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BOC Nº 056. Lunes 7 de Mayo de 2001 - 673

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad y Consumo

673 - Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias.- Resolución de 4 de abril de 2001, de la Directora, por la que se convocan dos Cursos de Diplomado en Gestión de Equipos de Atención Primaria y Centros de Salud, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, a celebrar en Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria.

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Dentro de sus actividades formativas, la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias organiza cursos regulares, al objeto de ofertar a los profesionales titulados universitarios, que pertenezcan al Sistema Sanitario o que pretendan acceder al mismo, un sistema formativo homogéneo en todo el Sistema Nacional de Salud. Durante el año 2001 la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias tiene previsto la realización, entre otros, de dos Cursos de Diplomado en Gestión de Equipos de Atención Primaria y Centros de Salud, a celebrar, uno, en Santa Cruz de Tenerife, y otro, en Las Palmas de Gran Canaria.

Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9.3.a) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, aprobado por el Decreto 5/1994, de 14 de enero, resuelvo convocar el mencionado Curso con las siguientes bases de la convocatoria:

Primera.- Normas generales.

1.- El Curso tendrá una duración de doscientas horas lectivas, que se celebrará en Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria y está dirigido a Licenciados en Medicina y Diplomados en Enfermería.

2.- Las plazas que se convocan son 70, de las cuales, 35 corresponden a Santa Cruz de Tenerife , y las otras 35, a Las Palmas de Gran Canaria, que se cubrirán por concurso de méritos si el número de solicitudes excede de la mencionada cifra.

3.- Los méritos valorables en el concurso serán los que se establecen en el baremo que figura como anexo I de la presente convocatoria.

4.- No serán valorados los méritos que no sean debidamente acreditados.

5.- La presentación de documentación acreditativa de los méritos alegados distinta a la requerida o la no presentación de la misma, no será valorada, pero no será causa de exclusión del aspirante para participar en el proceso de selección.

6.- La documentación acreditativa de los méritos valorables será presentada junto con la solicitud, no pudiendo ser incorporada con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

7.- En razón al derecho de formación del personal de la Consejería de Sanidad y Consumo y de su Organismo Autónomo Servicio Canario de la Salud, se reserva la posibilidad de incluir, sin ocupar plaza, a sus profesionales en un porcentaje del 20% sobre el total de plazas ofertadas.

Segunda.- Requisitos.

1.- Será requisito común para todos los aspirantes estar en posesión de titulación de Licenciado en Medicina o Diplomado en Enfermería o A.T.S.

2.- Los aspirantes a las plazas habrán de poseer la nacionalidad española, que se acreditará con la presentación de una copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o excepcionalmente con una copia compulsada del pasaporte o del permiso de conducción.

3.- El requisito establecido en la base segunda se acreditará mediante la presentación del título original o fotocopia debidamente compulsada.

4.- Los requisitos establecidos en la base segunda 1 y 2 deberán cumplirse en el momento de la presentación de solicitudes.

Tercera.- Solicitudes.

1.- La solicitud para tomar parte en el curso se ajustará exactamente al modelo oficial que figura como anexo II de la presente convocatoria.

2.- Junto con la solicitud, los aspirantes presentarán la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos especificados en la base segunda, así como la documentación acreditativa de los méritos aportados.

3.- Quienes se encuentren en situación de desempleo, presentarán, además, certificación de inscripción en el Instituto Nacional de Empleo o en la Bolsa de Empleo del Colegio profesional correspondiente.

4.- Las solicitudes, dirigidas a la Ilma. Sra. Directora de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, se presentarán en el Registro de la Escuela (calle Leoncio Rodríguez, 7, 4ª planta, Edificio El Cabo, Santa Cruz de Tenerife o en la calle Alfonso XIII, 5, Consejería de Sanidad y Consumo, Las Palmas de Gran Canaria) o en la forma que establece el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.- El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria.

Cuarta.- Comisión de Selección.

1.- El proceso de selección será llevado a cabo por la Comisión de Selección que, a estos efectos, se constituirá como tribunal en la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias.

2.- El Presidente de la Comisión de Selección será la Directora de la Escuela.

3.- La Comisión de Selección, además de la Presidenta, contará con cuatro vocales designados por la Directora de la Escuela, entre personal con titulación superior de la Consejería de Sanidad y Consumo o de su Organismo Autónomo Servicio Canario de la Salud, que desempeñen tareas, servicios o funciones en materia de gestión sanitaria.

Como Secretario podrá actuar un miembro de la Escuela o el vocal de menor edad de la Comisión de Selección.

Cada miembro de la Comisión de Selección tendrá su correspondiente suplente, designados todos ellos de igual forma que los titulares.

4.- La composición nominal de la Comisión de Selección se determinará mediante Resolución de la Directora de la Escuela que será publicada en el tablón de anuncios de las sedes de la ESSSCAN.

5.- Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

6.- La Comisión de Selección se constituirá previa convocatoria de la Presidenta y con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

7.- La Comisión de Selección, a efectos de indemnización por razón de servicio, se incluye en el artículo 43, Capítulo III, del Decreto 25/1997, de 30 de septiembre (B.O.C. nº 137, de 22.10.97).

Quinta.- Proceso de selección.

1.- La Comisión de Selección, en el supuesto que las solicitudes sean superiores a las plazas ofertadas, procederá a valorar los méritos que, debidamente acreditados, hayan aportado los solicitantes, aplicando para ello el baremo que figura como anexo I de la presente convocatoria.

2.- Finalizado el proceso de valoración, la Comisión de Selección elaborará las listas provisionales que serán publicadas en los tablones de anuncios de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias.

3.- Contra la lista provisional, los interesados podrán formular reclamación ante la Directora de la Escuela, en el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en los tablones de anuncios reseñados en el apartado anterior. Estas reclamaciones serán resueltas mediante Resolución de la Directora de la ESSSCAN.

4.- Finalizado el plazo de reclamaciones y teniendo en cuenta las Resoluciones recaídas en las mismas, se elaborará la lista definitiva de admitidos al curso, a la que se dará la misma publicidad que a la lista provisional.

5.- Al publicarse la lista definitiva de admitidos, se especificarán los plazos para formalizar la matrícula y el lugar en que deberá hacerse efectivo el importe de la misma, cuya cuantía se establece en ciento setenta mil (170.000) pesetas. Asimismo se especificarán la fecha del comienzo del curso y el lugar de desarrollo del mismo.

Con objeto de garantizar el derecho que les pudiese corresponder a los solicitantes que han quedado en reserva, los alumnos seleccionados que hayan formalizado la matrícula del Curso, podrán solicitar la devolución del importe ingresado, siempre que la petición de devolución, se produzca dentro de los cinco días naturales al inicio del Curso. Superado el plazo mencionado se perderá el derecho a restitución económica.

Sexta.- Desarrollo del curso.

1.- El curso constará de doscientas horas lectivas.

2.- Los alumnos matriculados estarán obligados a asistir a las clases teóricas y prácticas. La ausencia superior a un diez por ciento de las horas lectivas, dará lugar a la pérdida de todos los derechos del alumno, incluido el importe de la matrícula.

Séptima.- Evaluación de los alumnos.

Para la obtención del titulo de Diplomado en Gestión de Equipos de Atención Primaria y Centros de Salud, se valorarán los siguientes aspectos:

1.1. La asistencia: será obligatoria y no se permitirá el acceso a la prueba a aquellos alumnos que no hayan cumplido un mínimo del 90% de presencia en el Curso.

1.2. Prueba objetiva individualizada de los contenidos del Curso.

Realización de una evaluación tipo test de respuestas cerradas para cada uno de los diez módulos.

1.3. La nota final será la media de las diez evaluaciones, aunque para obtener la calificación de aprobado, el alumno deberá superar al menos un 40% de la puntuación máxima de cada ejercicio.

2.- A los miembros de la Comisión de Evaluación, a los efectos de indemnización por razón de servicio, les será de aplicación lo dispuesto en la base cuarta, 7 de la presente convocatoria.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de abril de 2001.- La Directora, Sulbey González González.

A N E X O I

BAREMO DE MÉRITOS ACADÉMICOS

Y PROFESIONALES

1.- Méritos académicos y profesionales.

- Por cada notable: 0,1 punto.

- Por cada sobresaliente: 0,2 puntos.

- Por cada sobresaliente con Matrícula de Honor: 0,3 puntos.

- Licenciatura, tesina o examen de grado: 0,5 puntos.

- Licenciatura con sobresaliente: 0,5 puntos.

- Premio extraordinario de licenciatura: 1,0 punto.

- Doctorado: 1,0 punto.

- Premio extraordinario del Doctorado: 1,0 punto.

No se tendrán en cuenta las calificaciones obtenidas en las asignaturas de Religión, Moral Profesional, Deontología, Ética, Educación Física, Formación Política, Idiomas y Enseñanza de Hogar.

Estos méritos se acreditarán mediante la presentación del expediente académico o titulación correspondiente, original o fotocopia debidamente compulsada o legalizada.

2.- Actividad profesional.

A)Servicios prestados a la Administración sanitaria, estatal o autonómica, en régimen de propietario o interino, en Atención Primaria, hasta un máximo de 4 puntos, se valorará por un mes: 0,1 punto.

B) Servicios prestados a la Administración sanitaria, estatal o autonómica, en régimen de propietario o interino, en Atención Especializada, hasta un máximo de 4 puntos, se valorará por un mes: 0,05 puntos.

C) Servicios prestados a la Administración sanitaria o de docencia sanitaria, estatal o autonómica, en régimen de contratado eventual, en Atención Primaria, hasta un máximo de 4 puntos, se valorará por un mes: 0,05 puntos.

D) Servicios prestados a la Administración sanitaria o de docencia sanitaria, estatal o autonómica, en régimen de contratado eventual, en Atención Especializada, hasta un máximo de 4 puntos, se valorará por un mes: 0,02 puntos.

Estos méritos se acreditarán mediante la presentación de la correspondiente certificación de servicios prestados, original o fotocopia debidamente compulsada o legalizada emitida por el Organismo competente.

3.- Cursos de Gestión Sanitaria.

- Por cursos específicos en materia de gestión sanitaria se valorará hasta un máximo de 4 puntos, por cada 10 horas lectivas (crédito): 0,2 puntos.

Se valorarán exclusivamente los diplomas o certificaciones que se presenten, originales o fotocopias debidamente compulsadas o legalizadas, obtenidos en cursos impartidos por Organismos Oficiales con docencia reconocida. Si la duración del curso no estuviera acreditada en el diploma o certificación expedida, se deberá aportar el programa del mismo para su valoración por el Tribunal. En caso contrario se valorará con la puntuación mínima.

4.- Publicaciones y comunicaciones.

- Específicas en materia de gestión, en libros, revistas científicas o resúmenes de congresos:

A) Publicaciones originales. Hasta un máximo de 2 puntos, por cada una: 0,1 punto.

B) Comunicaciones a congresos, simpósium, jornadas u otras comunicaciones. Hasta un máximo de 2 puntos, por cada una: 0,025 puntos.

La valoración se realizará a la presentación de la copia del texto de las publicaciones efectuadas.

5.- Titulados universitarios en paro.

- Presentada la documentación acreditativa de esa situación: 0,5 puntos.

A N E X O I I

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y CONSUMO

ESCUELA DE SERVICIOS SANITARIOS Y SOCIALES DE CANARIAS

D./Dña. ..............................................................................................................., N.I.F. ...................................................., fecha de nacimiento ..................................................., teléfono .........................., natural de .........................................., provincia de ...................................................., con domicilio en ......................................................., provincia de .........................................., calle ................................................., nº ..................., C.P. .................................................... .

EXPONE

Que desea participar en el Curso de Diplomado en Gestión de Equipos de Atención Primaria y Centros de Salud a celebrar en esta Escuela, por lo que acepta todas y cada una de las condiciones expresadas en las bases de la convocatoria del mismo, por lo que

SOLICITA:

Sea admitida la presente solicitud y documentación adjunta, a fin de tomar parte en el citado curso.

En ................................................................, a .......................... de ........................................ de .......................... .

Firma.

ILMA. SRA. DIRECTORA DE LA ESCUELA DE SERVICIOS SANITARIOS Y SOCIALES DE CANARIAS.

A N E X O I I I

OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL CURSO

1.- Conocer los principios de Management.

2.- Comprender el Proceso de Dirección.

3.- Aprender las Tareas de Programación.

4.- Conocer los Métodos de Organización.

5.- Aprender las Bases Técnicas de la DPPO.

6.- Aprender los Fundamentos de la Motivación.

7.- Definir Objetivos de Calidad y su Medición.

8.- Conocer las Técnicas de Gestión Económica.

9.- Conocer los Fundamentos del Sistema de Atención Primaria.

10.- Aprender a diseñar el Programa de Gestión de un Centro de Salud.

11.- Conocer el Sistema de Evaluación y Seguimiento de la Gestión de Programas de Salud.

PROGRAMA

MÓDULO 1.- FUNCIÓN DIRECTIVA

1.1.- Teoría General de Dirección de Empresas.

1.2.- Tareas y Estilos de Dirección.

1.3.- El "QUE", el "QUIEN" y el "COMO" en la Función Directiva.

MÓDULO 2.- PLANIFICACIÓN.

2.1.- Planificación: concepto y tipos.

2.2.- Planificación Estratégica y Funcional en Sanidad.

2.3.- El Contrato Programa en Sanidad.

MODULO 3.- ORGANIZACIÓN.

3.1.- Conceptos Generales de Organización.

3.2.- Estructura Organizativa. Normas de Funcionamiento y Contenido Funcional de los Puestos.

MÓDULO 4.- LIDERAZGO Y GESTIÓN.

4.1.- Liderazgo: concepto y teorías.

4.2.- Dirección Participativa por Objetivos.

4.3.- Liderazgo Situacional.

MÓDULO 5.- MOTIVACIÓN/INCENTIVACIÓN.

5.1.- Teorías de Motivación. Sistema de Incentivos.

5.2.- Salud Organizacional y Clima Laboral.

5.3.- Carrera Profesional.

MÓDULO 6.- CALIDAD ASISTENCIAL.

6.1.- Conceptos Generales. Modelos y Sistemas.

6.2.- Acreditación de Centros y Servicios.

6.3.- Calidad del Proceso. Guías y Vías Clínicas.

MÓDULO 7.- GESTIÓN ECONÓMICA.

7.1.- La Gestión del Presupuesto.

7.2.- Los costes de prestaciones de servicios.

MÓDULO 8.- SISTEMA DE ATENCIÓN PRIMARIA.

8.1.- Los niveles estratégicos de atención.

8.2.- Funciones. Actividades y Cartera de Productos.

8.3.- Coordinación AP y AE. Control de Lista de Espera.

MÓDULO 9.- P. DE GESTIÓN DEL CENTRO DE SALUD.

9.1.- Recursos y medios. Métodos y Tiempos.

9.2.- Capacidad. Objetivos. Resultados.

MÓDULO 10.- CONTROL DE LA GESTIÓN.

10.1.- Sistema de Seguimiento y Control.

10.2.- Cuadro de Mando.

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