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Visto el expediente tramitado en esta Dirección General para dar cumplimiento, en sus propios términos, a la Sentencia de fecha 22 de enero de 2000, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº Tres, de Las Palmas de Gran Canaria, en el recurso nº 100/1999, promovido por Dña. Alejandra N. Franco Bueno y otros, contra la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de fecha 7 de abril de 1999.
Teniendo en cuenta los siguientes antecedentes y consideraciones jurídicas
I. ANTECEDENTES
1º) Por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 7 de abril de 1999 se aprobó la lista de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo Administrativo (Grupo C) de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales de 3 de diciembre de 1998.
2º) Presentado por Dña. Alejandra N. Franco Bueno y otros el recurso contencioso-administrativo nº 100/1999 ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº Tres de Las Palmas de Gran Canaria, contra la desestimación presunta de los recursos de reposición presentados contra la anterior Resolución, con fecha 22 de enero de 2000 recayó Sentencia estimando parcialmente las reclamaciones presentadas, declarando la nulidad de la Resolución de 7 de abril de 1999, en cuanto excluye a las recurrentes del proceso selectivo convocado por Orden del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Canarias, de fecha 3 de diciembre de 1998.
3º) Esta Sentencia fue apelada por la Administración Autonómica ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, recayendo Sentencia con fecha 26 de mayo de 2000, desestimando la apelación y confirmando la Sentencia anterior.
II. FUNDAMENTOS DE DERECHO
De conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución y 17, apartado 2º, de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y lo dispuesto en los artículos 103 y 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a la Dirección General de la Función Pública le corresponde la obligación de ejecutar la resolución judicial y la de llevarla a su puro y debido efecto, practicando lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo.
En su virtud, en cumplimiento de la Sentencia de fecha 22 de enero de 2000, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº Tres de Las Palmas de Gran Canaria, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, recaída en el recurso nº 100/1999,
R E S U E L V O:
Primero.- Modificar la Resolución de 31 de mayo de 2000 (B.O.C. de 7 de junio) de esta Dirección General de la Función Pública, por la que se aprueba la lista de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo Administrativo (Grupo C), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia de 28 de enero de 2000 (B.O.C. de 2 de febrero) al personal estatutario del Servicio Canario de la Salud que se cita:
- Dña. Alejandra N. Franco Bueno.
- Dña. Fátima Torres Betancor.
- Dña. Alicia Betancor Espino.
- Dña. Lucía Carmen Gil Cárdenes.
- Dña. Luz Marina Marrero Rodríguez.
- Dña. María del Carmen Gil Márquez.
- Dña. María Sonia Navarro Santana.
- Dña. Beatriz Pastor Villalba.
- Dña. María del Rosario Marrero Paz.
Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias para general conocimiento.
Santa Cruz de Tenerife, a 7 de junio de 2000.- La Directora General de la Función Pública, Cristina de León Marrero.
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