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BOC Nº 002. Miércoles 3 de Enero de 2001 - 25

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de Fuencaliente (La Palma)

25 - ANUNCIO de 7 de diciembre de 2000, relativo a la aprobación definitiva del Plan Parcial de Ordenación Turístico, Sector Cerca Vieja.

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El Ayuntamiento Pleno, en sesión de fecha 11 de noviembre de 2000, adoptó acuerdo de aprobación definitiva del Plan Parcial de Ordenación Turístico, Sector Cerca Vieja, en cuya parte dispositiva dice:

Primero.- Aprobar definitivamente el Plan Parcial de Ordenación Turístico de Cerca Vieja, conforme a la documentación redactada por el Estudio de Arquitectura Justo Fernández Duque, S.L., en fecha mayo de 2000, diligenciada por la Secretaría Municipal y a la que se le dio aprobación con carácter de aprobación provisional, por Decretos de la Alcaldía de fechas 10 y 13 de octubre de 2000.

Segundo.- Aceptando lo indicado en los informes emitidos por la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística y por la Comisión del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, se acuerda asimismo:

A) Que al establecer el Plan Parcial como superficie mínima de parcela turística la de 75.000 m2 y siendo la superficie que se destina por el mismo para este uso la de 124.523 m2, sólo es posible una única unidad de explotación.

B) Que la ordenación de los volúmenes de la edificación, constituye parte del contenido del Plan Parcial que adquiere carácter finalista en cumplimiento de lo prevenido en el Decreto 35/1995, que aprueba el Reglamento de Contenido Ambiental de los Instrumentos de Planeamiento, que lo vincula a las características del territorio, de la propia ordenación y de los diversos condicionantes ambientales cuya escasa cumplimentación se pone de manifiesto en el documento. Por tanto, deberá requerirse, previa a la concesión de licencia, la tramitación de un Estudio de Detalle que los establezca a partir de los mismos criterios, incluyendo las medidas correctoras de carácter paisajístico precisas para la integración del área de aparcamientos.

C) Las antedichas condiciones deberán incluirse en un Texto Refundido del Plan Parcial que se remitirá debidamente diligenciado de esta aprobación, a la Dirección General de Ordenación del Territorio.

Tercero.- Por la Alcaldía se dispondrán la notificación a los propietarios comprendidos en el área ordenada y las publicaciones preceptivas y necesarias para su entrada en vigor.

Este acuerdo pone fin al procedimiento y contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de su notificación, según dispone el artº. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; y potestativamente el previo de reposición ante la propia Corporación, en plazo de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro que se estime oportuno (artº. 89 de la citada Ley 30/1992).

Lo que se publica a los efectos previstos en el artº. 44 del Decreto 1/2000, de 8 de mayo (texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias).

Fuencaliente, a 7 de diciembre de 2000.- El Alcalde, Pedro Nolasco Pérez Pérez.

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