Diagramas circulares. Diagramas dinámicos. Estudio comparativo de los distintos tipos.
5) Inyección de combustible: Principios. Sistemas de arranque. Válvulas de arranque. Distribuidores.
6) Regulación de velocidad. Principios. Reguladores mecánicos. Reguladores hidráulicos. Reguladores electrónicos. Reguladores de seguridad.
7) Cambios de marcha: Principios. Sistemas. Engranajes. Hélices de palas reversibles. Propulsión eléctrica. Motores reversibles.
8) Sobrealimentación: Principios. Sistemas. Compresores. Turbosoplantes de gases de escape.
9) Potencias, rendimientos y consumos: Potencia calorífica. Potencia indicada. Potencia efectiva. Par motor. Rendimientos. Consumos. Curvas características.
10) Técnicas de mantenimiento: Normas. Procedimientos. Sistemas de control. Confección de inventarios. Libros de mantenimiento.
11) Líneas de ejes: empaquetados. Cierres mecánicos. Cierres hidráulicos. Cojinetes y chumaceras.
12) Limpieza de filtros e intercambiadores: Limpieza con aire. Limpieza con agua. Limpieza química.
13) Compresores y bombas: Cambio de válvulas. Cambio de aros. Cambio de impulsores. Pruebas de presión. Comprobación de aros.
14) Controladores puntuales y diferenciales: Comprobación de manómetros, termómetros, presostatos, termostatos, etc. Regulación de temperaturas, presiones y caudales.
15) Metrología: Instrumentos de medida. Tipos. Pares a apriete. Principios.
16) Refrigeración: Tratamiento químico. Circuitos y elementos.
17) Lubricación: Principios, Circuitos y elementos. Filtrado y depuración. Depuradoras.
18) Combustibles: Relación aire-combustible. Almacenamiento y trasiego. Circuitos y elementos. Filtrado y depuración.
19) Aire: Compresores. Tipos. Elementos del circuito. Sistemas de almacenaje. Aire de arranque. Aire de servicios y control.
20) Desalación: Principios. Ósmosis inversa. Evaporación.
21) Otros servicios: Servicios de lastre. Servicios C.I. Servicios de sentinas. Servicios de emergencia.
SISTEMAS FRIGORÍFICOS.
1) Sistemas de producción de frío: CO2. Freón. Amoníaco.
2) Maquinaria: Compresores. Condensadores. Válvulas Termostáticas. Solenoides. Evaporadores. Filtros.
3) Mantenimiento: Carga de refrigerante. Localización de fugas. Regulación. Filtros. Mantenimiento del compresor.
SISTEMA ELÉCTRICO.
1) Magnitudes Eléctricas Fundamentales: Carga eléctrica. Intensidad de corriente eléctrica. Fuerza electromotriz y diferencia de potencial. Resistencia eléctrica. Potencia y energía eléctrica.
2) Circuito eléctrico en corriente continua: Análisis de los circuitos de corriente continua. Leyes y reglas aplicables a los circuitos de corriente continua. Resolución de circuitos de corriente continua.
3) Circuito eléctrico en corriente alterna: Análisis de los circuitos de corriente alterna. Leyes y reglas aplicables a los circuitos de corriente alterna. Resolución de circuitos de corriente alterna.
4) Aparatos de medidas eléctricas: Clasificación de los aparatos de medida. Magnitudes características de los aparatos de medida. Constitución y funcionamiento de los principales sistemas de medida. Medida de las principales magnitudes eléctricas.
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