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El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de julio de 1999, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
"Aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la Manzana 7, Polígono 1 P.P. Tamaraceite.
Habiendo finalizado el período de información pública al que estuvo sometido el expediente del Estudio de Detalle de la Manzana 7 del Polígono 1 del Plan Parcial de Tamaraceite sin que durante el citado período se haya recibido escrito de alegación alguno, el Pleno, de conformidad con lo dictaminado por la Comisión Municipal de Urbanismo en reunión celebrada el día 31 de mayo de 1999, acordó por unanimidad la aprobación definitiva del expediente con las condiciones impuestas por el Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria en cumplimiento del artículo 16.2 de la Ley 9/1991, de Carreteras de Canarias, concretamente:
- La esquina del edificio 7 C deberá quedar como mínimo a 12 m de la arista exterior de la calzada C-813.
- Tanto la parcela 7 C como el edificio 7 C no tendrán acceso directo de vehículos a la Carretera C-813 ni a los ramales de la intersección actual o glorieta futura."
Contra el citado acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, todo ello con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en concordancia con el artículo 109.c) de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
No obstante, con carácter potestativo y previo recurso contencioso-administrativo, señalado en el párrafo anterior, contra la resolución expresa que se le notifica, podrá interponerse recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la presente publicación.
Todo ello conforme a lo establecido en los artículos 116, 117 y concordantes de la Ley 9/1999, de 13 de enero, anteriormente señalada, y sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos.
Lo que se publica en el Boletín Oficial de la Provincia cumplimentando lo establecido en el artículo 140 del Reglamento de Planeamiento.
Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de noviembre de 2000.- El Alcalde, p.d., el Concejal Delegado del Área de Urbanismo, Juan José Cardona González.
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