En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,
R E S U E L V O:
Ordenar la remisión al Boletín Oficial de Canarias para su publicación del acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 30 de marzo de 2001, por el que se aprueba definitivamente el Estudio de Detalle del Lote 18 del Campo Internacional, promovido por Punto Zero Centros de Ocio, S.A., cuyo texto figura como anexo.
San Bartolomé de Tirajana, a 4 de abril de 2001.- El Alcalde-Presidente Accidental, María del Pino Torres Melián.
A N E X O
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 30 de marzo de 2001, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
"Estudio de Detalle Lote 18 Campo Internacional, promovido por Punto Zero Centros de Ocio, S.A., expediente 12/2000. Planeamiento.- Aprobación definitiva, si procede".- Por el Secretario se da cuenta del expediente instruido en relación con el asunto epigrafiado y, en especial, de informe del Departamento de Fomento, que seguidamente se transcribe:
"I.- Por la Comisión Municipal de Gobierno de 16 de junio del pasado año se aprueba inicialmente el expediente de referencia. Sometido a información pública no se presenta en dicho período ninguna alegación, según se acredita con la certificación de Secretaría obrante en el mismo.
II.- Remitido el expediente para informe de la Arquitectura Municipal, el mismo se emite favorablemente el 15 de febrero del presente año.
III.- De conformidad con el artº. 38.3 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias (TRLOTC y LENC), los Estudios de Detalle se tramitarán y aprobarán por los Ayuntamientos. Corresponde, asimismo, el conocimiento y resolución del asunto de referencia, para el trámite de aprobación definitiva al Ayuntamiento Pleno, de conformidad con el artº. 22.2.c) de la Ley de Bases de Régimen Local.
El funcionario que suscribe, de acuerdo a los antecedentes expuestos, somete a la consideración del Ayuntamiento Pleno la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Primero.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle del Lote 18 del Plan Parcial de Ordenación Campo Internacional, tramitado a instancias de la entidad Punto Zero Centros de Ocio, S.A., representada por D. Rafael González-Jaraba González, tramitado bajo el número de expediente 12/00, Rfª Planeamiento.
Segundo.- Proceder a la publicidad del acuerdo así como dar traslado a los interesados y a los departamentos administrativos pertinentes.
Abierto el turno de intervenciones, toma la palabra el Sr. Pérez Sánchez para manifestar que el expediente está incompleto y que por tanto falta documentación; sale al paso el Sr. Alcalde-Presidente para indicar que en este acto no se trata de conceder licencia, sino del uso de la parcela, pero solicitará que se apruebe la licencia por los efectos favorables que va a generar."
Tras ello, la Corporación, siguiendo el dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo y Servicios Municipales de fecha 9 de marzo de 2001, con el voto favorable de trece de los miembros corporativos asistentes y cinco abstenciones, correspondientes a los miembros que integran el Partido Popular, acuerda prestar aprobación al informe-propuesta elaborado por el Departamento de Fomento, anteriormente transcrito.
Todo ello a reserva de los términos exactos que resulten de la aprobación de la correspondiente acta, a tenor de lo preceptuado en el artº. 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Contra este acto, sin perjuicio de su entrada en vigor, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, en relación con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de aquella Jurisdicción, pudiendo utilizar, asimismo, cuantas otras acciones legales se estimen oportunas.
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