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Visto el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de sitio histórico, al lugar denominado Llano de la Virgen, en El Socorro, término municipal de Güímar y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.c).1 del Decreto 152/1994, de 21 de julio, de transferencias de funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de cultura, deportes y patrimonio histórico (B.O.C. nº 92, de 28.7.94); en el artículo 9 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; en los artículos 12 y 13 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, modificado por el Real Decreto 64/1995, de 21 de enero; así como en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Sra. Consejera- Delegada de Cultura, Patrimonio Histórico y Educación, con fecha 5 de abril de 1999, entre otros,
HA RESUELTO:
Modificar la delimitación expuesta en el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de sitio histórico, al lugar denominado Llano de la Virgen, en El Socorro, término municipal de Güímar, según los anexos I y II que acompañan al presente anuncio, así como rectificar la Resolución de fecha 27 de marzo de 1996 de la Sra. Consejera Delegada de Patrimonio Histórico, por la que se incoa el citado expediente, en el sentido de añadir los anexos III y IV que acompañan al presente anuncio, relativos a la descripción y motivación de la delimitación del bien objeto de tal expediente e, igualmente, abrir un nuevo período de información pública, a fin de que cuantos tengan interés, puedan aducir lo que estimen procedente, durante el plazo de veinte (20) días, contados a partir del siguiente al de publicación del presente anuncio, a cuyo efecto el citado expediente podrá ser examinado en la Unidad de Patrimonio Histórico, Área de Cultura, Patrimonio Histórico y Educación, calle Candelaria, 23, 2ª planta, Santa Cruz de Tenerife, de lunes a viernes de 9,00 a 13,00 horas.
Lo que se hace público para general conocimiento, significando que contra la presente Resolución se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, dentro del plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime procedente.
Santa Cruz de Tenerife, a 7 de julio de 1999.- El Secretario, José Antonio Duque Díaz.- Vº.Bº.: la Consejera- Delegada de Cultura, Patrimonio Histórico y Educación, Dulce Xerach Pérez López.
A N E X O I
BIEN DE INTERÉS CULTURAL CATEGORÍA: sitio histórico. A FAVOR DE: Llano de la Virgen. TÉRMINO MUNICIPAL: Güímar.
DELIMITACIÓN
Se define como el ámbito de protección propuesto, a la línea poligonal que presenta los siguientes vértices:
VÉRTICE A.- Se define como la intersección de la línea imaginaria que se produce tras prolongar la alineación lateral de la última edificación que existe en el lado norte de la calle El Cardón, concretamente la designada con el número 20 de gobierno, con la línea imaginaria que coincide con el límite Marítimo- Terrestre.
VÉRTICE B.- La intersección producida por esta línea imaginaria que coincide con la fachada lateral de la vivienda nº 20 de la calle El Cardón y la línea imaginaria coincidente con la línea de fachada este de esta misma calle.
VÉRTICE C.- La intersección de esta última línea de fachada citada con la línea imaginaria coincidente con la línea de fachadas sur de la calle El Drago.
VÉRTICE D.- La intersección que se produce al prolongar esta línea imaginaria que coincide con la línea de fachadas sur de la calle El Drago hasta su intersección con la línea imaginaria que coincide con la línea de fachadas este de la calle Aulaga.
VÉRTICE E.- La prolongación de esta última línea imaginaria coincidente con la de fachadas este de la calle Aulaga en sentido norte, hasta su intersección con la línea imaginaria que coincide con el eje de la calle El Drago.
VÉRTICE F.- La prolongación de esta línea imaginaria por el eje de la calle El Drago hasta su intersección con la línea imaginaria que coincide con la línea de fachadas oeste de la calle El Cardón.
VÉRTICE G.- La prolongación de esta última línea imaginaria por la línea de fachadas oeste de la calle El Cardón hasta su intersección con la línea imaginaria que coincide con el eje de la calle Paseo de La Virgen.
VÉRTICE H.- La prolongación de esta línea imaginaria con el eje de la calle Paseo de La Virgen en dirección este hasta su intersección con la línea imaginaria coincidente con el eje de la calle El Balo.
VÉRTICE I.- La prolongación de esta línea imaginaria en el sentido norte coincidente con el eje de la calle El Balo hasta su intersección con la línea imaginaria coincidente con el eje de la calle Brisas de Chimisay.
VÉRTICE J.- La prolongación de esta última línea imaginaria coincidente con el eje de la calle Brisas de Chimisay hasta su intersección con la línea imaginaria que coincide con la límite Marítimo- Terrestre. Y uniendo este vértice con el vértice A se cierra este polígono de protección.
N E X O I I IBIEN DE INTERÉS CULTURAL CATEGORÍA: sitio histórico. A FAVOR DE: Llano de la Virgen. TÉRMINO MUNICIPAL: Güímar.
DESCRIPCIÓN
El Llano de la Virgen es una explanada situada en la trasplaya inmediata a la playa de Chimisay. Geológicamente presenta un aspecto blanquecino que contrasta en el paisaje con las manchas negras de los malpaíses. Esto es debido a los abundantes depósitos pumíticos que adquieren especial relevancia en este sector costero del caserío de El Socorro. Estas acumulaciones de tobas reciben el nombre de Toscas, material que ha facilitado la excavación de cuevas, utilizadas como residencia temporal y de las que existen numerosos ejemplos al lado del Llano de la Virgen.
Dentro de este recinto existe un lugar denominado Campo de la Ceremonia. En él se levantan algunos hitos vinculados a la aparición de la Virgen a los guanches. El primero de estos hitos es la cruz de tea que señala, según la tradición, el lugar en el que los guanches encontraron a la Virgen de Candelaria. El segundo se localiza cerca de esta cruz de tea y es el brocal de un pozo de agua salobre. También, según la tradición de Güímar, los cabreros guanches se dirigían con sus rebaños a este pozo costero cuando fueron sorprendidos por la aparición mariana. El actual aspecto del pozo, producto de numerosas reformas, es el de un foso de planta elíptica de tres metros de profundidad. Al fondo se llega mediante una escalera realizada con los callados de la playa, de igual forma que las paredes del foso. Todo ello se corona por medio de un brocal de cantos de tosca encalados.
A escasos metros del Campo de Ceremonia existen aún interesantes ejemplos del primer hábitat de la zona. Se trata de un conjunto de cuevas excavadas en la toba volcánica que servían de estancia a los romeros en los días de fiesta. Actualmente, presentan numerosas modificaciones, en algunos casos son segunda y primera vivienda. Su importancia radica en la proximidad al Campo de Ceremonia y en haber sido lugar de descanso de los romeros.
El Graderío es un espacio que se produjo por la acumulación de los materiales extraídos de las cuevas y ha sido tradicionalmente utilizado como graderío natural, por los espectadores que presencian la representación de La Ceremonia. Las casas con fachada al graderío se incluyen en la delimitación, a fin de que en la realización de las futuras obras se tengan en cuenta las actuales características de sitio histórico.
Otro hito de este Llano se localiza en el extremo sur del Campo de Ceremonia, se trata de la denominada Cuesta del Socorro; una pendiente artificial que salva la altura entre la trasplaya y la meseta donde se ubica el caserío.
Salvada la trasplaya, en la meseta superior, localizamos el aljibe de la virgen. Es, simplemente, una pequeña edificación cuya nota más característica es su falta de alineación con respecto al resto de las construcciones. Este pequeño cuarto alberga el aljibe donde se recogía el agua para el consumo de los romeros en los días que dura la fiesta. Esta falta de alineación responde a su antigüedad, muy anterior a las construcciones de las casas de El Socorro. Por los datos que obran en el Libro de la Cofradía se ha podido comprobar que ya en 1842 se destinaban cuatro reales de plata para la composición del estanque del aljibe.
A N E X O I V
BIEN DE INTERÉS CULTURAL CATEGORÍA: sitio histórico. A FAVOR DE: Llano de la Virgen. TÉRMINO MUNICIPAL: Güímar.
MOTIVACIÓN DE LA DELIMITACIÓN
Esta delimitación se justifica al entender todo el conjunto como un bien en sí mismo, protegiendo tanto el entorno visual y ambiental como los elementos inalienables del hecho cultural propio de ser la culminación del Camino del Socorro, los cuales afortunadamente están presentes todavía, a saber: el Pozo de la Virgen, el Aljibe, el Graderío, la Cruz de Tea, las Cuevas labradas en la toba, etc. El interés que ha primado a la hora de establecer esta delimitación ha sido el de proteger dicho entorno de cualquier alteración de las condiciones existentes en la percepción del mismo, así como el carácter que le rodea, intentando preservar el bien de cualquier actuación que pudiera afectarle directa o indirectamente tanto a los valores históricos como culturales o geográficos, siempre siguiendo las disposiciones previstas en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
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