BOC - 2001/064. Viernes 25 de Mayo de 2001 - 757

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

757 - Viceconsejería de Educación.- Resolución de 8 de mayo de 2001, por la que se convoca la presentación de proyectos para determinar centros educativos de atención preferente.

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INTRODUCCIÓN

No todos los centros educativos de nuestra Comunidad presentan las mismas características ni tienen que afrontar retos de similar complejidad, ya que cada cual es el reflejo de su entorno, de las situaciones familiares, socioeconómicas y culturales en que está inmerso. Así mismo, resulta decisivo el modelo organizativo del que se dote para su funcionamiento interno y para su relación con toda la comunidad educativa, así como de la concepción del proceso enseñanza-aprendizaje que tenga el equipo docente.

Los principios de respeto de los derechos humanos y de la igualdad de oportunidades implican que, para que las condiciones de partida de determinados centros no se conviertan en desigualdad educativa, es necesario poner en marcha una serie de medidas positivas de carácter compensador e innovador.

Las actuaciones a llevar a cabo han de tener como objetivo el propiciar la transformación de esa realidad, combinando la disposición de recursos y medios extraordinarios desde la organización central de la Administración educativa con la disponibilidad expresa, por parte de determinados centros educativos, para trabajar en una línea común tendente a superar deficiencias y desventajas.

En este sentido la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, atendiendo a lo planteado en los principios constitucionales mencionados y en cumplimiento de los objetivos de mejora de la Calidad de la Enseñanza y de Compensación de Desigualdades en Educación recogidas en la L.O.G.S.E., pretende dar respuestas a las mencionadas situaciones generadoras de desigualdades en el sistema educativo.

Por ello, al amparo de la Orden de 27 de abril de 2001, por la que se establece el marco para determinar centros educativos de atención preferente y en la que se regula la Compensación Educativa frente a las desigualdades derivadas de factores socioeconómicos y culturales.

En uso de las competencias que le confiere el Decreto Territorial 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias,

R E S U E L V O:

1.- Objeto de la convocatoria.

Convocar la realización de Proyectos de Compensación de Desigualdades desde planteamientos de innovación y compromiso, que permitan la determinación de Centros Educativos de Atención Preferente, regulando el desarrollo de los mismos conforme a las condiciones que se especifican en la Orden de 27 de abril de 2001 y en la presente Resolución de convocatoria.

2.- Objetivo general.

Favorecer la reducción de desigualdades escolares de origen socioeconómico y cultural, así como propiciar un adecuado clima escolar e impulsar la mejora del rendimiento y los valores de respeto a los deberes y derechos individuales y colectivos.

3.- Solicitantes y requisitos.

Podrán acogerse a esta convocatoria los centros públicos de Educación Infantil, Primaria y/o Secundaria de la Comunidad Autónoma de Canarias que presenten necesidades manifiestas de compensación de desigualdades y desarrollen su actividad de acuerdo con los Principios de Actuación recogidos en el artículo 3 de la Orden de 27 de abril de 2001, por la que se establece el marco para determinar centros educativos de atención preferente.

En la selección de los proyectos presentados se tendrán en cuenta los siguientes requisitos:

Relativos al contexto:

a) Sectores de población en la zona de influencia que presente carencias de recursos económicos y socioculturales.

b) Presencia de alumnado en situación de riesgo de abandono del sistema educativo. Niveles significativos de absentismo escolar.

c) Desequilibrios entre el nivel curricular exigido y el adquirido (porcentaje de alumnado con dos o más cursos de diferencia entre sus niveles de competencia curricular y niveles en que están escolarizados).

d) Presencia de grupos desfavorecidos o que sufren mayores niveles de marginación social.

e) Realidad multicultural del centro: porcentaje de alumnado que proviene de diversos entornos sociales y culturales.

f) Concurrencia de circunstancias que se deriven de la atención a la diversidad o de situaciones que precisen globalmente de una acción compensadora.

g) Inestabilidad en las plantillas de los Centros.

h) Fluctuaciones en la matrícula del alumnado a lo largo del curso.

Relativos al Proyecto:

a) Alto nivel de compromiso del colectivo docente con el desarrollo del Proyecto. Implicación del resto de la Comunidad Educativa.

b) Riqueza de las propuestas pedagógicas y organizativas, acordes con los objetivos del artículo 8 (compromisos que adquieren los centros seleccionados) de la Orden de 27 de abril y los especificados en el anexo III de la presente Resolución.

c) Viabilidad y coherencia interna del proyecto.

4.- Documentación a presentar.

Los Centros interesados deberán presentar la siguiente documentación con originales duplicados:

1. Instancia solicitud dirigida al Viceconsejero de Educación conforme al anexo I de la presente Resolución.

2. Proyecto a desarrollar durante el trienio 2001/2004. Éste contendrá al menos los apartados señalados en el anexo II de la presente Resolución.

3. Certificación de acuerdo del Claustro, conforme al modelo del anexo III.

4. Certificación de acuerdo del Consejo Escolar, conforme al anexo IV.

5. Certificación de acuerdo de Corporaciones Locales, asociación de padres y madres y/o alumnos/as, así como otras instituciones u organismos, si los hubiera, favorables al desarrollo del proyecto, según anexo V.

6. Otra documentación que se estime conveniente para acreditar los aspectos a considerar en los criterios de selección reseñados en el apartado 3 y 10 de la presente Resolución de convocatoria.

5.- Lugar y plazo de presentación.

Los Proyectos, con toda la documentación indicada en el apartado anterior, deberán presentarse preferentemente en las sedes de la Dirección General de Promoción Educativa en Gran Canaria o en Tenerife, o en la correspondiente Oficina Insular de Educación en las restantes islas.

En el caso en que se presenten en cualquier otra dependencia o formas previstas en el artº. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de los Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debe comunicarse mediante fax o telegrama a la Dirección General de Promoción Educativa, en el plazo de 24 horas tras su presentación.

El plazo de presentación de proyectos y documentación complementaria será de 30 días naturales, a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

6.- Dotación de recursos.

Los Centros de Atención Preferente serán objeto de especial tratamiento por la Administración educativa en los términos establecidos en el capítulo IV, Medidas Específicas, de la Orden de 27 de abril de 2001.

7.- Asesoramiento, seguimiento y formación.

Desde la Dirección General de Promoción Educativa y a través del equipo técnico:

1. Cada Centro seleccionado tendrá un asesoramiento por parte del Equipo Técnico del Programa de Centros de Atención Preferente. El seguimiento y la valoración del mismo se realizará por parte de la Inspección Educativa en coordinación con el Equipo Técnico, según determina el artº. 9 de la Orden de 27 de abril de 2001, por la que se establece el marco para determinar centros educativos de atención preferente.

2. Se constituirá un grupo de coordinación -formación en el seno del Programa con el profesorado designado por los respectivos centros para dinamizar el Proyecto.

3. Se diseñarán y gestionarán ante la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y otros organismos, planes de formación específicos para claustros completos de los Centros seleccionados a petición y según las necesidades de los mismos.

4. Se pondrán en marcha iniciativas que favorezcan la toma de contacto entre el profesorado de los distintos Centros implicados.

Cada curso escolar la Dirección General de Promoción Educativa remitirá una Circular a los Centros vinculados al Programa de Centros de Atención Preferente, para desarrollar aspectos recogidos en la presente Resolución o complementarla.

8.- Evaluación.

La evaluación y seguimiento de los proyectos de los centros se hará según se determina en el artículo 9 de la Orden de 27 de abril de 2001, por la que se establece el marco para determinar los centros educativos de atención preferente y contemplará las siguientes fases:

- Evaluación inicial: análisis del contexto y situación de partida.

- Evaluación del proceso: contando con el asesoramiento y apoyo de la comisión de seguimiento (Inspección y Equipo Técnico de la D.G. Promoción Educativa).

- Evaluación de resultados: grado de consecución de los objetivos planteados.

9.- Duración y prórroga de los proyectos.

Los proyectos a desarrollar como Centros Educativos de Atención Preferente tendrán una duración de tres cursos escolares, en las condiciones que se determinan en el artº. 6 de la Orden de 27 de abril de 2001, por la que se establece el marco para determinar centros educativos de atención preferente.

10.- Criterios de selección.

Los proyectos presentados serán valorados por su viabilidad y coherencia, de acuerdo con los siguientes criterios:

1. Pertinencia: idoneidad y relevancia (adaptación a los requisitos establecidos en la presente Resolución de convocatoria).

2. Adecuación: adaptación al contexto, a las necesidades, a la estructura organizativa y a los recursos demandados.

3. Evaluabilidad: que los objetivos perseguidos sean evaluables, las actividades suficientes y la temporalización realizable.

4. Sostenibilidad: compromiso para el cumplimiento de los acuerdos.

5. Valoración de la trayectoria del Centro en programas de compensación o innovación educativa, así como en experiencias de trabajo en coordinación o en red con otros organismos e instituciones.

11.- Procedimiento para la selección de proyectos.

Para la valoración y selección de los proyectos se constituirá una Comisión de Selección integrada por los siguientes miembros:

- Presidente: el Viceconsejero de Educación o persona en quien delegue.

- Vocales: un representante designado por la Dirección General de Promoción Educativa.

Un representante designado por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

Un representante designado por la Dirección General de Centros.

Un representante designado por la Inspección General de Educación.

Un representante designado por el ICEC.

- Secretario: un funcionario o funcionaria de la Consejería de Educación.

La Comisión de Selección, de estimarlo necesario, podrá consultar a la dirección de un Centro para ampliar información o aclarar aspectos que se precisen, así como contar con los asesores que se estimen necesarios a efectos consultivos.

Una vez valorados los proyectos, la Comisión de Selección elevará al Viceconsejero de Educación la relación de Centros que han presentado proyectos a esta convocatoria, ordenada de mayor a menor prioridad. El Viceconsejero de Educación, de conformidad con los recursos disponibles, decidirá los Centros seleccionados para la ejecución de los proyectos en el marco del Programa de Atención a Centros Preferentes, haciéndose pública dicha relación en las sedes de las respectivas Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de Educación.

12.- Justificación.

12.1. A la finalización de cada curso escolar, en los plazos que habitualmente se regulan para ello, los Centros seleccionados remitirán a la Dirección General de Promoción Educativa la información que se solicite en la que se refleje y evalúe el nivel de desarrollo del Proyecto, conjuntamente con un avance de las propuestas de mejora para el curso siguiente.

12.2. La justificación de los libramientos que se autoricen se hará de acuerdo con lo previsto en la Ley 7/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2001, por la que se regula el procedimiento de gestión económica de los Centros docentes públicos no universitarios.

Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de mayo de 2001.- El Viceconsejero de Educación, Fernando Hernández Guarch.

A N E X O I

D./Dña. .............................................................................................................................................................................................................., Director/a del centro .............................................................................................................................................................................................., dirección ..............................................................................................................................., municipio ............................................................., provincia .................................................................................................................................., teléfono ..............................................................., fax ........................................................., código del centro ..........................., correo electrónico ...................................... .

EXPONE:

De acuerdo con la Resolución de ................................... de mayo de 2001, de la Viceconsejería de Educación y tras los oportunos acuerdos de Claustro, Consejo Escolar y/o APA u otros órganos de participación (si los hubiere, señalarlos).

SOLICITA:

Sea admitida la participación del Centro en la convocatoria de Proyectos para la determinación de Centros Educativos de Atención Preferente, en los términos señalados en la presente Resolución.

En ......................................................................................., a ........ de .................................................... de 2001.

EL/LA DIRECTOR/A,

Fdo.: .................................................................................. .

A N E X O I I

Orientaciones para la elaboración del Proyecto.

a) Introducción y justificación del Proyecto.

Es básico tener una concepción clara de este apartado a la hora de abordar el Proyecto, pues nos va a ayudar a conocer la realidad del entorno y va a ser determinante en la planificación.

Argumentar por qué y para qué queremos trabajar los objetivos a plantear en el Proyecto, basándonos en la realidad que rodea al Centro: explicitar los epígrafes recogidos en el artículo 3 de la presente Resolución.

b) Una vez detectadas y establecidas las necesidades, y sobre la base del estudio realizado en el apartado anterior, se trataría de priorizar y operativizar los objetivos que mejor se adapten a la realidad y a las necesidades planteadas por la comunidad educativa y que se consideren básicos para planificar el camino o proceso que llevaría a la consecución de los mismos: organización del Centro, cambios metodológicos necesarios, revisión de los documentos del Centro, Plan de Acción Tutorial, canales de información de la comunidad educativa, distribución horaria, necesidades de formación, órganos de participación con los que se cuenta, etc.

c) A la vista de las actividades previstas, habría que valorar no sólo los recursos humanos y/o materiales del Centro, Servicios Concurrentes y demás dispositivos de la Consejería de Educación, sino tener en cuenta los recursos e infraestructura cultural, deportiva y sociosanitaria de la zona.

d) Proceso de evaluación:

- Evaluación inicial: análisis del contexto y situación de partida.

- Evaluación del proceso: contando con el asesoramiento y apoyo de la comisión de seguimiento (Inspección y Equipo Técnico de la D.G. de Promoción Educativa).

- Evaluación de resultados: grado de consecución de los objetivos planteados.

Sugerencia de un esquema de elaboración del Proyecto.

1. Justificación de necesidades a partir del contexto, avalado con datos disponibles.

2. Formulación de objetivos.

3. Plan de actuación (programación de actividades) para la consecución de cada uno de los objetivos propuestos.

4. Explicación del proceso/procedimiento para la puesta en práctica del proyecto (organización).

5. Disponibilidades/Necesidades de recursos (humanos y materiales).

6. Evaluación del proceso.

A N E X O I I I

D./Dña. .............................................................................................................................................................................................................., Secretario/a del centro .......................................................................................................................................................... .

CERTIFICA:

Que en sesión de Claustro, celebrada el día ..............................................., se acuerda:

a) Aprobar el Proyecto para la determinación de Centros Educativos de Atención Preferente, asumiendo los compromisos para su desarrollo, según Resolución ......................................, de la Viceconsejería de Educación.

b) La Comisión de Coordinación Pedagógica y/o el Departamento de Orientación se responsabilizará de coordinar, hacer el seguimiento y la evaluación del Proyecto.

c) A comienzos de cada curso escolar, en la forma y plazo que determine la Circular que emita la Dirección General de Promoción Educativa al respecto, se renovará o no el compromiso que adquiere el Claustro para ser determinado Centro Educativo de Atención Preferente.

COMPROMISO DE DESARROLLO DEL PROYECTO

1. Apoyar, desde el Proyecto Educativo del Centro, una metodología participativa que requiere una actitud colaborativa y protagonista de profesorado, alumnado y familia.

2. Arbitrar en la organización del Centro la temporalización sistemática de la coordinación del profesorado:

2.1. Determinando qué persona o personas realizarán las tareas de dinamización del desarrollo del Proyecto en el Centro.

2.2. Concentrando, en la persona o personas que el Claustro considere más adecuada para dichas tareas, disponibilidad horaria para la realización de las funciones que se derivan de la coordinación interna y externa, teniendo en todo caso que formar parte de la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro.

2.3. Organizando la coordinación conjunta del profesorado, tanto en horario lectivo como complementario para la reflexión e intercambio de experiencias que posibiliten el proceso de formación teórico-práctica.

2.4. Contemplando y respetando, en el horario de la persona que dinamiza el desarrollo del Proyecto, el día semanal que se determine por la Dirección General de Promoción Educativa para las reuniones de coordinación externa.

Vº.Bº.:

EL/LA DIRECTOR/A, EL/LA SECRETARIO/A,

Fdo.: .......................................... . Fdo.: .......................................... .

A N E X O I V

Que en sesión del Consejo Escolar, celebrada el día ..........................., se acuerda:

a) Aprobar el Proyecto para la determinación de Centros Educativos de Atención Preferente, según Resolución ........................., de la Viceconsejería de Educación.

En .............................................................................................., a ........ de ............................................. de 2001.

Vº.Bº.:

EL/LA DIRECTOR/A, EL/LA SECRETARIO/A,

Fdo.: .......................................... . Fdo.: .......................................... .

A N E X O V

(Modelo para Apas, Asociaciones de alumnos ...)

D./Dña. .............................................................................................................................................................................................................., Secretario/a del APA ..........................................................., del Centro .............................................................................. .

CERTIFICA

Que en reunión de la Junta Directiva del APA, celebrada el día ......................................................................., se acuerda la implicación de este APA en el Proyecto para la determinación de Centros Educativos de Atención Preferente, según Resolución ...................................., de la Viceconsejería de Educación.

En ........................................................................................, a ............... de ......................................... de 2001.

Vº.Bº.:

EL/LA DIRECTOR/A, EL/LA SECRETARIO/A,

Fdo.: .......................................... . Fdo.: .......................................... .

D./Dña. .........................................................................................................., en representación de la Coordinadora de padres/madres; asamblea de padres/madres por aula; Asociación de Alumnos/as; Junta de delegados/as (táchese lo que no proceda) del Centro ............................................................................................................................................................ .

CERTIFICA

Que en reunión celebrada el día ......................................., se acuerda la implicación de este colectivo en el Proyecto para la determinación de Centros Educativos de Atención Preferente, según Resolución .........................................................................., de la Viceconsejería de Educación, por ............................................................................................................................... .

En ............................................................................................., a ........... de ................................................. de 2001.

EL/LA REPRESENTANTE,

Fdo.: ........................................................................ .

* Similar certificación cuando se trate de Corporaciones Locales u otras entidades no pertenecientes al ámbito educativo.



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