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Por hallarse en ignorado domicilio, a la vista de la documentación obrante en el expediente de referencia emitida al afecto, el adjudicatario del local comercial sito en un grupo de viviendas de promoción pública que seguidamente se relaciona, contra quien se sigue expediente de desahucio administrativo por infracción del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, que aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), se le notifica por medio de la presente resolución, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27 de noviembre de 1992) el siguiente requerimiento de pago:
Se requiere a Dña. Dominga Quintana Pérez, adjudicataria del local comercial nº 18, sito en el grupo de viviendas de promoción pública Nueva Paterna, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, para que en el plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de la presente, satisfaga la cantidad de tres millones setecientas ochenta y tres mil cuatrocientas cuarenta y cuatro (3.783.444) pesetas, bajo apercibimiento de proceder al lanzamiento del mismo, si no hiciese efectivo el pago en el plazo concedido, correspondiente a 146 recibos, en concepto de alquiler del referido local, debiendo acreditarse el mismo ante esta Dirección General, sita en la calle Agustín Millares Carló, 18, Edificio de Servicios Múltiples II, mediante los recibos correspondientes y certificación acreditativa expedida por la empresa Hermanos Alonso Garrán, S.L., encargada de la recaudación de créditos de la Dirección General de Viviendas del Gobierno de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de junio de 2000.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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