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BOC Nº 100. Lunes 7 de Agosto de 2000 - 1075

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia

1075 - ORDEN de 20 de julio de 2000, por la que se aprueba la bandera del municipio de Tazacorte (La Palma).

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Administración Territorial y Gobernación para la aprobación de la bandera del municipio de Tazacorte (La Palma).

Visto el informe de la Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias, adoptado en sesión celebrada el día 9 de junio de 2000.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES Primero.- El Ayuntamiento de Tazacorte, mediante escrito de su Alcalde de fecha 17 de abril de 2000, se dirigió a la Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias con objeto de que se elaborara una propuesta de bandera del municipio.

Segundo.- La Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias, en sesión celebrada el día 11 de mayo de 2000, acordó proponer al Ayuntamiento de Tazacorte la adopción de la bandera municipal con arreglo a uno de tres diseños propuestos.

Tercero.- El Ayuntamiento de Tazacorte, en sesión plenaria ordinaria celebrada el día 1 de junio de 2000, acordó aprobar de forma provisional una bandera del municipio que no se ajustaba a ninguno de los diseños propuestos por la Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Cuarto.- Con fecha 9 de junio de 2000 la Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias acordó informar el nuevo diseño de bandera presentado por el Ayuntamiento de Tazacorte, en el sentido de que excluyera de su diseño el círculo amarillo que aparecía encima de la cruz y que se definiera cuál era exactamente el orden de colocación de las dos bandas que cruzaban la bandera y de la cruz.

Quinto.- Mediante acuerdo adoptado en sesión plenaria ordinaria celebrada el día 6 de julio de 2000, el Ayuntamiento de Tazacorte acordó aprobar la bandera municipal con las correcciones propuestas por la Comisión de Heráldica de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Sexto.- En el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 72, de 16 de junio de 2000, se insertó anuncio relativo al período de información pública, acreditándose mediante certificación emitida por el Secretario de la Corporación la no presentación de alegaciones.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS Primera.- El presente expediente se ha tramitado de conformidad con las prescripciones del Decreto 123/1990, de 29 de junio, por el que se regula el procedimiento a seguir para la aprobación por la Comunidad Autónoma de Canarias de escudos heráldicos, blasones y banderas de las islas y municipios del Archipiélago, con las modificaciones efectuadas por los Decretos 157/1992, de 8 de octubre, por el que se modifican determinados aspectos del Decreto 123/1990, de 29 de junio, así como por el Decreto 278/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia.

Segunda.- En virtud de la competencia que tengo atribuida por el artículo 7.2.i) del Decreto 278/1999, de 7 de octubre, citado, y de conformidad con el diseño obrante en el expediente,

R E S U E L V O:

Aprobar la bandera del municipio de Tazacorte (La Palma) cuyo dibujo figura como anexo, según la siguiente descripción:

"Paño rectangular, de seda, tafetán, raso, lanilla o fibra sintética, según los casos, cuya longitud es vez y media mayor que su ancho, de color azul; dividido por dos franjas en forma de aspas: de color rojo, la que une el vértice superior del asta con el vértice inferior del batiente; de color verde, la que une el vértice inferior del asta con el vértice superior del batiente; al centro, una cruz sencilla superpuesta, de color amarillo."

"Si la Bandera ostentara el Escudo Heráldico del Municipio, deberá colocarse en el centro del paño de la misma, preferentemente en ambas caras."

Se justifica la inclusión de tales colores en la bandera municipal, por los siguientes motivos:

Azul: como testimonio de la condición costera y pesquera del municipio.

Rojo: en referencia al campo de gules del escudo heráldico del municipio.

Verde: como expresión del carácter rural y agrícola del municipio.

Amarillo: en representación del sol, al ser Tazacorte el municipio de España que cuenta con más horas de sol al año.

Su uso se realizará de conformidad con la normativa en vigor.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de julio de 2000.

EL CONSEJERO

DE PRESIDENCIA,

Julio Bonis Álvarez.

Ver anexos - página 11085

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