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BOC Nº 155. Lunes 27 de Noviembre de 2000 - 4169

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia

4169 - Dirección General de Administración Territorial y Gobernación.- Anuncio de 11 de septiembre de 2000, por el que se procede a la publicación de la modificación del baremo de Honorarios Mínimos Orientativos del Colegio Oficial de Graduados Sociales y Diplomados en Relaciones Laborales de Las Palmas.

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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 del Decreto 277/1990, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Canarias, se procede a la publicación de la modificación del baremo de Honorarios Mínimos Orientativos del Ilustre Colegio Oficial de Graduados Sociales y Diplomados en Relaciones Laborales de Las Palmas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de septiembre de 2000.- El Director General de Administración Territorial y Gobernación, Juan González Martín.

BAREMO DE HONORARIOS MÍNIMOS ORIENTATIVOS

GRUPO I

SERVICIOS QUE COMPRENDE

EL ABONO ORDINARIO MENSUAL

1. Consultas Verbales o escritas relacionadas con la empresa.

2. Altas, bajas y variaciones de trabajadores en la Seguridad Social.

3. Cambio de médico y variaciones de domicilio, así como de beneficiarios.

4. Asesoramiento sobre prestaciones (Protección a la Familia, Incapacidad Temporal o Permanente, Orfandad, Jubilación, etc.).

5. Formalización de partes de baja y alta por I.T., por Enfermedad Común, Maternidad, Accidentes de Trabajo o no y Enfermedades Profesionales.

6. Confección de recibos para pagos de salarios.

7. Confección de finiquitos por la baja laboral.

8. Estudio y confección de boletines de cotización a la Seguridad Social del Régimen General o Agrario, incluyendo TC2/1.

9. Asesoramiento verbal o escrito de la empresa con carácter permanente.

HONORARIOS MÍNIMOS

EMPRESAS EN GENERAL

10. Por un trabajador, 6.288.

11. Por cada trabajador más hasta 50, 1.624.

12. A partir de 50 trabajadores, 1.048 pesetas cada uno, respetando los mínimos anteriores.

En empresas de Hostelería, Construcción, Sidero, Desguace y Desperdicios Sólidos, Limpieza, Artes Gráficas, Seguros, Regímenes Especiales, así como aquellas en que el 50% de la plantilla sea eventual, fijo de obra o de temporada.

- Por un trabajador, 7.126.

- Por cada trabajador más hasta 50, 1.782.

- A partir de 50 trabajadores, 1.150 pesetas cada uno, respetando los mínimos anteriores.

SUPLEMENTOS EXTRAS

13. Por confección de cualquier paga extra 50% de los mínimos anteriores, aunque las mismas se prorrateen en las nóminas mensualmente.

14. Por confección de atrasos, incluyendo boletín de cotización, el 50% de los honorarios mensuales.

GASTOS Y SUPLIDOS

15. 10% de los honorarios mínimos del abono ordinario del Grupo I.

16. Los gastos por abono de las facturas a través de Entidades Financieras serán por cuenta del cliente.

17. El costo económico de los Calendarios Laborales, Libros de Visita, Matrícula, etc., serán abonados por el cliente.

GRUPO II

HONORARIOS DE SERVICIOS

NO INCLUIDOS EN EL ABONO ORDINARIO

(Asesoramiento y Gestiones Laborales

y de Seguridad Social)

(L)

1. Inscripción de empresas en el Régimen General de la Seguridad Social, 23.056.

2. Confección y diligenciación del Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y del Libro de Matrícula de Personal, 8.070.

3. Tramitación de apertura, reanudación o cese ante la Dirección Territorial de Trabajo, 3.144.

4. Alta, baja o variación, a cualquier Régimen Especial del sistema de la Seguridad Social, 8.070.

5. Solicitud y tramitación de Convenios Especiales de Seguridad Social, 13.624.

6. Calendario Laboral y Cartel Horario, 3.982.

7. Estudio, confección y tramitación de Contratos de Trabajo y Ofertas de Empleo incluyendo Copia Básica y documento de información de derechos.

- Ordinario o fijo de Empresa, Obra o Servicio determinado, Eventual, Interinidad, Relevo, etc., 4.716.

- Formación y Prácticas, Mayores de 45 años, Minusválidos, Tiempo Parcial, y los de cualquier Régimen Especial o con cláusulas especiales, o de Fomento de la contratación indefinida o transformación en fijos, 6.812.

8. Confección y Registro de prórrogas de contratos de trabajo ordinarios, 2.620.

- Confección y Registro de prórrogas de contratos de trabajo especiales, 3.144.

9. Estudio y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones en las contrataciones a trabajadores de 45 años, minusválidos y cualquier otro de esta naturaleza, 10% de la subvención económica con un mínimo de 34.584.

10. Certificado de empresa, 2.934.

11. Expedientes de solicitud de prestación o subsidio por desempleo, 3.982.

12. Representación y asistencia técnica ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, previo estudio de antecedentes.

De 1 a 10 trabajadores, 19.912.

De 10 a 30 trabajadores, 28.820.

De 30 a 50 trabajadores, 34.584.

De 50 en adelante, 57.640.

13. Tramitación de expediente de asistencia sanitaria a desplazados en el extranjero, cada trabajador y país, 3.982.

14. Estudio, confección y tramitación de fraccionamiento y aplazamiento de pagos en materia de Seguridad Social, tanto Régimen General como los Especiales, con un mínimo de 40.384.

15. Estudio e informe escrito sobre problemas laborales de previsión que plantee la constitución o vida de una empresa, 46.112.

16. Solicitud de devolución de cuotas de la Seguridad Social, 19.388.

17. Estudio y preparación de documentación en solicitud de creación de Centro de Empleo Protegido, 57.640.

18. Estudio y preparación de documentación de Empresas Comunitarias en todo lo relativo a normas laborales y Seguridad Social, 115.280.

19. Estudio y confección de documentación de Sociedades Anónimas Laborales y Cooperativas de Trabajo Asociado, 172.920.

20. Asesoramiento en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Mínimo 28.820.

21. Confección y pago mensual de recibos del R.E.T.A. y Servicio Doméstico, 1.572.

22. Solicitud Pago Único Autónomos en S.A.L. y C.T.A., 34.584.

23. Estudio y confección de formularios estadísticos, 6.812.

24. Gestiones ante los Organismos Oficiales, 5.764.

(Procedimiento)

(P)

25. Redacción papeleta de conciliación, asistencia y representación ante el SEMAC, previo estudio de antecedentes, 10% de la cantidad en litigio, con un mínimo de 28.820.

26. Estudio, Representación y Asistencia Técnica ante los Juzgados de lo Social y ante la Sala de lo Social del T.S.J.C. o Audiencia Nacional con Avenencia, 75.000.

- Con celebración de Juicio, se le añadirá la escala prevista 3.4 con un mínimo de 104.800.

27. Ejecución de Sentencias con pago voluntario, 23.056.

28. Trámite de ejecución de sentencia con embargos, etc., 46.112.

29. Recursos de Reposición, queja, súplica contra Autos y Providencias, 26.200.

30. Solicitud de tramitación ante el FOGASA por Salarios de Tramitación, Insolvencia Empresarial o 40% Indemnización por Despidos Objetivos, 28.820.

31. Anuncios de Recurso y Letrado, 5.764.

32. Recursos ante Organismos Provinciales, 20.960.

33. Recursos ante Organismos Centrales, 34.584.

34. Redacción y estudios cartas de sanción, 2.830.

35. Redacción y estudios cartas de despido, 5.240.

36. Estudio, redacción y tramitación de Expediente Contradictorio a Delegados o Representantes de Personal, 2.299.

37. Asistencia al Juzgado en trámites del Procedimiento, 10.000.

(Asesoramiento y Gestión Administrativa)

(A)

38. Solicitud de Certificados Penales, Registro Civil, o Últimas Voluntades, 2.306.

39. Solicitud de otros Certificados no especificados anteriormente, 2.830.

40. Solicitud de cancelación Antecedentes Penales, 3.458.

41. Escritos o Certificaciones en los Registros de la Propiedad o Mercantil, 3.458.

42. Solicitud de notas simples, de dominio y cargas, 1.258.

43. Presentación y recogida de títulos en los Registros de la Propiedad o Mercantil, 5.764.

44. Solicitud de Certificados en Notarías, Archivos y otros Registros, 3.458.

45. Cualquier gestión en Registros Públicos, Archivos o Entidades particulares, 3.458.

46. Solicitud de prórrogas de asientos en los Registros, 5.764.

47. Presentación y retirada de escritos en cualquier Organismo, 2.306.

48. Redacción de los escritos señalados anteriormente, 2.306.

49. Informes verbales o por escrito del estado en que se encuentra un asuntos en un Organismo, 3.458.

50. Legalización de documentos en general, 3.458.

51. Inserción en medios de difusión o edictos en Boletines Oficiales, 3.458.

52. Obtención de traducción oficial de documentos en lenguas extranjeras, 4.192.

53. Legalización de libros en Juzgados, Notarías, Registros, etc., 5.764.

54. Solicitud de Visados en Consulados, 3.668.

55. Trámites en Sanidad en materia de alimentación y hostelería, 9.432.

56. Solicitud para inscripción en el Registro General de Industrias, 13.624.

57. Solicitud para autorización Sanitaria de funcionamiento, 6.812.

58. Solicitud para cambio de nombre, convalidación o anotación de productos, 6.812.

59. Confección de formularios para Alta de Fincas en la Administración de Tributos, 23.056.

60. Confección de escritos sobre valor catastral, 3.458.

61. Declaraciones de cambio de dominio o de bajas, 3.982.

62. Reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Regional, 10% de la cuantía con un mínimo de 23.056.

63. Solicitud para legalización de Libros código de comercio en el Registro Mercantil, 8.070.

64. Solicitud para la Nacionalización de un Extranjero, 34.584.

65. Solicitud de Tarjeta de Identidad Profesional para Extranjero, 6.812.

66. Solicitud de inscripción o baja en el Registro de Importador y Exportador, 13.624.

67. Constitución o devolución de fianzas de alquileres, 6.812.

68. Solicitud para calificación o descalificación de Viviendas Oficiales, así como vinculación o desvinculación de las mismas, 23.056.

69. Obtención o renovación de un carnet de Familia Numerosa, 5.764.

70. Solicitud para obtención de permiso de clasificación y funcionamiento, 23.056.

71. Solicitud para la autorización de traspaso o cambio de nombre, 11.528.

72. Solicitud para autorización de ampliación o modificación, 11.528.

73. Solicitud para aperturas de establecimientos turísticos y hoteleros, 11.528.

74. Solicitud de Hojas de Reclamaciones (Turismo), 5.764.

75. Asistencias a la Inspección, 11.528.

76. Solicitud Libros de Inspección (Turismo), 5.764.

77. Confección listas de precio, 15.720.

78. Solicitud de Hojas de Reclamaciones de Comercio y Consumo, 9.222.

79. Documentos de Calificación Empresarial, 11.528.

80. Solicitud para obtención de permisos de instalación y apertura de Salas de Bingo, así como de empresas de servicios gestoras de Salas de Bingo y Salones de Juego, 57.640.

81. Por sus renovaciones o variaciones, 28.820.

82. Ídem Salones Recreativos, 46.112.

83. Por sus renovaciones o variaciones, 23.056.

84. Ídem máquinas recreativas, 11.528.

85. Ídem empresas operadoras máquinas recreativas, 46.112.

86. Solicitud para cédula de habitabilidad, 8.070.

87. Solicitud para calificación o descalificación, vinculación o desvinculación de viviendas Protegidas, 23.056.

88. Solicitud para concesión de Licencia de Apertura de establecimiento, 23.056

89. Solicitud para cambio de nombre de establecimiento, 23.056.

90. Solicitud para Permiso Municipal para vados, uso de aceras o de rebaje de calzada, 11.528.

91. Solicitud para altas y bajas de arbitrios sobre solares, 6.812.

92. Confección de solicitud de expediente de préstamo, pensión o ampliación en Institutos Oficiales de Crédito o Entidades Bancarias, 17.292.

93. Cancelación o reducción de los mismos, 11.528.

94. Por la administración de bienes en general, 5% de la cantidad con un mínimo de 11.528.

95. Administración de Comunidades de Propietarios, 4% del presupuesto anual con un mínimo de 23.056.

96. Organización de Comunidades de Propietarios o Promotores, 28.820.

97. Traspaso de locales de negocio, 5% de la participación del propietario con un mínimo de 17.292.

98. Redacción de Estatutos de Comunidades de Propietarios, 23.056.

99. Confección impresos para transferencia de vehículo, 9.432.

100. Confección impresos para matriculación de vehículo, 11.528.

101. Confección impresos para baja de vehículo, 4.716.

102. Confección impresos para solicitud duplicado permiso de circulación, 9.432.

103. Confección impresos para cancelación de gravámenes sobre vehículos, 6.812.

104. Solicitud para obtención de Tarjeta de Transporte, 17.292.

(Asesoramiento y Gestiones

Fiscales y Contables)

(F)

105. Confección de impresos para clasificación de epígrafes, alta en el I.A.E. y Censo Fiscal, 11.528.

106. Cambio de domicilio o cambio de datos en el I.A.E. y Censo, 524.

107. Baja de la actividad en I.A.E. y Censo, 5.764.

108. Solicitud para reposición de etiquetas, 1.782.

109. Confección de relación anual de ingresos y pagos (modelo 347), 8.594.

110. Formalización de declaraciones sobre Renta del Capital (modelo 120), 5.764.

111. Formalización del resumen anual (modelo 192), 8.070.

112. Solicitud para alta en código de identificación fiscal, 6.917.

113. Confección declaración anual de Impuesto sobre Sociedades, 28.820.

114. Confección pagos a cuenta en el Impuesto sobre Sociedades, 5.764.

115. Estudio Fiscal y Tributario de creación y funcionamiento de Sociedades, 28.820.

116. Liquidación de disolución de Sociedades, 3.982.

117. Declaraciones de Renta (Simplificada), 6.917.

118. Declaración de Renta (Ordinaria), 17.292.

119. Pago fraccionado I.R.P.F. (modelo 130), 3.982.

120. Pago fraccionado I.R.P.F. (modelo 131), 3.982.

121. Pago fraccionado I.G.I.C. coeficientes (modelo 420), 3.982.

122. Pago fraccionado I.G.I.C. módulos (modelo 421), 3.982.

123. Resumen anual I.G.I.C. (modelo 425), 8.070.

124. Declaraciones de alta en el I.G.I.C., 5.764.

125. Declaraciones de baja en el I.G.I.C., 5.764.

126. Confección de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados, 11.528.

127. Recurso contra liquidaciones complementarias, 11.528.

128. Presentación de declaraciones exentas del arbitrio sobre el incremento del valor de los terrenos, 4.716.

129. Presentación de declaraciones sujetas al pago del anterior arbitrio, 5.764.

130. Comparecencia ante la Inspección de Hacienda Estatal, con un mínimo de 57.640.

131. Comparecencia ante la Inspección de Hacienda Autonómica, con un mínimo de 34.584.

132. Comparecencia ante la Inspección de Hacienda Local, con un mínimo de 17.292.

133. Formalización de declaración de pago del Impuesto de Valor de los Terrenos de naturaleza urbana, 11.528.

134. Confección del I.R.P.F. trimestral:

Por un trabajador 3.458.

Por cada uno más 576.

135. Confección del I.R.P.F. resumen anual:

Por un trabajador 10.480.

Por cada uno más 576.

136. Certificados de retenciones (cada uno), 367.

GRUPO III

HONORARIOS DE SERVICIOS

DE LIBRE CONTRATACIÓN

(Asesoramiento, Representación

y Asistencia Técnica Judicial)

1. Consultas verbales, 5.764.

2. Consultas por escrito, 11.528.

3. Redacción de demandas en materia laboral, según cuantía con un mínimo de:

- Ante el SEMAC, 17.292.

- Ante el Juzgado de lo Social, 34.584.

- Ante el T.S.J.C. o Audiencia Nacional, 46.112.

4. Representación y Asistencia Técnica:

- Ante el SEMAC, 28.820.

- Ante el Juzgado de lo Social con Juicio, 104.800.

- Ante el Juzgado de lo Social con Avenencia, 89.080.

- Ante el T.S.J.C. o Audiencia Nacional con Juicio, 131.000.

- Ante el T.S.J.C. o Audiencia Nacional con Avenencia, 104.800.

En la representación y asistencia ante el SEMAC, Juzgados de lo Social, T.S.J.C. y Audiencia Nacional, a los mínimos anteriores se añadirá sobre el importe de la cantidad en litigio:

Hasta 50.000 pesetas, 20%.

De 50.001 a 100.000 pesetas, 15%.

De 100.001 a 250.000 pesetas, 10%.

De 250.001 a 400.000 pesetas, 9%.

De 400.001 a 500.000 pesetas, 8%.

De 500.001 a 700.000 pesetas, 7%.

De 700.001 a 900.000 pesetas, 6%.

De 900.001 a 1.500.000 pesetas, 5%.

De 1.500.001 en adelante, 4%.

(Se acumularán los importes correspondientes a cada porcentaje).

La escala anterior se refiere al importe de la cuantía en litigio: en caso de despido dicha cantidad será la retribución anual, que corresponderá según el salario declarado en hechos probados en la Sentencia.

En los casos de prestaciones, la cuantía será equivalente a la pensión de un año multiplicada por cinco.

En los casos de cuantía indeterminada, como extinción de relaciones laborales, desalojo de viviendas por razón de contrato de trabajo, o acciones declarativas, se minutarán discrecionalmente por el Graduado Social o Diplomado en Relaciones Laborales atendiendo la importancia y trascendencia del caso.

En todos los casos con un mínimo de: 73.360.

5. Recursos y Reclamaciones Previas ante los Organismos Provinciales de Trabajo y Seguridad Social, o Entidades Públicas según grado y dificultad del recurso, con un mínimo de: 36.440.

6. Recursos y Reclamaciones Previas ante los Organismos Centrales, 52.400.

7. Asistencia en Representación de Ejecuciones ante el Juzgado de lo Social con pago voluntario, 28.820.

8. Tramitación de Ejecución de Sentencias con embargos, etc., 57.640.

9. Tramitación y Ejecución de Modificación, Suspensión y Extinción de Contratos, Movilidad Funcional y Movilidad Geográfica, Despidos Colectivos o Extinciones por causas objetivas en Empresas de:

De 0 a 10 trabajadores, 104.800.

De 10 a 20 trabajadores, 157.200.

De 20 a 30 trabajadores, 209.600.

De 30 a 40 trabajadores, 262.000.

De 40 a 50 trabajadores, 366.800.

Más de 50 trabajadores, 10.000 pesetas por cada trabajador.

10. Transacciones extrajudiciales:

Cuando el Graduado Social o Diplomado en Relaciones Laborales, intervenga o dirija Transacciones Extrajudiciales sobre reclamaciones laborales con redacción e incluso de documentos que las ultimen, percibirá:

- Hasta 50.000 pesetas, 20%.

- De 50.001 a 500.000 pesetas, 10%.

- De 500.001 en adelante, 8%.

- En todo caso percibirá un mínimo de: 27.500.

(Asesoramiento y Tramitación

de documentos en general)

(G)

11. Redacción del Reglamento para servicios médicos de empresa (más 700 pesetas por cada trabajador) con un mínimo de: 50.000.

12. Informes periciales:

- Hasta 1.000.000 de pesetas en la cantidad del litigio, 5%.

- Exceso sobre el 1.000.000 de pesetas, 3%.

En todos los casos con un mínimo de: 55.000.

Ratificación ante organismos oficiales de los anteriores informes, 5.764.

13. Visado de documentos laborales, de Empleo y Seguridad Social, 6.812.

14. Constitución y Organización de Comités de Empresas, 92.224.

15. Asistencia en calidad de asesor de Comités por cada sesión, 28.820.

16. Estudio, asesoramiento e intervención en la redacción y elaboración de Convenios Colectivos, incluida la asistencia a reuniones, así como todas cuantas gestiones fuesen necesarias, según duración y dificultad, con un mínimo de: 162.440.

17. Estudio y asesoramiento en conflictos colectivos de trabajo, huelgas laborales y cierres de empresa, procedimientos administrativos y sindicales, elaboración y redacción de documentos, asistencia a reuniones, gestiones en Organismos, acuerdos, etc., segúnduración y dificultad, con un mínimo de: 162.440.

18. Redacción de documentación en solicitud de créditos laborales, con estudio de la documentación a aportar. En todo caso con un mínimo de: 68.120.

19. Modificación, revisión o rectificación del Reglamento o Estatutos ya existentes. Mínimo, 75.456.

20. Asesoramiento y tramitación de documentación para solicitud de subvenciones, préstamos, capitalización de prestaciones por desempleo y demás ayudas económicas previstas en la legislación laboral. Según cuantía e importancia del asunto, con un mínimo de: 34.584.

21. Constitución y legalización de empresas en materia laboral, 41.396.

22. Formalización de contratos de trabajo con cláusulas especiales, Alta Dirección, Representantes de Comercio, 16.768.

23. El contrato o recurso tipo se estimará siempre como complejo y se aplicará al menos ocho veces de los honorarios mínimos establecidos en los puntos, 3.5, 3.6 y 3.22.

GRUPO IV

HONORARIOS EN TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES

DE PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

1. Gestión, estudio y tramitación de expedientes de jubilación, viudedad y orfandad, invalidez, etc., tanto del Régimen General de la Seguridad Social como de cualquiera de sus Regímenes Especiales de acuerdo con sus características e importancia, 11.528.

2. Escritos de alegaciones o Reclamaciones Previas para expedientes de Invalidez, Jubilación, etc.

3. Pensiones No Contributivas, 11.528.

4. Prestación Familiar, 3.668.

GRUPO V

HONORARIOS EN HABILITACIÓN

1. Los honorarios fijados por Orden del Ministerio de Trabajo de 29 de mayo de 1958, serán el 3 por 100 del importe de cada habilitación, con un mínimo de 1.100 pesetas. Independientemente podrá percibir, en concepto de suplido, la cantidad equivalente al importe de un giro postal, sobre la cuantía de la pensión o subsidio, excepto en los casos en que los interesados retiren del despacho del Graduado Social el importe de las cantidades que les corresponden.

GRUPO VI

HONORARIOS EN ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO

1. En los estudios sobre análisis, descripción y valoración de puestos de trabajo, fijación de plantillas, reclutamiento, admisión, selección, clasificación y promoción de personal; horarios y turnos de trabajo; sistema de retribución y administración de salarios; métodos y medidas de trabajo; Prevención de Riesgos Laborales; Servicios de personal, etc., de acuerdo con las características e importancia de los mismos, con un mínimo de: 172.920.

GRUPO VII

HONORARIOS EN AUDITORÍA LABORAL

1. En los análisis e informes sobre situación de la empresa o controles de trabajo, en orden a empleo y clasificación profesional; prevención de riesgos laborales, cotización y prestaciones a la Seguridad Social; documentación laboral obligatoria, etc., de acuerdo con las características e importancia de los mismos, con un mínimo de: 172.920.

GRUPO VIII

HONORARIOS SOLICITUD PERMISO DE TRABAJO

Y AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA

1. CLIENTES FIJOS:

1. Solicitud de exoneración del Visado Especial para Residencia o Trabajo, 26.200.

2. Solicitud de prórroga de Estancia, 5.240.

3. Solicitud de autorización de Residencia, 15.720.

4. Trabajadores de países no pertenecientes a la U.E.:

4.1. Solicitud de Permiso de Trabajo y autorización de Residencia por cuenta propia, 52.400.

4.2. Renovación Permiso de Trabajo y autorización de Residencia por cuenta propia, 26.200.

4.3. Solicitud de Permiso de Trabajo y autorización de Residencia por cuenta ajena, 26.200.

4.4. Renovación de Permiso de Trabajo y autorización de Residencia por cuenta ajena, 26.200.

5. Trabajadores de la U.E.:

5.1. Solicitud de Tarjeta Comunitaria (temporal por cuenta propia), 15.720.

5.2. Solicitud de Tarjeta Comunitaria (definitiva por cuenta propia), 26.200.

6. Solicitud de Tarjeta Comunitaria Temporal, 15.720.

7. Solicitud de Tarjeta Comunitaria Temporal para Grupos Turísticos, 12.576.

8. Solicitud de Tarjeta Comunitaria, Cuenta Ajena, 26.200.

9. Renovación de Tarjeta Comunitaria, Cuenta Propia, 26.200.

10. Renovación Tarjeta Comunitaria, Cuenta Ajena, 26.200.

2. NO CLIENTES:

2.1. Solicitud exoneración Visado con Permiso de Trabajo o Residencia, 26.200.

2.2. Solicitud de Permanencia, 5.000.

2.3. Solicitud de Residencia, 20.960.

2.4. Trabajadores de países no pertenecientes a la U.E.:

2.5. Solicitud de Permiso de Trabajo y autorización de Residencia por cuenta propia, 52.400.

2.6. Renovación de Permiso de Trabajo y autorización de Residencia por cuenta propia, 26.200.

2.7. Solicitud de Permiso de Trabajo y autorización de Residencia por cuenta ajena, 26.200.

2.8. Renovación de Permiso de Trabajo y autorización de Residencia por cuenta ajena, 26.200.

2.9. Trabajadores de países pertenecientes a la U.E.:

2.10. Autorización de Residencia (Tarjeta Provisional), 15.720.

2.11. Autorización de Residencia (Tarjeta Definitiva), 26.200.

2.12. Solicitud de Permiso de Trabajo por Grupos Turísticos (A. Especial), 15.720.

GRUPO IX

HONORARIOS POR SALIDA DEL DESPACHO

1. Salida fuera de la localidad donde el Graduado tenga su despacho, por media jornada, mañana o tarde, 23.056.

2. Salida fuera de la localidad donde el Graduado tenga su despacho, por jornada completa, 57.640.

Estos honorarios por salidas del despacho se devengarán aparte de los honorarios correspondientes a la labor profesional que las motive.

En todo caso, serán por cuenta del cliente los gastos de locomoción en primera clase o en coche cama y los de manutención y hospedaje en hoteles de primera categoría que origine la salida.

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