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Por medio del presente se hace público que en sesión de fecha 23 de junio de 2000, el Pleno del Ayuntamiento de Pájara aprobó definitivamente el Plan Parcial Canalbión, resultado de la refundición de los Planes Parciales Canalbión y El Salmo, significando que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer:
Primero.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicta el presente acuerdo en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de esta publicación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Segundo.- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de esta publicación, de acuerdo con los artículos 10, 25 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con la salvedad de que no se podrá hacer uso del recurso contencioso-administrativo en tanto no se resuelva, expresamente o por silencio, el recurso de reposición que, en su caso, se hubiera interpuesto, artº. 116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tercero.- Recurso extraordinario de revisión ante el mismo órgano administrativo que dictó el presente acuerdo en los casos y plazos previstos en el artº. 118 de la misma Ley, concretamente, cuatro años desde la fecha de esta publicación cuando se trata de la causa 1ª, y tres meses, a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedó firme, en los demás casos.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente.
Pájara, a 30 de junio de 2000.- El Alcalde en funciones, Ramón Carmelo Cabrera Peña.
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